STSJ Extremadura 680, 30 de Marzo de 2006

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2006:680
Número de Recurso17/2006
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución680
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00061/2006 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 61 PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS En Cáceres a treinta de marzo de dos mil seis.- Visto el recurso de apelación nº 17 de 2.006, interpuesto por la representación de GRUPO I.T. DEUSTO y GESTORES INFORMATICOS MUNICIPIOS S.L., contra el Auto de fecha 17 de noviembre de 2005, dictado en la Pieza Separada de Suspensión del recurso contencioso-administrativo nº 624/05, tramitado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cáceres , a instancias de Grupo I.T. y Gestores Informáticos Municipios S.L. contra la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y Gestores de Internet para Municipios S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cáceres se remitió a esta Sala recurso contencioso-administrativo nº 464/04. Procedimiento que concluyó por Sentencia del Juzgado nº 289 de fecha 7 de octubre de 2004 .

SEGUNDO

Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes se interpuso recurso de apelación por la parte actora, dando traslado a la representación de la parte demandada, aduciendo los motivos y fundamentos que tuvo por conveniente.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente rollo de apelación por resolución de 10-1-2005 en el que se acordó admitir a trámite el presente recurso de apelación, que se declara concluso para sentencia, con citación de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite la Iltma. Sra. Magistrada Dª ELENA MENDEZ CANSECO, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala, por vía de recurso de apelación, la conformidad a Derecho del Auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso de Cáceres, de fecha 17 de noviembre de 2005 por el que se denegaba la medida de suspensión cautelar solicitada por la actora , de la ejecución de la Resolución de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres de fecha 21 de diciembre de2004, por la que se adjudica el concurso de soporte técnico, mantenimiento y actualización del sistema de información GIM, a la empresa Gestores de Internet para municipios S.L. Contra mencionado Auto, formula recurso de apelación, la actora, la cual alega que resulta procedente la suspensión solicitada por los motivos articulados en su escrito de apelación, en concreto aduciendo perjuicios irreparables en cuanto la demandada se está arrogando la facultad de ofrecer unos servicios respecto de un producto informático cuya titularidad no ostenta, cuando es la recurrente la que ostenta la titularidad informática del producto y por ello la única que puede ofrecer el servicio de mantenimiento soporte técnico y actualización del sistema informático GIM.

SEGUNDO

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