SAP Segovia 36/2006, 12 de Julio de 2006
Ponente | ANDRES PALOMO DEL ARCO |
ECLI | ES:APSG:2006:261 |
Número de Recurso | 36/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 36/2006 |
Fecha de Resolución | 12 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
SEGOVIA
SENTENCIA: 00036/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION UNICA
SEGOVIA
S E N T E N C I A Nº 36/2006
P E N A L
Recurso de Apelación
Número 36 Año 2006
Procedimiento Abreviado
Número 111 Año 2006
Juzgado de lo Penal
de S E G O V I A
En la Ciudad de Segovia, a doce de Julio de dos mil seis.
La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. Don Andrés Palomo del Arco, Presidente, y Don Gonzalo Criado del Rey Tremps, y Dª Pilar Alvarez Olalla (suplente), Magistrados, ha visto en segunda instancia la causa de las anotaciones del margen, procedentes del Juzgado de lo Penal de Segovia, seguido por delito de maltrato familiar, en la que es acusado, Juan cuyos demás datos y circunstancias constan ya en la sentencia impugnada, en virtud de recurso de apelación interpuesto por el citado acusado representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Pérez García, y defendido por el Letrado Sr. Gil Benito, recurso en el que han sido partes el citado acusado, como parte apelante, y como parte apelada EL MINISTERIO FISCAL, y en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don Andrés Palomo del Arco.
Por el Juzgado de lo Penal de Segovia, se dictó Sentencia con fecha dieciocho de Abril de dos mil seis, que declara los siguientes "HECHOS PROBADOS: Que sobre las 22.00 horas del día 1 de julio de 2005, el acusado, Juan, mayor de edad, quien carece de antecedentes penales, en el domicilio familiar en el que convive con su padre Ángel Jesús sito en la CALLE000 nº NUM000 de Segovia, discutió con este último y le agarró rodeándole con los brazos desde detrás presionando fuertemente hasta que el mismo consiguió soltarse, llegando, poco después, la policía reaccionando, entonces, el acusado cerrando la puerta de la calle con llave y cerrojo, impidiendo que su padre la abriera, no accediendo a su apertura hasta las 8.00 horas del día siguiente.
Juan padece esquizofrenia paranoide que altera profundamente su capacidad de conocer y obrar siendo incapaz en las fases de actividad (brote agudo de conocer las consecuencias de sus actos, y, por consiguiente, de quererlos o inhibirlos, quedando ingresado el mismo día de los hechos en el Hospital Policlínico de Segovia por descompensación psicótica."
El Fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "FALLO: Que apreciando LA EXIMENTE COMPLETA DE ALTERACIÓN PSÍQUICA DEL ART. 20.1 DEL C. P en relación con el Art. 95,96, 101 y 105.1ª ) del referido texto legal, debo ABSOLVER A Juan del delito de maltrato familiar y del delito de coacciones objeto de acusación del Ministerio fiscal, declarando las costas de oficio.
Se impone a Juan la medida de seguridad de internamiento en centro psiquiátrico por un tiempo máximo de 9 meses por el delito de maltrato familiar, debiendo concretarse el centro de cumplimiento, en ejecución de sentencia, fase en la que procederá oficiar al Centro en el que en la actualidad se encuentra -Hospital de Avila - Unidad de Psiquiatría-, a fin de determinar la procedencia del cumplimiento de la medida en el referido centro.
Se impone a Juan la medida de seguridad de internamiento en centro psiquiátrico por un tiempo máximo de 18 meses por el delito de coacciones, debiendo concretarse el centro de cumplimiento, en ejecución de sentencia, fase en la que procederá oficiar al Centro en el que en la actualidad se encuentra - Hospital de Avila - Unidad de Psiquiatría-, a fin de determinar la procedencia del cumplimiento de la medida en el referido centro.
Las referidas medidas que se revisarán cada 6 meses, de conformidad con lo dispuesto en el art. 97 del C.p con un control recabando informes al centro, para ver la evolución y seguimiento."
Notificada dicha sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal, por la representación procesal del acusado Juan se interpuso recurso de apelación contra dicha resolución.
Habiéndose tenido por interpuesto dicho recurso, se dio traslado del mismo al Ministerio Fiscal, para evacuar el trámite conferido para...
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