SAP Barcelona 281/2004, 7 de Junio de 2004

PonenteASUNCION CLARET CASTANY
ECLIES:APB:2004:7439
Número de Recurso204/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución281/2004
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

D./Dª. NURIA BARRIGA LOPEZ

D./Dª. ASUNCION CLARET CASTANY

D./Dª. THEA ESPINOSA GOEDERT

En la ciudad de Barcelona, a siete de junio del dos mil cuatro

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecinueve de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Verbal nº 225/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Badalona , a instancia de CONSUMO Y SERVICIOS CAN DOMENECH, S.C.C.L., contra D/Dª. Benjamín ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 4 de Junio de 2.003, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por la entidad CONSUMO Y SERVICIOS CAN DOMENECH SOCIEDAD COOPERATIVA CATALANA LIMITADA contra D. Benjamín representada por el Procurador Sr. Bort i Caldes debo condenar al demandado a pagar a la parte actora la cantidad de 737'07 euros con expresa imposición de las costas al demandado."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 13 de Mayo de 2.004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ASUNCION CLARET CASTANY

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada en la instancia que con íntegra estimación de la demanda interpuesta por Consumo y Servicios Can Domenech, S.C.C.L. frente a D. Benjamín en reclamación de cantidad por el consumo de agua potable en tanto usuario del servicio de la urbanización Can Domenech condena al demandado a pagar a la actora la suma de 737,06 euros, se alza el recurrente interesando la revocación por los motivos que siguen: 1) Falta de Capacidad de la entidad demandante para reclamar el consumo de agua posterior a febrero de 2.001, por ser un servicio realizado por una tercera entidad; 2) Pluspetición, en cuento al 7% del IVA reclamado en los recibos.

SEGUNDO

El primero de los motivos se refiere a la falta de legitimación de la Cooperativa demandante para reclamar el consumo de agua posterior a febrero de 2.001, al haber sido otorgado por el Ayuntamiento de Tordera su gestión y explotación a la empresa SERAGUA, S.A.

Comenzar por significar que lo que cuestiona por la prte demandada no es la excepción procesal dilatoria de falta de legitimación activa "ad procesum" recogida en el derogado artículo 533 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 , pues la misma va referida a la capacidad procesal para ser parte, esta es la capacidad que es necesaria poseer para ser sujeto de una relación jurídico procesa y poderlas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP A Coruña 364/2020, 1 de Diciembre de 2020
    • España
    • 1 Diciembre 2020
    ...( Sentencia del Audiencia Provincial Murcia núm. 259/2003, Sección 1ª, de 1 septiembre). De igual modo, la sentencia del Audiencia Provincial Barcelona núm. 281/2004 (Sección 19ª), de 7 junio señala que la legitimación ad causam se ref‌iere a la falta de acción, en función de la pretensión ......
  • SAP Las Palmas 812/2004, 30 de Noviembre de 2004
    • España
    • 30 Noviembre 2004
    ...Sentencia del Audiencia Provincial Murcia núm. 259/2003 (Sección 1ª), de 1 septiembre. De igual modo, la sentencia del Audiencia Provincial Barcelona núm. 281/2004 (Sección 19ª), de 7 junio señala que la legitimación «ad causam» se refiere a la falta de acción, en función de la pretensión e......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR