Legislación especial

AutorXavier O'Callaghan
Cargo del AutorMagistrado del Tribunal Supremo. Catedrático de Derecho Civil

Se ha hablado anteriormente de la disgregación del Derecho civil y se ha puesto de relieve la existencia de una serie de leyes especiales. Asimismo, al tratar de la elaboración del Código civil (etapa intermedia) se ha explicado la promulgación de importantes leyes especiales de las que ninguna está hoy vigente, pero sí lo están las que las han sustituido. Y, por último, al tratar del contenido del Código civil, se ha puesto de relieve aquel contenido de Derecho civil que está fuera del Código (1).

Es decir, no se puede ignorar la legislación civil especial que existe en nuestro ordenamiento y que, paralela al Código, integra el Derecho civil.

Lo que hay que tener en cuenta es el artículo 4.3 del Código, que dispone que las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias regidas por otras leyes. Es expresión de la subsidiariedad del mismo respecto a las demás normas jurídicas.

La legislación civil especial se puede clasificar de acuerdo con las distintas partes del Derecho civil (1):

— De la parte general: Ley de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen (5 de mayo de 1982), Ley del Registro civil (de 8 de junio de 1957), Ley de Asociaciones (de 22 de marzo de 2002), Ley de Fundaciones (de 24 noviembre de 1994).

— Del Derecho de obligaciones: Ley de represión de la usura (de 23 de julio de 1908), Ley general para la defensa de consumidores y usuarios (de 19 de julio de 1984), Ley de Arrendamientos urbanos (de 24 de noviembre de 1994), Ley de Arrendamientos rústicos (de 31 de diciembre de 1980), Ley de responsabilidad civil por los daños causados por productos defectuosos (de 6 de julio de 1994), Ley de condiciones generales de la contratación (de 13 de abril de 36 1998).

— De Derechos reales (esencialmente sobre propiedad, propiedades especiales y derecho hipotecario): Ley de propiedad horizontal (de 21 de...

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