STSJ Extremadura 456, 14 de Marzo de 2006

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2006:456
Número de Recurso145/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución456
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00219/2006 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 219 PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS En Cáceres a CATORCE de MARZO de dos mil seis.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 145 de 2004, promovido por el/la Procurador/a D/Dª JORGE CAMPILLO ÁLVAREZ, en nombre y representación del recurrente "GRANYGRIS S.L., siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA, representada y defendida por el LETRADO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA; recurso que versa sobre: Resolución de la Junta Económico Administrativa de fecha 12.01.04 recaída en expediente número REA-113/2003 sobre sanción por infracción normas en materia seguridad y salud laboral.

Cuantía 5.600.- euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO.- Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO.- Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. DANIEL RUIZ BALLESTEROS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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PRIMERO

La entidad demandante "Granygris, S.L." formula recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Junta Económico-Administrativa de Extremadura, de fecha 12 de Enero de 2004, reclamación REA 0113/2003, que desestimaba la reclamación económico-administrativa interpuesta contra la Resolución de la Dirección General de Ingresos, de fecha 17 de Febrero de 2003, desestimatoria del recurso de reposición. La parte actora alega como único motivo de impugnación que la Resolución sancionadora dictada en su día por el Servicio Territorial de Badajoz de la Consejería de Trabajo, no adquirió la condición de firme al haberse interpuesto un recurso de alzada contra dicha Resolución, por lo que la Administración carece de un título eficaz para el inicio del procedimiento recaudador. La Administración demandada se opone a las pretensiones de la demandante con base a las consideraciones que obran en su escrito de contestación a la demanda.

SEGUNDO

Para resolver el motivo planteado partimos del contenido de los artículos de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre , dedicados a la eficacia del acto administrativo, la obligación de resolver que recae sobre la Administración y la necesidad de un acto válido y eficaz para iniciar...

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