INFORME nº 1442 de 2021 de Tribunal de Cuentas, 27-07-2021

Fecha27 Julio 2021
EmisorTribunal de Cuentas
TRIBUNAL DE CUENTAS
Nº 1.442
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FUNDACIÓN DEL
TEATRO REAL, FSP, EJERCICIOS 2018 Y 2019
EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida
en los artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas,
y a tenor de lo previsto en los artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de la Ley
7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, ha aprobado en su sesión de 27
de julio de 2021 el Informe de Fiscalización de la Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios
2018 y 2019 y ha acordado su elevación a las Cortes Generales, así como al Gobierno de la Nación,
según lo prevenido en el artículo 28.4 de la Ley de Funcionamiento.
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 7
I.1. INICIATIVA Y ANTECEDENTES DE LA FISCALIZACIÓN ..................................................... 7
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN ......................... 7
I.3. OBJETIVOS, PROCEDIMIENTOS Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN ..................... 8
I.4. NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO, FUNCIONES Y RENDICIÓN DE CUENTAS ............. 9
I.5. PRINCIPALES MAGNITUDES ECONÓMICAS .................................................................... 11
I.6. TRATAMIENTO DE LAS ALEGACIONES ............................................................................ 12
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN ................................................................................. 13
II.1. ANÁLISIS DE LA REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES .......................... 13
II.2. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD ......................................................... 24
II.3. ANÁLISIS DE LOS SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN ................................ 34
II.4. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO PARA LA CELEBRACIÓN DEL 200º
ANIVERSARIO DEL TEATRO REAL Y DEL VIGÉSIMO ANIVERSARIO DE LA REAPERTURA
DEL TEATRO REAL ................................................................................................................... 48
II.5. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS Y DE LA
RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA RELATIVAS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LA FUNDACIÓN DEL TEATRO REAL, EJERCICIO 2012, PENDIENTES DE SU
CUMPLIMIENTO TOTAL O PARCIAL A 31 DE DICIEMBRE DE 2017....................................... 49
III. CONCLUSIONES .................................................................................................................... 52
III.1. SOBRE LA REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES .................................. 52
III.2. SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD .............................................................. 53
III.3. SOBRE LOS SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN ......................................... 54
III.4. SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO PARA LA CELEBRACIÓN DEL 200º
ANIVERSARIO DEL TEATRO REAL Y DEL VIGÉSIMO ANIVERSARIO DE LA REAPERTURA
DEL TEATRO REAL ................................................................................................................... 56
III.5. SOBRE EL SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
Y DE LA RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA RELATIVAS AL INFORME DE
FISCALIZACIÓN DE LA FUNDACIÓN DEL TEATRO REAL, EJERCICIO 2012, PENDIENTES
DE SU CUMPLIMIENTO TOTAL O PARCIAL A 31 DE DICIEMBRE DE 2017 ........................... 56
IV. RECOMENDACIONES ........................................................................................................... 57
ANEXOS
ALEGACIONES FORMULADAS
RELACIÓN DE SIGLAS Y ABREVIATURAS
CC
Convenio colectivo
DA
Dirección artística
DT
Dirección técnica
ENS
Esquema Nacional de Seguridad
FTR
Fundación del Teatro Real
ICAC
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
IGAE
Intervención General de la Administración del Estado
IIC
Instrucciones internas de contratación
IVA
Impuesto del Valor Añadido
LCSP
LF
LGP
Ley 7/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales
NRI
Normas de régimen interior
OPE
Oferta Pública de Empleo
PCESFL
Plan de Contabilidad de entidades sin fines lucrativos, aprobado por
Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas
PGE
Presupuestos Generales del Estado
SARA
Contratos sujetos a regulación armonizada
Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado
ÍNDICE DE CUADROS
Cuadro 1: Detalle del Inmovilizado intangible ................................................................................ 15
Cuadro 2: Detalle del Inmovilizado material .................................................................................. 16
Cuadro 3: Existencias ................................................................................................................... 16
Cuadro 4: Subvenciones, donaciones y legados recibidos ............................................................ 21
Cuadro 5: Contratos formalizados y muestra seleccionada. Ejercicio 2018................................... 25
Cuadro 6: Contratos formalizados y muestra seleccionada. Ejercicio 2019................................... 26
Cuadro 7: Personal de la FTR y remuneraciones totales. Ejercicios 2018-2019 ........................... 28
Cuadro 8: Muestra de procesos de selección de personal. 2018-2019 ......................................... 31
Cuadro 9: Presupuestos de gastos de la muestra de producciones .............................................. 42
Cuadro 10: Resumen de liquidaciones de la muestra de producciones ........................................ 43
Cuadro 11: Gastos liquidados de la muestra ................................................................................. 44
Cuadro 12: Efectivos de personal por departamentos (diciembre 2020) ....................................... 46
Cuadro 13: Liquidación de ingresos y gastos del Bicentenario. Ejercicios 2015 a 2019 ................ 49
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 7
I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA Y ANTECEDENTES DE LA FISCALIZACIÓN
1.1. El Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó, en su sesión de 19 de diciembre de 2019, el Programa
Anual de Fiscalizaciones correspondiente al año 2020, en el que se incluyó, a iniciativa del propio
Tribunal, la “fiscalización de la Fundación del Teatro Real, FSP, ejercicios 2018 y 2019”.
