La dignidad humana frente a los discursos de odio

AutorGonzalo Barrera Blanco
Páginas1223-1239
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DERECHOS HUMANOS ANTE LOS NUEVOS DESAFÍOS DE LA GLOBALIZACIÓN
https://www.researchgate.net/publication/335867016_Tendencias_de_investigacion_s
obre_la_heteronormatividad_en_los_medios_de_comunicacion
Vizcaíno Verdú, A., Contreras Pulido, P., & Guzmán-Franco, M. D. (2020). La Bella y la
Bestia y el movimiento LGTB en Disney: empoderamiento y activismo en YouTube. Áre a
abierta, 20(1), 75-93. https://doi.org/10.5209/arab.63129
La dignidad humana frente a los discursos de odio.
Gonzalo Barrera Blanco
Universidad Loyola Andalucía
gbarrerablanco@al.uloyola.es
Resumen
En este trabajo me gustaría proponer una evaluación crítica de la política criminal
que da lugar a la criminalización de los discursos del odio, como son la línea del
derecho penal del enemigo (representada en Jakobs (2006)) y la línea de protección
de bienes jurídicos (representada en Cuerda (2015)), en relación con las distintitas
doctrinas jurídico-penales que se dan en los últimos años (Landa-Gorostiza (2018),
Torres (2018) o Turienzo (2015)). Para realizar esta evaluación, parto de la base de
que la percepción iusfilosófica de la dignidad y los derechos humanos, ampliamente
tratada por autores como Pérez-Luño (2014), Sánchez-Rubio (2013) o Senent-De
Frutos (2013), está vinculado al efecto que tiene limitar el derecho a la libertad de
expresión con la criminalización de los discursos del odio. Mi hipótesis es que las
discrepancias en el posicionamiento de la política criminal afectan a la identificación
del bien jurídico protegido, y que esto nos lleva a extender las discrepancias a otras
cuestiones cómo si hay discursos del odio sin criminalizar, o si insultar a alguien es
un discurso del odio. Para ello, recurro al análisis de algunas obras y sentencias, y a
la técnica de la revisión literaria de las publicaciones para ver tanto la posición
doctrinal como la identificación del bien jurídico protegido. Todo esto me lleva
proponer que el bien jurídico protegido es la dignidad humana y que habría que
reorientar el debate doctrinal desde esta premisa.
Palabras clave
Dignidad, libertad de expresión, discursos, odio, derechos humanos.
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PÉREZ ADROHER, A. , LÓPEZ DE LA VIEJA DE LA TORRE, MT., HERNÁNDEZ MARTÍNEZ E.
1. Introducción
Nos encontramos ante un nuevo escenario en la defensa de los derechos
humanos en la democracia (Sánchez-Rubio, 2013b, 152) a través de la
criminalización de los discursos del odio. Esta situación comienza en muchos casos
con la misma pregunta de partida: ¿está justificada la difusión de un mensaje de odio
en el derecho por la libertad de expresión?
La respuesta es: no, porque nunca se va a justificar el abuso de un derecho
para lesionar el derecho de los demás. Aunque somos conscientes de que existe ese
debate en la configuración de los derechos humanos como una lucha surgida en el
intento de reconocer la dignidad negada hasta un momento anterior y en el que el
Derecho penal juega un papel importante como instrumento social (Sánchez-Rubio,
2013a, 89-112)
Partimos de la base de que el derecho a la libertad de expresión es uno de los
derechos humanos (ex art. 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en
adelante DUDH) y, en nuestro caso, Derecho Fundamental (ex art. 20 de la
Constitución española, en adelante CE).
También tenemos que valorar que hay formas de expresión que son
normalmente separada de ese derecho, pero que constituyen todas ellas una idea de
“libertad de expresión en sentido amplio” que incluye las expresiones de: ideas,
opiniones, ideología, creencias religiosas, cátedra, artísticas o informativas.
Por otro lado, también sabemos que en el derecho penal se sigue la idea del
principio cogitationis poenam nemo patitur o el mero pensamiento no delinque
(aforismo jurídico procedente de Ulpiano (Mir-Puig, 2004, 335)). Por eso, debemos
diferenciar las meras ideas en nuestra cabeza, de aquellas que se expresan.
En su momento ya hablé de como la criminalización del odio depende de
nuestra percepción de la tolerancia, desde su conceptualización filosófica a lo largo
de la historia, para justificar la necesidad de criminalizar los discursos del odio y que
surge como vía para proteger a la sociedad democrática (Barrera, 2020). Ahora voy
a avanzar en la idea de la búsqueda de qué protege esta criminalización.

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