Modelos 193, 196 y 291 19

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas19-20
19
Hermosilla, 3 - 28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08
operaciones incluidas en los libros registro (modelo 340). Estos cambios reglamentarios
han hecho necesario realizar las correspondientes modificaciones en las órdenes que los
aprobaron.
En concreto, las principales modificaciones introducidas ahora (por la Orden
EHA/3378/2011, de 1 de diciembre- BOE de 12 de diciembre de 2011) son las siguientes:
Respecto de la obligación de informar sobre las operaciones con terceras personas
realizadas durante el año natural mediante la presentación del modelo 347, se
establece que:
La forma de suministrar la información contenida en dicho modelo será, con
carácter general, desglosada por trimestres.
El plazo de presentación de la declaración será durante el mes de febrero (y no
de marzo, como hasta ahora). No obstante, a través de una disposición
transitoria, se mantiene e l plazo de presentación del modelo 347
correspondiente a 2011 (que se presentará durante el mes de marzo de 2012).
Se exonera de la obligación de presentación de la declaración de operaciones con
terceras personas a quienes est uvieran obligados a la presentación del modelo 340,
estableciendo, por otra parte, la obligación de incluir en esta última declaración
determinadas operaciones que antes se debían consignar en el modelo 347. No
obstante, de forma transitoria se establece que esta modificación en cuestión no surte
efectos respecto al modelo 347 del ejercicio 2011 que deberá presentarse respecto a
2011 incluso por los sujetos pasivos que estén inscritos en el Registro de devolución
mensual del IVA (esto es, aunque durante 2011 hayan presentado el modelo 340).
Además de lo anterior, la Orden EHA/3378/2011 introduce cambios en los modelos 322
(Grupo de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual) y 353 (Grupo de
entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual) para establecer la posibilidad de
utilizar la colaboración social para presentar los citados modelos.
Estas novedades serán de aplicación, por primera vez, para la presentación del modelo
347 correspondiente a 2011, y para la presentación del modelo 340, y de los modelos 322
y 353 correspondientes al primer período de declaración de 2012.
3.2 Modelos 193, 196 y 291
aprobado un nuevo modelo 193 de resumen anual de retenciones e i ngresos a cuenta
sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas
rentas sujetas al Impuesto sobre Sociedades y al Impuesto sobre la Renta de No
Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes.
Las novedades introducidas en este modelo tienen como principal objetivo aclarar el
modo en que se deben declarar los rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de
capitales propios procedentes de entidades vinculadas, cuando el preceptor sea
contribuyente del IRPF.

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