1.2. La anterior fiscalización de la Fundación del Teatro Real, FSP (en adelante FTR, la Fundación
o el Teatro) fue referida al ejercicio 2012. El correspondiente Informe, en el que se incluían diez
recomendaciones, fue aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 29 de septiembre de 2014.
La Comisión Mixta Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas aprobó una
Resolución en relación con el mismo el 10 de marzo de 2015, en la que instaba a la Fundación a
realizar ocho actuaciones. El cumplimiento de dichas recomendaciones y de la Resolución de la
Comisión Mixta fue analizado en el Informe de seguimiento de las principales recomendaciones
incluidas en diversos Informes de fiscalización aprobados en el periodo 2013 a 2016, sobre
entidades del sector público estatal relacionadas con los ámbitos financiero, regulatorio, de
investigación y de la cultura, aprobado por el Pleno el 20 de diciembre de 2018. En este Informe
se concluyó que varias de las recomendaciones y de las actuaciones instadas por la Comisión Mixta
relativas a la FTR estaban pendientes de cumplimiento total o parcial a 31 de diciembre de 2017.
1.3. En el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2015 y el 31 de diciembre de 2019 se han
celebrado el bicentenario del Teatro Real y el vigésimo aniversario de su reapertura, actos
declarados acontecimiento de excepcional interés público por las leyes de Presupuestos Generales
del Estado (PGE) para 2015 y 2017. Ello ha supuesto un incremento de la actividad económico-
financiera de la Fundación.
1.4. El tiempo transcurrido desde la última fiscalización completa de la Fundación, la existencia de
varias recomendaciones derivadas de la misma pendientes de cumplimiento y el incremento
señalado de su actividad económico-financiera son los motivos de la inclusión de la presente
fiscalización en el Programa Anual de Fiscalizaciones del Tribunal para el ejercicio 2020.
1.5. Esta actuación fiscalizadora se enmarca en la puesta en práctica del Plan Estratégico del
Tribunal de Cuentas 2018-2021, contribuyendo a la consecución de diversos objetivos estratégicos
del mismo. Así, se encuadra en las actuaciones tendentes al cumplimiento del objetivo estratégico
1 “Contribuir al buen gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera del sector público”
y, en concreto, de los siguientes objetivos específicos: 1.2 “Fomentar buenas prácticas de
organización, gestión y control de las entidades públicas”; y 1.4 “Incrementar las fiscalizaciones
operativas”. También contribuye al cumplimiento del objetivo estratégico 2 “Fortalecer la posición
institucional y el reconocimiento social del Tribunal de Cuentas”, a través del objetivo específico 2.3
“Contribuir al fortalecimiento del control interno”.
1.6. El Pleno, en su sesión de 27 de febrero de 2020, acordó el inicio de este procedimiento
fiscalizador y el 30 de abril de 2020 aprobó sus Directrices Técnicas, según lo establecido en los
apartados b) y g) del artículo 3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de
Cuentas (LFTCu), y siguiendo lo dispuesto al efecto en las Normas de Fiscalización del Tribunal de
Cuentas aprobadas el 23 de diciembre de 2013.
