Prefacio

AutorVictoria Sandoval Parra
Páginas11-14
I. PREFACIO
La finalidad de este trabajo consiste en analizar el derecho penal en una etapa
política concreta del siglo XIX, un periodo cronológicamente delimitado como
es el Sexenio revolucionario, entre los años 1868 y 1874, bajo las sucesivas formas
de Estado de la Monarquía democrática y la I República. Lo que se pretende en
este estudio no es un análisis material general del derecho penal, atendiendo a la
totalidad de sus fuentes y contenidos, sino centrarse particularmente en el desa-
rrollo estricto de la doctrina legal del Tribunal Supremo, en la medida en la que
incorpora criterios de interpretación a la inteligencia de las normas establecidas en
el Código penal de 1870, excediendo las meras referencias literales a su articulado.
Por esta razón el lector debe saber que no se encuentra ante una investigación que
englobe o recoja completamente las figuras delictivas codificadas o la totalidad de
los problemas que constituyen la teoría general del derecho penal, sino tan solo
ante una indagación sobre aquellos aspectos en los que se han detectado pautas
originales de interpretación por parte de la jurisprudencia del Tribunal Supremo,
en una selección de sentencias que podría quizá aumentarse o reducirse, pero que
ha intentado resultar representativa de los pronunciamientos judiciales cualitativa
y cuantitativamente.
Desde luego, la elección de la etapa cronológica del Sexenio revolucionario ra-
dica en la importancia político-jurídica de la época, desde el reconocimiento que
hay que otorgar a la presidencia jurídica de la Constitución de 6 de junio de 18691.
La novedad de los principios progresistas y democráticos que recoge este texto
constituyente da lugar, como es sabido, a una reforma penal sustantiva (el citado
Código penal) y procesal (Ley de Enjuiciamiento Criminal de 22 de diciembre
de 1872) de amplio calado. Precisamente por esta cobertura constitucional tiene
interés también resaltar los cambios penales interpretativos que sostiene muy sin-
gularmente la más alta justicia. Desde este punto de vista relevante de los princi-
pios fundamentales constitucionales y penales en la renovación político-jurídica
del Sexenio revolucionario, la doctrina legal del Tribunal Supremo tiene que ser
fundamental para la interpretación del Código penal de 1870 en lo que este supu-
so de orientación humanitaria frente al carácter más represivo del anterior Código
penal reformado de 1850, y en este sentido debe hacerse notar que la doctrina
1 Constitucion democratica de la nacion española promulgada el dia 6 de junio de 1869, Madrid,
Imprenta de El Imparcial, 1869.

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