SAP Murcia 106/2008, 13 de Mayo de 2008

PonenteJOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ
ECLIES:APMU:2008:555
Número de Recurso45/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución106/2008
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 106

Vistos, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados, los autos sobre medidas en relación con hijos menores número 322/06 (Rollo nº 45/08), que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia número seis de Cartagena, siendo partes, como demandante, Dª. Nieves , representada por la Procuradora Dª.María del Mar Posadas Molina y defendida por la Letrada Dª.Rosario Rivas Nadal, y, como demandado, D. Juan , representado por el Procurador D.Pedro D. Hernández Saura y defendido por el Letrado D.Juan Carlos Lozano Martínez, siendo parte también el MINISTERIO FISCAL, actuando en esta alzada, como apelante, la parte demandada, y, como apelada, la parte actora, ha sido Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ JOAQUÍN HERVÁS ORTIZ, que expresa el parecer de la Sala.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número seis de Cartagena, en los referidos autos sobre medidas en relación con hijos menores, tramitados con el número 322/06, se dictó Sentencia con fecha 25 de junio de 2.007 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Posadas Molina en nombre y representación de doña Nieves contra don Juan debo adoptar las siguientes medidas las siguientes medidas en relación a la niña Milagros :

- Se atribuye la guarda y custodia de la hija común a la madre, siendo la patria potestad compartida.

- Se establece una pensión por alimentos de 210 euros mensuales para la niña que deberá abonar el padre a la madre dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente que aquélla designe. Esta cantidad se actualizará anualmente según el IPC sin necesidad de previo requerimiento ni de nueva resolución judicial (primera actualización junio de dos mil ocho). Los gastos extraordinarios se abonarán por mitad.

- Se establece un régimen de visitas a la niña a favor del padre consistente en los fines de semana alternos desde las 10:00 horas del sábado a las 20:00 horas del domingo. La entrega y recogida de la menor se hará en su domicilio habitual.

Y todo ello sin hacer una expresa condena en las costas de esta instancia.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte demandada, que, una vez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a la parte actora, emplazándola por diez días para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultara desfavorable, dentro de cuyo plazo presentó escrito de oposición al recurso, solicitando la confirmación de la Sentencia dictada en primera instancia, con expresa condena en costas a la contraparte. Seguidamente, se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente...

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