ANEXO - Jurisprudencia relevante

AutorCarmen Florit Fernández
Páginas105-161
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ANEXO
Jurisprudencia relevante
1. Sentencia 208/2015 de la Audiencia
provincial de Pontevedra, de 4 de junio
Id Cendoj: 36038370012015100195
Órgano: Audiencia Provincial
Sede: Pontevedra
Sección: 1
Fecha: 04/06/2015
Nº de Recurso: 223/2015
Nº de Resolución: 208/2015
Procedimiento: CIVIL
Ponente: FRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00208/2015
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Los menores e internet. Riesgos y derechos
Especial consideración de la nueva Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral
de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 223/15
Asunto: DIVORCIO 401/13
Procedencia: PRIMERA INSTANCIA NÚM. 1 TUI
LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE
PONTEVEDRA, COMPUESTA POR LOS ILMOS MAGISTRADOS
D. FRANCISCO JAVIER MENÉNDEZ ESTÉBANEZ
D. MANUEL ALMENAR BELENGUER
D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO,
HA DICTADO EN NOMBRE DEL REY LA SIGUIENTE SENTENCIA
NUM. 208
En Pontevedra a cuatro de junio de dos mil quince.
Visto en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provin-
cial de PONTEVEDRA, los autos de divorcio núm. 401/13, procedentes del
Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Tui, a los que ha correspondido
el Rollo núm. 223/15, en los que aparece como parte apelante– demanda-
do: D. Marta, representado por el Procurador D. PEDRO A LOPEZ LÓPEZ,
y asistido por el Letrado D. ROSA MARIA LOMBA SUAREZ, y como parte
apelado-demandado: D. Adrián, representado por el Procurador D. MA-
RIA DEL CARMEN VIDAL RODRIGUEZ, y asistido por el Letrado D. MARIA
CONCEPCION GONZALEZ FERNANDEZ; MINISTERIO FISCAL, y siendo
Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO,
quien expresa el parecer de la Sala.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.– Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Tui, con fecha
11 abril 2014, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice: «Estimo la pe-
tición de divorcio presentada por la procuradora Sra. Muiños Torrado en
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ANEXO
Jurisprudencia relevante
nombre y representación de Adrián respecto de Marta y en consecuencia
declaro disuelto por divorcio el matrimonio formado por los referidos cón-
yuges, con todos los efectos legales inherentes a esta declaración, sin hacer
especial pronunciamiento en cuanto a las costas de este juicio.
Comuníquese esta sentencia al Registro civil de Tomiño donde consta la
inscripción del matrimonio a los efectos de su anotación marginal.
En cuanto al régimen que regirá las relaciones paterno f‌iliales entre las par-
tes, se ajustará a los siguientes pronunciamientos:
La atribución de la guarda y custodia del menor a Marta, conservan-
do ambos progenitores su patria potestad.
Un derecho de visitas entre Adrián y su hija en la forma expresada en
el «fundamento de derecho» tercero de esta resolución.
La atribución del uso y disfrute de la vivienda sita en la casa del BA-
RRIO000, nº NUM000, Vilameán, Tomiño, a Marta y a su hijo.
La obligación de contribuir Adrián en concepto de alimentos en be-
nef‌icio de su hijo con la cantidad mensual de 200 euros mensuales,
pagaderos y actualizables en la forma expresada en el «fundamen-
to de derecho» cuarto de esta resolución. También está obligado al
abono de la mitad de los gastos extraordinarios que afecten al me-
nor.»
SEGUNDO.– Notif‌icada dicha resolución a las partes, por D. Marta , se inter-
puso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, por lo que se
elevaron las actuaciones a esta Sala para la resolución de este recurso.
TERCERO.– En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las
prescripciones y términos legales.

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