Introducción general

AutorJosep Gunnar Horrach Armo
Páginas23-26
INTRODUCCIÓN GENERAL
En los últimos años ha surgido un nuevo movimiento económico impul-
sado por el auge del comercio electrónico y la utilización de las nuevas tec-
nologías, basado en la realización de transacciones económicas a través de
plataformas virtuales y aplicaciones para dispositivos inteligentes. Este nue-
vo fenómeno ha sido conceptualizado de muchas formas, si bien se le cono-
ce comúnmente como «economía colaborativa», «sharing economy» o, quizá
con más acierto, «economía de las plataformas virtuales» (EPV), término que
utilizamos a lo largo de esta obra por ser más acorde a esta nueva realidad.
La EPV se proyecta sobre todos los ámbitos del ordenamiento jurídico, si
bien de forma especialmente intensa sobre el Derecho Internacional Privado
debido, principalmente, al carácter deslocalizado del ámbito digital en el que
se desarrollan las transacciones de este nuevo fenómeno disruptivo. Los da-
tos estadísticos permiten conf‌irmar la importancia de la EPV y su creciente
expansión. En este sentido, varios estudios realizados en los últimos años en
el marco de la Unión Europea consideran que la economía colaborativa pue-
de representar para la economía de la UE un aumento de entre 160 y 572 mil
millones de euros 1. Por su parte, el Eurobarómetro muestra un conocimiento
e interés crecientes por parte de los consumidores sobre este tipo de comer-
cio electrónico 2, mientras que el Instituto Nacional de Estadística ref‌leja el
elevado número de personas que vienen utilizando los servicios vinculados
a la economía colaborativa 3. Todo ello, unido a la presencia constante de las
1 En este sentido, vid. COMISIÓN EUROPEA, «Una agenda para la economía colaborativa», Bruselas,
COM 356 f‌inal, 2016, p. 2. Asimismo, vid. P. GOUDIN, «The cost of non-Europe in the sharing economy.
Economic, social and legal challenges and opportunities», European Parliamentary Research Service
(EPRS), PE 558.777, 2016, pp. 6 y 21.
2 A tal efecto, vid. Eurobarómetro núm. 467, «The use of the collaborative economy», octubre
de 2018. El citado Eurobarómetro pone de manif‌iesto que casi el 90 por 100 de las personas que han
contratado servicios en el marco de la economía colaborativa recomendaría su utilización. Asimismo,
indica que alrededor de un 25 por 100 de los europeos han contratado un servicio a través de plata-
formas colaborativas, la mayoría pertenecientes al sector del alojamiento o transporte (57 y 51 por
100 respectivamente), lo cual supone un incremento de un 8 por 100 respecto de los datos recogidos
por el Eurobarómetro publicado hace dos años (Eurobarómetro núm. 438, «The use of collaborative
platforms», 2016).
3 Según los datos estadísticos del INE, en España casi 30 millones de personas utilizaron una
plataforma virtual o aplicación (APP) durante el 2018 para concertar con otro particular un aloja-
miento o un servicio de transporte. En este sentido, vid. «Encuesta sobre equipamiento y uso de

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