SAP Madrid 15/2007, 11 de Enero de 2007

PonenteRAMON RUIZ JIMENEZ
ECLIES:APM:2007:2920
Número de Recurso676/2006
Número de Resolución15/2007
Fecha de Resolución11 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00015/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7023762 /2006

ROLLO: RECURSO DE APELACION 676 /2006

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1527 /2004

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 42 de MADRID

Apelante/s: Gabino, Miguel Ángel, Marí Juana, Jose Antonio

Procurador: SARA DIAZ PARDEIRO

Apelado/s: C.P DIRECCION000 NUM000

Procurador: EMILIO MARTINEZ BENITEZ

SENTENCIA Nº 15

Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. RAMON RUIZ JIMENEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, once de enero de dos mil siete.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario nº 1527/04, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 42 de Madrid, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala nº 676/06, en el que han sido partes, como apelante Miguel Ángel, Marí Juana, Jose Antonio y Gabino, que estuvieron representados por la Procuradora Dña. Sara Díaz Pardeiro; y de otra, como apelado LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000 Nº NUM000 DE MADRID, que vino al litigio representado por el Procurador D. Emilio Martínez Benítez.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha 19 de Mayo de 2.006, el Juzgado de 1ª Instancia nº 42 de Madrid, en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por la Procuradora Dña. SARA DIAZ PARDEIRO en nombre y representación de D. Miguel Ángel, Dª Marí Juana, D. Jose Antonio y D. Gabino contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000 Nº NUM000 DE MADRID, absolviendo a dicha Comunidad demandada de las pretensiones contra ella deducidas en la demanda y debo condenar y condeno a los actores al pago de las costas causadas en el presente procedimiento."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de D. Miguel Ángel, Dña. Marí Juana, D. Jose Antonio y D. Marí Juana, que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO

En esta alzada, para cuya deliberación y votación se señaló el día nueve de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y

PRIMERO

Conviene recordar que los demandantes, con arreglo al suplico de su demanda, instaban la nulidad de las Juntas de propietarios celebradas el 27.2. 2004 y 17.3. 2004; la primera por extralimitarse en el orden del día, a criterio de los ahora apelantes, y la segunda disconforme con la deuda que se había fijado para los demandantes propietarios mediante la Comunidad de Bienes que representa forman todos ellos del 45, 5960% del inmueble. La sentencia entendía que no tenían acción los actores al no estar al corriente en el pago de las cuotas de la Comunidad. Habían ingresado 8734, 99 euros tras la Junta de 27.2. 2004 inferior a la que adeudaban en el momento de interponer la demanda.

SEGUNDO

La demanda se...

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