SAP La Rioja 152/2006, 12 de Septiembre de 2006
Ponente | JOSE FELIX MOTA BELLO |
ECLI | ES:APLO:2006:480 |
Número de Recurso | 195/2006 |
Procedimiento | RECURSO APELACION MENORES |
Número de Resolución | 152/2006 |
Fecha de Resolución | 12 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LOGROÑO
SENTENCIA: 00152/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LOGROÑO
Sección nº 001
Rollo: 195 /2006
Órgano de Procedencia: JUZGADO DE MENORES N. 1 de LOGROÑO
Proc. Origen: Proc. Juzgado Menores 152 /2005
Apelante: Lucio
Letrado: VILLAREJO RUIZ
Apelado: MINISTERIO FISCAL; Benedicto
Letrado: SANTOTOMAS CASTROVIEJO
ILMOS.SRES. MAGISTRADOS:
DON JOSÉ FÉLIX MOTA BELLO
DOÑA CARMEN ARAUJO GARCÍA
DON LUIS MIGUEL RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ
SENTENCIA Nº 152 DE 2.006
En LOGROÑO, a doce de Septiembre de dos mil seis.
La Audiencia Provincial de esta capital ha visto en grado de apelación, con celebración de vista pública, el presente Rollo de Sala número 195/2006, dimanante de Expediente número 152/2005, del Juzgado de Menores de Logroño, siendo partes, como apelante Lucio, defendido por la Letrado Dª Marta Villarejo Ruiz, y como apelados el MINISTERIO FISCAL y Benedicto, en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON JOSÉ FÉLIX MOTA BELLO.
El Juez de JUZGADO DE MENORES N. 1 de LOGROÑO, con fecha 16 de mayo de 2006, dictó sentencia en cuyo fallo se recogía: FALLO: PRIMERO: Declarar que los hechos son constitutivos de un delito contra la integridad moral y de una falta de lesiones anteriormente definidos.
Declarar que de ambas infracciones penales son responsables en concepto de autor Benedicto Y Lucio.
que por todo ello, procede imponer las siguientes medidas:
A Benedicto :
-
por el delito contra la integridad moral, un año de libertad vigilada con obligación de asistir a centro educativo y justificar ausencias (debiendo el centro educativo remitir a este juzgado comunicación de cada ausencia no justificada), y prohibición de acercarse a Iván por tiempo de dos años.
-
por la falta de lesiones, permanencia de cuatro fines de semana en centro.
A Lucio :
-
por el delito contra la integridad moral, 60 horas de prestaciones sociales en beneficio de la comunidad si prestara su consentimiento y en caso contrario, la de 8 fines de semana de permanencia en centro.
-
por la falta de lesiones, 25 horas de prestaciones sociales en beneficio de la comunidad, si prestara su consentimiento y en caso contrario, la de 2 fines de semana de permanencia en centro.
Que debo absolver y absuelvo a Benedicto de los demás hechos por los que fue acusado en este juicio.
Recibidos los autos en esta Audiencia Provincial se acordó formar el correspondiente rollo de apelación para la substanciación de este tipo de recurso, y tras notificar el turno de registro y ponencia a las partes, se acordó señalar día y hora para la vista del mismo.
ÚNICO.- Se acepta el relato de hechos que contiene la sentencia recurrida.
La sentencia dictada por el Juzgado de Menores declara que el recurrente es autor de un delito contra la integridad moral, artículo 172.1 del Código Penal y de una falta de lesiones, artículo 617-2, imponiendo las medidas que estima procedentes, en atención a las circunstancias del hecho, en cuanto a la acción que se imputa al recurrente, así como a sus circunstancias personales, debidamente expresadas en el informe del...
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