SAP Zamora 26/2006, 11 de Julio de 2006

PonenteLUIS BRUALLA SANTOS-FUNCIA
ECLIES:APZA:2006:299
Número de Recurso25/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución26/2006
Fecha de Resolución11 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

ZAMORA

SENTENCIA: 00026/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL

ZAMORA

--------------

Nº Rollo : 25/2006

Nº. Procd. : PA 38/2006

Hecho

Contra la propiedad intelectual

Procedencia: Juzgado de lo Penal de Zamora

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Presidente Ilmo. Sr.

D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA

Magistrados Ilmos. Sr s.

DON PEDRO JESUS GARCÍA GARZÓN

Doña ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ

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El Tribunal de esta Audiencia Provincial, compuesto por D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA, como

Presidente, Don PEDRO JESUS GARCÍA GARZÓN, Doña ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ y, Magistrados, ha

pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA Nº 26

En Zamora a once de julio de dos mil seis.

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en la precedentes diligencias del Procedimiento Abreviado número 319/03, procedentes del Juzgado de lo Penal de Zamora, contra el acusado Gabriel, representado por el Procurador Sr. Rodríguez Alfageme y asistido del Letrado Sr. Bahamonde, en cuyo recurso son partes como apelante Alejandra, representada por el Procurador Sr. Avedillo Salas y asistida del Letrado Sr. Martín Anero y como apelados el acusado, la Mutua Valenciana, representada por la Procuradora Sra. González Morillo y asistida del letrado Sr. Hernández García y el Ministerio Fiscal; y ha sido ponente el Ilmo. Sr. Presidente, quien expresa el parecer de la Sala.

antecedentes de hecho
PRIMERO

Con fecha 20/04/2006, por el Sr. Magistrado del Juzgado de lo Penal de esta ciudad se dictó sentencia en los autos originales de los que el presente rollo dimana y en cuyos hechos probados literalmente se dice: "Sobre las 11,30horas del día 29-03-2005, el acusado Luis María, mayor de edad y sin antecedentes penales, se encontraba al frente de un puesto de venta ambulante en el mercadillo sito en las inmediaciones de la estación de RENFE de Zamora, encontrándose vendiendo copias ilegales de CDS y DVDS,: Que el acusado al observar la presencia de los agentes, mientras que el otro daba alcance al acusado uno metros más adelante. Que envuelto en la sábana el acusado portaba 82 CDS y 40 DVDS, todos ellos, al igual que sus carátulas, eran reproducciones falsas de las originales de que eran titulares diversos autores y cuya distribución correspondía en exclusiva a determinadas compañías discográficas y productoras de grabaciones audiovisuales. Los referidos productos CDS y DVDS estaban siendo comercializados por el acusado en el citado mercadillo, a pesar de conocer que no estaba autorizado por tal distribución por los respectivos titulares de los derechos de propiedad intelectual (autores ni productores de fonogramas) ni por sus cesionarios".

SEGUNDO

En dicha sentencia se contiene el siguiente fallo: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado Luis María como autor criminalmente responsable de un delito contra la Propiedad Intelectual tipificado en el art 270 CP sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de siete meses de prisión y multa de doce meses con cuota diaria de seis euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y al pago de las costas derivadas de este juicio ".

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por Luis María se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, y elevadas las actuaciones a este Tribunal se señaló para la deliberación del presente recurso el día de la fecha.

CUARTO

Habiéndose tenido por interpuesto dicho recurso, se dio traslado del mismo a la otra parte y al Ministerio Fiscal para evacuar el trámite conferido para alegaciones, quienes al hacerlo, tanto por la parte contraria, como por el Ministerio Fiscal, fue impugnado el mismo, tras lo cual se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

QUINTO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo y turnado de ponencia, se señaló fecha para deliberación y fallo del citado recurso, habiéndose observado en este procedimiento las formalidades legales en ambas instancias.

hechos probados

PRIMERO

Se aceptan en su integridad los de la Sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Aceptamos los hechos probados y los fundamentos de derecho de la sentencia objeto del presente recurso.

SEGUNDO

La representación del acusado interpone recurso de apelación contra la sentencia de instancia con fundamento en lo siguientes motivos: 1º.-Vulneración del derecho constitucional de presunción de inocencia y error en la apreciación de las pruebas en relación a que el material intervenido son copias no autorizadas de originales de CD, s y DVD, s con grabaciones de obras musicales y películas; 2º.- El mismo error en relación al requisito de que el acusado estuviera comercializando las obras falsificadas sin autorización; 3º.- Infracción por aplicación indebida del artículo 270.1 del Código Penal, pues no concurriría el perjuicio; 4:- Infracción del principio de intervención mínima con cita de varias sentencias de diferentes audiencias...

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