Jurisprudencia ambiental en Baleares (Primer semestre 2020)

AutorJosep Manuel Gómez González
CargoJefe de Servicio Jurídico de Ordenación del Territorio Departamento de Territorio e Infraestructuras. Consejo Insular de Mallorca
Páginas2-30
J. M. Gómez González RCDA Vol. XI Núm. 1 (2020)
2
Sumario: 1. Introducción. 2. Jurisprudencia en materia de imposición ambiental: el recurso
contra el reglamento del impuesto de turismo sostenible en la sentencia del Tribunal
Superior de Justicia de l as Islas Baleares número 024/2020, de 27 de enero (ID. Cendoj
07040330012020100036). 3. Medidas de suspensión de licencias en los instrumentos de
ordenación territorial: la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares
número 561/2019, de 18 de diciembre (ID. Cendoj 07040330012019100568). 4. Gestión de
residuos y responsabilidad patrimonial: la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las
Islas Baleares número 036/2020, de 3 de febrero (ID. Cendoj 07040330012020100015).
1. INTRODUCCIÓN
También en el ámbito judicial los efectos del estado de alarma declarado como
mecanismo para luchar contra la pandemia provocada por el SARS-CoV-2 han
condicionado la producción jurisprudencial en materia contenciosa a
consecuencia de la suspensión de plazos y de actividad judicial durante algunas
semanas. A pesar de ello hemos podido analizar tres sentencias de interés
ambiental y territorial, aunque el campo de recogida de información solamente ha
podido comprender hasta el 13 de marzo (desde el anterior cierre de la crónica)
ya que con posterioridad a esta fecha no se han dictado sentencias nuevas y,
además, la presentación de escritos, la práctica de pruebas y las vistas orales,
quedaron suspendidas.
Traemos a este análisis jurisprudencial tres sentencias, dos de las cuales se
podrían encuadrar entre el grupo de las resoluciones de transcendencia social y
jurídica. La primera resuelve el recurso contra el desarrollo reglamentario de la ley
que aprobó el Impuesto de turismo sostenible (ITS) en las Illes Balears, una
ecotasa emblemática que cuenta con un amplio respaldo social y el
cuestionamiento intermitente e irregular del sector hotelero; la segunda desestima
un recurso contra la legalidad (y legitimidad) del mecanismo de suspensión
temporal de licencias y autorizaciones durante los trabajos de elaboración y
tramitación de planes de ordenación del territorio, una medida que asegura
impedir que, una vez mostradas las cartas de la propuesta en la fase de
aprobación inicial, puedan alterarse los objetivos y efectos de un plan mediante la
solicitud de autorizaciones y licencias en contra de las previsiones planteadas, lo
que comprometa la viabilidad futura del instrumento en tramitación, además
considera el Tribunal que estos mecanismos no contradicen el Derecho Europeo;
la tercera resuelve un caso de responsabilidad económica por la alteración de las
RCDA Vol. XI Núm. 1 (2020) Jurisprudencia ambiental en Illes Balears
3
condiciones derivadas de un contrato concesional en materia de residuos, muy
cuestionable, es cierto, que condiciona la liberalización del sector en Mallorca
como efecto de este mecanismo de insularización del tratamiento de residuos de
construcción y demolición.
Veamos en que consisten las mencionadas resoluciones judiciales.
2. JURISPRUDENCIA EN MATERIA DE IMPOSICIÓN AMBIENTAL: EL
RECURSO CONTRA EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO DE TURISMO
SOSTENIBLE EN LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LAS ISLAS BALEARES NÚMERO 024/2020, DE 27 DE ENERO (ID.
CENDOJ 07040330012020100036)
Este recurso fue interpuesto contra el Decreto 35/2016, de 23 de junio, por el que
se desarrolla la Ley del Impuesto sobre estancias turísticas y de medidas de
impulso del turismo sostenible, publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears
(BOIB) del 25 de junio de 2016. La recurrente era la representación de la
Federación Empresarial Hotelera de Mallorca (FEHM) que aspiraba a la
declaración de nulidad del citado Decreto en su totalidad; subsidiariamente,
solicitaba que se declararan nulas de pleno derecho una serie de disposiciones
concretas. Por otra parte, la demandante intentó que el Tribunal planteara ante el
Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial.
La demanda se fundamentaba, básicamente, en tres motivos: a) la vulneración
configurarse el tributo como una medida discriminatoria incompatible con la libre
prestación de servicios, todo ello, sostenía la demandante, sin la debida
justificación como obliga la normativa europea; b) la infracción del artículo 4.1 de
la Ley del Impuesto, en relación con el artículo 50 de la Ley Balear 8/2012 y el
fundamento de la realización del hecho imponible en viviendas turísticas; y,
finalmente, c) la vulneración del principio constitucional de reserva de ley (artículo
31 apartado 3 de la Constitución y del artículo 50 de la Ley General Tributaria en
relación con el régimen de estimación objetiva de la base imponible) en lo relativo
al contenido de los artículos 11, 12, 13, 14, 15 apartado 3, 22, 30, 31, 32 y el Anexo
I del Decreto.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR