Menores expuestos en Internet por sus progenitores: sharenting, oversharenting e instamamis

AutorCarmen Florit Fernández
Páginas77-85
77
CAPÍTULO V
Menores expuestos en Internet
por sus progenitores: sharenting,
oversharenting e instamamis
1. Oversharenting
Como ya he mencionado, el art. 4 de la Ley Orgánica 1/1996 establece lo
siguiente:
1. Los menores tienen derecho al honor, a la intimidad personal y fami-
liar y a la propia imagen. Este derecho comprende también la invio-
labilidad del domicilio familiar y de la correspondencia, así como del
secreto de las comunicaciones.
2. La difusión de información o la utilización de imágenes o nombre
de los menores en los medios de comunicación que puedan impli-
car una intromisión ilegítima en su intimidad, honra o reputación,
o que sea contraria a sus intereses, determinará la intervención del
Ministerio Fiscal, que instará de inmediato las medidas cautelares y
de protección previstas en la Ley y solicitará las indemnizaciones que
correspondan por los perjuicios causados.

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