STSJ Comunidad de Madrid 1397/2005, 14 de Noviembre de 2005

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2005:10971
Número de Recurso1276/2001
Número de Resolución1397/2005
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

ALFREDO ROLDAN HERREROCLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIAFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONMARIA JESUS VEGAS TORRESJOSE FELIX MARTIN CORREDERAFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA

Recurso nº 1276/01

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 01397/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO núm 1276/01

SENTENCIA Nº 1397

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

Dª. María Jesús Vegas Torres

D. José Félix Martín Corredera

D. Francisco Javier Sancho Cuesta

En Madrid, a catorce de noviembre de dos mil cinco.

Vistos los autos del recurso 1276/01 que ante esta Sala ha promovido la Procuradora Sra. Martinez Villoslada, en nombre y representación de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., sobre seguridad privada. Ha sido parte la Administración General del Estado, representado por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Ilmo Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 27-4-01, acordándose su admisión en fecha 4-5-01 con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizo demanda mediante escrito presentado en fecha16-10-01, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 3-4-02 en el cual suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 17-4-02, se propuso por la parte actora la documental, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.

QUINTO

Dado traslado a las partes para conclusiones, formalizaron sus escritos ratificando sus pedimentos. Se señaló para votación y fallo el día 10-11-05 en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la dirección General de la Policía de fecha 4-12-00, confirmada en fecha 19-3-01, que impuso a la recurrente Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. sanción de multa de 50.000 pts por infracción prevista en el art. 22-2-d de la Ley 23/92 de 30 de julio de Seguridad Privada.

SEGUNDO

El expediente se inició porque el día 4 de julio del dos mil se presentó en Comisaría el contrato de prestación de servicios iniciado el día anterior en la estación de Renfe de Albacete.

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