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
1.7. El ámbito subjetivo de la fiscalización es la FTR, fundación del sector público estatal de acuerdo
con los requisitos establecidos en el artículo 128 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público (LRJSP).
8 Tribunal de Cuentas
1.8. El ámbito objetivo de la fiscalización comprende la actividad económico-financiera de la
Fundación.
1.9. El ámbito temporal de la fiscalización abarca los ejercicios 2018 y 2019, sin perjuicio de que se
hayan analizado aquellos hechos o actuaciones anteriores o posteriores al referido periodo en la
medida en que se ha estimado necesario para el mejor cumplimiento de los objetivos previstos.
I.3. OBJETIVOS, PROCEDIMIENTOS Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN
1.10. De acuerdo con lo previsto en las Directrices Técnicas, se ha realizado una fiscalización
integral de la FTR, con los siguientes objetivos generales:
a) Comprobar que las cuentas anuales de los ejercicios 2018 y 2019 representan adecuadamente
la imagen fiel de la situación financiera y patrimonial, del resultado económico patrimonial y de
la ejecución del presupuesto, de conformidad con los principios y criterios contables y
presupuestarios de aplicación.
b) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a que está sometida la
gestión económico-financiera de la Fundación.
c) Analizar los sistemas y procedimientos de gestión, en cuanto a su racionalidad económico-
financiera, su sometimiento a los principios de buena gestión y su adecuación para el
cumplimiento de los fines fundacionales y actividades que la Fundación tiene asignados.
d) Evaluar el cumplimiento, en el ámbito temporal de la fiscalización, del Convenio de colaboración
entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid y la Fundación del Teatro Real,
para la Celebración del 200º aniversario del Teatro Real y el vigésimo aniversario de su
reapertura.
e) Comprobar el grado de cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el anterior Informe
de fiscalización de la Fundación del Teatro Real, ejercicio 2012, y de los puntos de la
correspondiente Resolución de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de
Cuentas, que estaban pendientes de su cumplimiento total o parcial a 31 de diciembre de 2017
según el Informe de seguimiento de recomendaciones aprobado por el Pleno el 20 de diciembre
de 2018.
1.11. Asimismo, se ha comprobado el cumplimiento de la normativa sobre la igualdad efectiva de
mujeres y hombres y de la relacionada con la transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno, en todo aquello en que lo dispuesto en estas normas pudiera tener relación con el objeto
de las actuaciones fiscalizadoras.
1.12. Los procedimientos de fiscalización utilizados han incluido todas las comprobaciones que se
estimaron necesarias para el cumplimiento de los objetivos señalados. En particular, se ha
procedido al examen de los registros, los procedimientos internos y los documentos justificativos,
así como a la realización de pruebas sustantivas y de cumplimiento para la obtención de datos
suficientes que fundamentan los resultados de la fiscalización.
1.13. La fiscalización se ha realizado de acuerdo con las Normas de Fiscalización del Tribunal de
Cuentas, aprobadas por su Pleno el 23 de diciembre de 2013.
1.14. En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras no se han producido limitaciones que hayan
impedido cumplir los objetivos previstos, habiendo prestado adecuadamente su colaboración los
responsables de la Fundación.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 9
I.4. NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO, FUNCIONES Y RENDICIÓN DE CUENTAS
I.4.1. Naturaleza y régimen jurídico
1.15. La Fundación se constituyó el 14 de diciembre de 1995, con la denominación de Fundación
del Teatro Lírico, por el entonces existente Ministerio de Cultura y por la Comunidad Autónoma de
Madrid, con una participación del 72,5 % y 27,5 %, respectivamente, al amparo de la Ley 30/1994,
de 24 de noviembre, de Fundaciones y de incentivos fiscales a la participación privada en
actividades de interés general, para dar cumplimiento al Convenio de Colaboración firmado el 25
de mayo de 1995 entre ambas Administraciones. Desde el 3 de diciembre de 2007, la Fundación
pasó a denominarse Fundación del Teatro Real, al acordar su Patronato la modificación de los
Estatutos y el cambio de denominación. Con fecha 18 de abril de 2018, el Patronato aprobó una
nueva modificación de sus Estatutos con el fin de integrar los medios del Teatro de la Zarzuela,
centro de creación artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, modificación
que fue aprobada por el Real Decreto 229/2018, de 20 de abril, pasando la Entidad a denominarse
“Fundación Nacional del Teatro Real y del Teatro de la Zarzuela FSP”. No obstante, dicho Real
Decreto fue derogado por la disposición final primera del Real Decreto 697/2018, de 29 de junio,
retornando la Entidad a su denominación de Fundación del Teatro Real, FSP” vigente en la
actualidad.
