STSJ Comunidad de Madrid 1397/2005, 14 de Noviembre de 2005
Ponente | ALFREDO ROLDAN HERRERO |
ECLI | ES:TSJM:2005:10971 |
Número de Recurso | 1276/2001 |
Número de Resolución | 1397/2005 |
Fecha de Resolución | 14 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
ALFREDO ROLDAN HERREROCLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIAFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONMARIA JESUS VEGAS TORRESJOSE FELIX MARTIN CORREDERAFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA
Recurso nº 1276/01
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 01397/2005
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
RECURSO núm 1276/01
SENTENCIA Nº 1397
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Francisca Rosas Carrión
Dª. María Jesús Vegas Torres
D. José Félix Martín Corredera
D. Francisco Javier Sancho Cuesta
En Madrid, a catorce de noviembre de dos mil cinco.
Vistos los autos del recurso 1276/01 que ante esta Sala ha promovido la Procuradora Sra. Martinez Villoslada, en nombre y representación de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., sobre seguridad privada. Ha sido parte la Administración General del Estado, representado por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Ilmo Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.
Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 27-4-01, acordándose su admisión en fecha 4-5-01 con todo lo demás procedente en derecho.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizo demanda mediante escrito presentado en fecha16-10-01, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 3-4-02 en el cual suplicó la desestimación del recurso.
Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 17-4-02, se propuso por la parte actora la documental, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.
Dado traslado a las partes para conclusiones, formalizaron sus escritos ratificando sus pedimentos. Se señaló para votación y fallo el día 10-11-05 en que tuvo lugar.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la dirección General de la Policía de fecha 4-12-00, confirmada en fecha 19-3-01, que impuso a la recurrente Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. sanción de multa de 50.000 pts por infracción prevista en el art. 22-2-d de la Ley 23/92 de 30 de julio de Seguridad Privada.
El expediente se inició porque el día 4 de julio del dos mil se presentó en Comisaría el contrato de prestación de servicios iniciado el día anterior en la estación de Renfe de Albacete.
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