SAP Murcia 50/2008, 6 de Marzo de 2008

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2008:179
Número de Recurso233/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución50/2008
Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00050/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN 001

Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf :968-229183

Fax :968-229184

Modelo : 00120

N.I.G. : 30030 37 2 2007 0102821

ROLLO : APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000233 /2007

Juzgado procedencia :JDO. DE LO PENAL N. 1 de MURCIA

Procedimiento de origen :JUICIO RAPIDO 0000301 /2007

RECURRENTE : Enrique

Procurador/a :PABLO JIMENEZ-CERVANTES HERNANDEZ-GIL

Letrado/a :VICTOR RUIZ IRANZO

RECURRIDO/A :

Procurador/a :

Letrado/a :

J.Penal de Murcia nº Uno

Juicio Rápido 301/2007

S E N T E N C I A Nº 5 0 /2 0 0 8

Ilmos Sres.

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

D. Fernando López del Amo González

Don Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En la ciudad de Murcia a Seis de Marzo de dos mil ocho.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Juicio Rápido de la Ley Orgánica 38/2002, que por el delito de Quebrantamiento de Condena fue seguido en el Juzgado de lo Penal de Murcia nº Uno con el nº

301/2007 contra Enrique ; habiendo sido partes en esta alzada el Ministerio Fiscal y Elena,

representada por la Procuradora Sra. De Alba y Vega y asistida del Letrado Sr. Pérez Botía, que actúan como apelados, así

como Enrique que actúa como apelante, quien estuvo representado en Instancia por el Procurador Sr/a. Jiménez-

Cervantes Hernández y defendido por el Letrado Sr/a. Ruiz Iranzo. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, quien expresa la convicción del Tribunal.

I- A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

El Juzgado de lo Penal dictó en las referidas Diligencias sentencia con fecha 14 de junio de 2006 sentando como hechos probados lo siguiente: "UNICO: Se declara probado, que sobre las 11,30 horas del 14 de marzo de 2.007, el acusado Enrique, nacido el 2 de mayo de 1.973, que se encuentra divorciado de su ex-esposa Elena y sobre el que pesa una orden de alejamiento impuesta por el Juzgado de Violencia de Género que le impide acercarse a su ex-esposa, al entrar en el Banco de Santander de la c/ Marqués de los Vélez de Murcia y ver a Elena haciendo unos trámites bancarios, sentada en una mesa situada junto al lugar donde se forma la cola de atención al cliente, se situó en dicha cola, a escasa distancia de su ex-esposa, sin marcharse del Banco hasta que terminó sus gestiones.

Del mismo modo sobre las 11,45 horas del 15 de marzo siguiente, cuando su ex-esposa, se encontraba de nuevo en la misma mesa del referido Banco, el acusado entró y se puso en la cola, manteniéndose otra vez allí pese a cerciorarse de la presencia de ella".

SEGUNDO

Estimando el juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos del delito, dictó el siguiente "FALLO: Que debo condenar y condeno a Enrique como autor criminalmente responsable del delito de QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA ya definido, a la pena de NUEVE MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y la imposición de las costas del presente procedimiento, que incluirán las de la acusación particular".

TERCERO

Contra tal sentencia en nombre y representación de Enrique se dedujo en tiempo y forma recurso de apelación, fundamentándolo en síntesis en que procedía su absolución.

CUARTO

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a las demás partes personadas, solicitando el Ministerio Fiscal y la acusación particular la confirmación de la...

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