1.16. El Teatro Real es, por tanto, una Fundación del sector público estatal, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 44 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones (LF). Desde el 1
de enero de 2003 la Fundación se rige, además de por la citada Ley, por la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al
mecenazgo, así como por los artículos 128 y siguientes de la LRJSP. El marco normativo de
información contable de la FTR se completa con el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines
lucrativos (PCESFL), aprobado por Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
1.17. Asimismo, a la Fundación le son de aplicación el Real Decreto 1337/2005, de 11 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y el Real
Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de
Fundaciones de competencia estatal.
1.18. La actividad contractual de la FTR se encontraba sujeta en el periodo fiscalizado, desde su
entrada en vigor en marzo de 2018, a Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), en cuanto a
su consideración como poder adjudicador. Previamente estaba sujeta al texto refundido de la Ley
de Contratos del Sector Público (TRLCSP) aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre. La actividad contractual de la FTR se encontraba también regulada en el periodo
fiscalizado por su normativa interna contenida en los Estatutos de la Fundación. El órgano de
contratación es su Presidente.
I.4.2. Fines fundacionales, organización y financiación
1.19. De acuerdo con sus Estatutos vigentes en el periodo fiscalizado, aprobados por el Patronato
de la Fundación el 1 de febrero de 2018, modificados parcialmente el 18 de abril, el 2 de octubre y
el 11 de diciembre del mismo ejercicio, y el 1 de febrero de 2019, sus fines fundacionales son la
promoción, el impulso y la difusión de las artes musicales, líricas y coreográficas.
1.20. Para el cumplimiento de dichos fines, la Fundación del Teatro Real ejerce las siguientes
actividades propias:
a) Actividades para impulsar la libre creación y representación de las artes líricas, musicales y
coreográficas en todas sus variedades -conocidas y futuras-, y en especial de la ópera, según sus
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medios característicos y disponibles, adoptando y aunando las iniciativas necesarias para que
aquellas se cultiven en libertad y perfeccionamiento permanentes.
b) Actividades dirigidas a proteger, conservar y promover el enriquecimiento de los bienes que
integran su patrimonio artístico y la defensa, promoción e investigación del patrimonio musical
español.
c) Actividades para fomentar la difusión, el aprecio y el conocimiento de estas artes, así como la
asistencia de los ciudadanos a su programación y actividades, a través de un enfoque integral que
aúne cultura, gastronomía y la dimensión turística de las artes escénicas y musicales.
d) Actividades para estimular e incentivar la creación, la investigación, el estudio y la formación
como medios principales de perfeccionamiento profesional del Teatro Real.
e) Actividades para difundir las artes escénicas y musicales mediante la realización y producción de
un programa audiovisual que permita la grabación, fijación, reproducción y difusión de las
producciones (espectáculos, óperas, conciertos y cualesquiera otras de igual o similar naturaleza)
efectuadas por el Teatro Real a través de todo tipo de canales de comunicación. De igual manera,
la Fundación del Teatro Real podrá realizar la fijación de imágenes y sonido de tales producciones
en formato físico o digital, mediante la edición de DVDs, Blu-ray o cualesquiera otras formas de
difusión de su programación propia.
f) La realización de visitas, en sus diversas modalidades, a las instalaciones de la Fundación, con
objeto de dar a conocer el patrimonio histórico-artístico de las mismas y difundir sus bienes,
aunando la experiencia musical y artística con la propia de la arquitectura típica de esta sede.
