STSJ Asturias 641/2008, 18 de Abril de 2008
Ponente | MARIA VIDAU ARGÜELLES |
ECLI | ES:TSJAS:2008:775 |
Número de Recurso | 2330/2007 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 641/2008 |
Fecha de Resolución | 18 de Abril de 2008 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 00641/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001 (C/ SAN JUAN Nº 10)
N.I.G: 33044 34 4 2007 0102406, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002330 /2007
Materia: RECLAMACIÓN CANTIDAD
Recurrente/s: MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA
Recurrido/s: Alicia, Filomena, Rosario, Blanca, Luisa, María Cristina, Encarna, Penélope, Ariadna, Lucía
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO de DEMANDA 0000565 /2006
SENTENCIA Nº: 641/08
ILTMOS. SRES.
D. FRANCISCO JAVIER GARCÍA GONZÁLEZ
Dª CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Dª MARIA VIDAU ARGÜELLES
En OVIEDO a dieciocho de abril de dos mil ocho, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala
de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el
artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el RECURSO SUPLICACION 0002330 /2007, formalizado por el ABOGADO DEL ESTADO, en nombre y representación
de MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA, contra la sentencia de fecha veintiséis de abril de dos mil siete, dictada por el
JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000565 /2006, seguidos a instancia de Alicia, Filomena, Rosario, Blanca, Luisa, María Cristina, Encarna, Penélope,
Ariadna, Lucía frente al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
CIENCIA, parte demandada representada por el ABOGADO DEL ESTADO, en reclamación de RECLAMACIÓN CANTIDAD,
siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA VIDAU ARGÜELLES, y deduciéndose de las actuaciones habidas los
siguientes
Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintiséis de abril de dos mil siete por la que se estimaba parcialmente la demanda.
En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:
-
Las actoras prestaron servicios como profesores de Religión y Moral Católica en Centros Públicos del Principado de Asturias, en virtud de contrato de duración determinada desde el 1 de septiembre de 2004 hasta el 31 de agosto de 2005.
_En dichos contratos se establecía que la jornada de trabajo, media en cómputo semanal, será la establecida en la legislación vigente que regula la organización y funcionamiento de centros educativos, distribuida en las horas lectivas, no lectivas y complementarias; fijándose una retribución mensual igual a la aprobada presupuestariamente para los funcionarios interinos, siendo la actividad a prestar impartir enseñanza de la religión católica dentro del curso escolar 2004/2005 dando cumplimiento a los acuerdos sobre enseñanza suscritos entre el Estado Español y la Santa Sede.
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Las actoras percibían un salario base de 907,80 euros y un complemento de 8331,20 euros, a excepción de doña Rosario que percibía un complemento de 894,85 euros.
-
Las actoras reclaman la cantidad de 533,58 euros, en concepto de indemnización por finalización de contrato, y que no les fue abonado.
-
Las demandantes presentaron reclamación previa ante el Ministerio de Educación y Ciencia, no constando resuelta.
-
La cuestión debatida afecta a un gran número de trabajadores.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación de la parte demandada, siendo impugnado de contrario.
Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.
ÚNICO.- El Abogado del Estado en representación del Ministerio de Educación y Ciencia formula recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de los de Oviedo que estimando en parte la demanda de los actores, profesores de Religión y Moral Católica en Centros públicos de...
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