g) La publicación, en cualquier soporte, de obras, catálogos, guías o monografías que tengan por
objeto el estudio, la divulgación o el apoyo a la Fundación del Teatro Real.
h) La realización de proyectos de investigación científica y actividades docentes en materia propia
de su competencia y fin fundacional con centros universitarios, tanto nacionales como
internacionales.
i) La realización de actividades propias de su competencia en el ámbito internacional, colaborando
a estos efectos con instituciones y personas tanto públicas como privadas, mediante la puesta en
marcha y desarrollo de proyectos conjuntos, giras de las producciones y orquesta y coro del Teatro
Real y cualesquiera otras actividades del interés propio de la fundación.
j) Establecer relaciones de cooperación y colaboración con otras personas e instituciones, públicas
o privadas, y en particular con las asociaciones líricas, conservatorios y escuelas de canto y danza
nacionales e internacionales.
1.21. Los órganos de gobierno de la Fundación son: a) el Patronato, cuyo Presidente es elegido
entre sus miembros, a propuesta del Ministerio de Cultura y Deporte, por un periodo de cinco años
renovable una o más veces hasta un periodo máximo de quince años; b) la Comisión Ejecutiva,
presidida por el Presidente del Patronato; y c) el Director General. Asimismo, el Consejo Asesor es
el órgano de asesoramiento del Teatro Real, constituido por personalidades de reconocido prestigio
del mundo de la música, la lírica y la gestión cultural. Por su parte, la Junta de Protectores es el
órgano a través del cual los particulares y los entes públicos colaboran de modo desinteresado en
el buen funcionamiento de la Fundación. Esta Junta elige de entre sus miembros a su Presidente,
que forma parte del Patronato de la Fundación.
1.22. El Patronato es el órgano de gobierno y representación de la Fundación. Le corresponden
todas las funciones necesarias para cumplir los fines fundacionales y administrar con diligencia los
bienes y derechos que integran el patrimonio de la Fundación. En particular, entre otras funciones,
le corresponde la aprobación de los planes de actuación, las cuentas anuales, los programas de
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 11
actividades, el presupuesto y la modificación de los Estatutos. Las sesiones ordinarias deben
celebrarse al menos dos veces al año.
1.23. A la Comisión Ejecutiva le corresponden las funciones que le delegue el Patronato. En
concreto, entre otras, la elaboración y ejecución del plan de actuación y del presupuesto, la
elaboración de la memoria anual de actividades, la aprobación y aplicación de las normas de
régimen interior y la autorización para contratar y despedir a las personas que se encarguen de la
Dirección Artística, la Dirección Musical, la Dirección Técnica y la Dirección de la Administración
General. La Comisión Ejecutiva debe reunirse en sesión ordinaria una vez al mes.
1.24. Al Director General de la Fundación le corresponde la administración y gestión ordinaria de la
misma. Es nombrado por el Patronato a propuesta de la Comisión Ejecutiva. Tiene atribuidas por el
Patronato, entre otras, las siguientes funciones: asumir la representación ordinaria de la Fundación,
ejecutar los acuerdos del Patronato y de la Comisión Ejecutiva, elaborar la propuesta de la memoria
anual de actividades y la propuesta del presupuesto, suscribir convenios de colaboración y ejercer
la jefatura de personal.
1.25. Para la atención de sus fines, la Fundación cuenta con los recursos del capital fundacional,
con las subvenciones anuales procedentes de las Entidades Fundadoras y otras entidades, con los
ingresos procedentes de donaciones y patrocinios, y con el producto de la venta de localidades y
abonos que se realiza tanto en sus propias taquillas como a través del servicio telefónico de venta
de localidades y de internet. La Fundación tiene, asimismo, ingresos por otros conceptos, entre los
que destacan el alquiler de salones para distintos acontecimientos, la publicidad y el alquiler de sus
producciones a otros teatros.
1.26. La relación jurídica de la FTR con el personal a su servicio se encuentra sometida a la
legislación laboral.
I.4.3. Rendición de cuentas
1.27. Las cuentas anuales del ejercicio 2018 fueron aprobadas por el Patronato de la FTR el 27 de
junio de 2019 y rendidas al Tribunal el 22 de julio del mismo año, dentro del plazo establecido por
el artículo 139 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (LGP).
1.28. La formulación de las cuentas correspondientes al ejercicio 2019 fue realizada por la Comisión
Ejecutiva el 22 de abril de 2020, dentro del plazo estipulado por el artículo 48 del Real Decreto-ley
11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito
social y económico para hacer frente al COVID-19. A pesar de que el Teatro Real no agotó todo el
plazo de prórroga que otorgó el referido Real Decreto-ley como consecuencia del COVID-19, la
Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) no concluyó sus funciones auditoras
hasta la segunda mitad de julio, lo que conllevó que la reformulación de las mismas se aprobara el
20 de julio por la Comisión Ejecutiva, siendo finalmente aprobadas por el Patronato el 10 de
septiembre de 2020, en todo caso dentro de los plazos legalmente establecidos por el artículo 40
del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente
al impacto económico y social del COVID-19. La rendición de cuentas al Tribunal se efectuó a través
de la IGAE el 18 de septiembre de 2020, cumpliendo el plazo señalado en el punto 2 del artículo
139 de la LGP.
I.5. PRINCIPALES MAGNITUDES ECONÓMICAS
1.29. En los Anexos I a III de este Informe se recogen el balance de situación y la cuenta de
resultados de la FTR de los ejercicios 2018 y 2019.
1.30. El activo del balance de la FTR a 31 de diciembre de 2018 y 2019 ascendió a un total de
141.023.397 y 133.217.884 euros respectivamente. El activo no corriente registró unos importes de
118.516.972 y 115.346.697 euros, que representan un 84,04 % y 86,58 % del total del activo de
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cada uno de los dos ejercicios. Cabe destacar que en 2018 se había producido, respecto del
ejercicio 2017, un muy notable incremento del 3.559 % en el activo no corriente como consecuencia
de la activación, en la partida de “inmovilizado intangible”, de la cesión del uso del edificio del Teatro
Real (esta partida pasó de un saldo de 627.661 euros al cierre de 2017 a 114.708.168 euros al
cierre de 2019). El saldo del activo corriente ha registrado un continuo descenso desde el cierre de
2017 (un 22,12 % en 2018 y un 20,60 % adicional en 2019). Este descenso se ha producido a pesar
del incremento en un 178,17 % registrado entre los balances de 2018 y 2017 en la partida de
“existencias”, consecuencia del cambio de criterio respecto a las escenografías. La disminución del
activo corriente se debió fundamentalmente al descenso de un 40,93 % en 2018 respecto a 2017,
y de un 34,15 % en 2019 respecto al ejercicio anterior, en el epígrafe “usuarios y otros deudores de
la actividad propia”, que recoge el importe pendiente de cobro por las aportaciones de determinadas
entidades a la Fundación para la realización de sus fines, y a la reducción en la partida de “tesorería
en lo que se refiere a los saldos depositados en cuentas corrientes, que pasaron de un importe de
8.433.597 euros en 2017, a 4.871.810 euros en 2018 y a 5.819.669 euros en 2019.
1.31. El patrimonio neto ascendió a 120.166.714 euros en 2018 y a 115.056.534 euros en 2019.
Destaca el incremento del 887,07 % registrado en 2018 respecto al ejercicio 2017, consecuencia
del registro contable de la cesión del uso del edificio del Teatro Real citado en el punto anterior de
este Informe, que se refleja en la partida de “subvenciones, donaciones y legados recibidos”. Los
fondos propios eran negativos por importe de 173.934 y 120.447 euros en 2018 y 2019,
respectivamente, lo que supone una reducción del 30,75 %. En el ejercicio 2017 la cifra de fondos
propios negativos había alcanzado un importe de 592.907 euros.
1.32. Las cuentas de resultados de los ejercicios 2018 y 2019 presentan unos excedentes de la
actividad positivos de 118.630 y de 53.487 euros respectivamente, mientras que en el ejercicio 2017
había presentado un excedente negativo de 850.113 euros. Las principales fuentes de ingresos de
la Fundación en los ejercicios fiscalizados fueron: las subvenciones, por importes de 14.271.382 y
de 14.692.800 euros en 2018 y 2019, respectivamente; las aportaciones de los patrocinadores, que
alcanzan las cifras de 16.718.777 euros en 2018 y de 13.904.834 euros en 2019 (importe este último
que se situaba en niveles muy similares al de 2017); y, por último, los ingresos por ventas de abonos
y localidades, que alcanzaron unos importes de 24.973.372 y 24.004.549 euros en 2018 y 2019
respectivamente, suponiendo el 46,87 % respecto del total de los ingresos en 2018 y el 49,43 % en
2019. Respecto a los gastos, destacaron los de personal, 19.087.490 euros en 2018 y 20.475.284
euros en 2019, y los gastos por servicios exteriores, 39.459.081 euros en 2018 y 33.859.608 euros
en 2019 (lo que supone una disminución de los gastos por servicios exteriores entre ambos
ejercicios de un 14,19 %).
I.6. TRATAMIENTO DE LAS ALEGACIONES
1.33. De conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, los resultados de las actuaciones fiscalizadoras fueron
puestos de manifiesto para la formulación de alegaciones al Presidente del Patronato y al Director
General de la Fundación, que también lo habían sido durante todo el periodo fiscalizado. Las
alegaciones del Director General fueron presentadas y recibidas dentro del plazo prorrogado y se
adjuntan al presente Informe. Se han incorporado en el texto del Informe los cambios que se han
considerado oportunos como consecuencia de su examen, ya sea por aceptar su contenido o para
razonar el motivo por el que no se aceptan. No han sido objeto de contestación las alegaciones que
constituyen meras explicaciones o aclaraciones de la actividad fiscalizada, de modo que la falta de
contestación a este tipo de alegaciones no debe entenderse como una aceptación tácita de su
contenido. El resultado definitivo de la fiscalización es el expresado en el presente Informe, con
independencia de las consideraciones que se han manifestado en las alegaciones.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 13
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
II.1. ANÁLISIS DE LA REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES
II.1.1. Opinión
2.1. Las cuentas anuales de los ejercicios 2018 y 2019 representan, en todos los aspectos
significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la Fundación a 31 de
diciembre de dichos ejercicios, así como de los resultados de sus operaciones, de los recursos
obtenidos y aplicados durante el ejercicio anual y de la ejecución del presupuesto, de conformidad
con los principios y normas contables que le resultan de aplicación, excepto por las salvedades que
se resumen en los puntos 2.3 a 2.6 de este Informe, y que figuran desarrolladas en los epígrafes
II.1.2 y II.1.3. Estos epígrafes exponen, además, algunos incumplimientos de los principios y normas
contables de menor relevancia para el reflejo en las cuentas de la imagen fiel.
2.2.
1
2.3. La Entidad no activó en las cuentas de 2018 las escenografías de las producciones en que no
fue líder, lo que determina que el saldo de la partida “Existencias. Productos terminados” del balance
de dicho ejercicio esté infravalorado en 320.744 euros, y que el excedente del ejercicio debería
haber sido también superior por el mismo importe, descontado el importe del gasto por deterioro,
según el criterio utilizado por la Fundación.
2.4. La Fundación debería haber provisionado en el ejercicio 2019, por un importe total de 504.390
euros, la deuda adquirida, y no pagada, por una fundación privada en base a los convenios de
colaboración firmados en 2017 y 2018 por la FTR con dicha fundación. De dicho importe, 300.000
euros estaban contabilizados en la cuenta de “Deudores por patrocinio a corto plazo” y 204.390
euros en la de “Clientes”. En consecuencia, el excedente del ejercicio 2019 se encuentra
sobrevalorado en el citado importe de 504.390 euros
2
.
2.5. La cuenta “Deudores por patrocinio a corto plazo se encuentra sobrevalorada en un importe
neto de 35.000 euros en el ejercicio 2018 y de 370.000 euros en el ejercicio 2019 como
consecuencia de saldos indebidamente registrados y de otros saldos que debieran estar
provisionados.
2.6. La cuenta “Clientes” está sobrevalorada en 378.701 euros en 2019 y en 119.441 euros en 2018,
como consecuencia de determinadas facturas no provisionadas y de otras indebidamente
contabilizadas. El excedente del ejercicio está sobrevalorado en 41.229 euros en el ejercicio 2018
y en 300.489 euros en el ejercicio 2019 como consecuencia de los saldos no provisionados.
II.1.2. Balance de situación
II.1.2.1. INMOVILIZADO
2.7. El inmovilizado de la FTR presenta, al cierre de los ejercicios 2018 y 2019, un valor neto
contable de 118.516.972 y 115.346.697 euros respectivamente, que representan un 84,04 % y un
86,58 % del activo total, de los que 114.708.168 y 111.744.020 euros corresponden a inmovilizado
intangible, y 3.808.804 euros y 3.602.677 euros a inmovilizado material, respectivamente.
1
Punto suprimido.
2
La FTR anuncia en sus alegaciones que la deuda ha sido provisionada en las cuentas de 2020 y que a la fecha de este
Informe ha cobrado 300.000 euros de la misma.
14 Tribunal de Cuentas
a) Inmovilizado intangible
2.8. El Cuadro 1 refleja la evolución del inmovilizado intangible en el periodo fiscalizado. El epígrafe
“Derechos sobre activos cedidos en uso” supone el 96,38 % y el 96,10 % del total de este
inmovilizado en los ejercicios 2018 y 2019, respectivamente. El saldo del citado epígrafe registró un
importante incremento en 2018, al proceder la FTR a activar en dicho ejercicio la cesión del inmueble
Teatro Real de Madrid, en base a la Resolución de 22 de febrero de 2016 de la IGAE, por la que se
dictan las normas de registro, valoración e información de los bienes del patrimonio histórico de
naturaleza material a incluir en las cuentas anuales, y a la Resolución de 15 de enero de 2013, de
la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28
de diciembre de 2012 que otorga la autorización a la FTR para el uso a título gratuito por un periodo
de 75 años del citado inmueble, calificado como bien de interés cultural conforme a lo dispuesto en
la Ley 26/1985, de 25 de julio, del Patrimonio Histórico Español. Como resultado de la activación de
esta cesión aparecen en el balance de 2018 las partidas “Cesión edificio Teatro Real” y Cesión
instalaciones Teatro Real por importes de 93.794.134 y 39.080.112 euros respectivamente. La
valoración del inmueble, así como de las instalaciones y el equipamiento, se realizó tomando como
base de cálculo los importes obtenidos por el peritaje del seguro realizado en 2013 para la
contratación de la póliza de daños materiales. La Fundación amortiza la cesión de uso del inmueble
en 75 años y las instalaciones en 20 años.
2.9. La FTR tiene registrado directamente en el patrimonio neto el valor de dicha cesión de uso,
imputando al excedente del ejercicio, como ingreso, el importe que corresponde en la misma medida
en que se amortiza, de acuerdo con la norma de registro y valoración 20ª sobre subvenciones,
donaciones y legados del PCESFL. Se han verificado la valoración y el correcto registro y
contabilización de las operaciones.
2.10. El epígrafe “Derechos sobre activos cedidos en uso” recoge también la cesión del uso del
inmueble “El Campillo” en Arganda del Rey, realizada en 2012 por cuatro años y prorrogada por
cuatro más el 1 de septiembre de 2016. En consecuencia, en septiembre de 2020 venció la prórroga,
sin que hasta la fecha se haya firmado una nueva
3
. Se han verificado el correcto registro de la
operación y los saldos.
3
La FTR anuncia en sus alegaciones que la prórroga se encuentra actualmente en tramitación.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 15
Cuadro 1: Detalle del Inmovilizado intangible
(euros)
INMOVILIZADO INTANGIBLE
2019
2017
Aplicaciones informáticas
901.229
137.099
Aplicaciones informáticas
987.150
1.454.359
Aplicaciones informáticas en curso
810.600
Amortización acumulada inmovilizado inmaterial
-896.521
-1.317.260
Derechos sobre activos cedidos en uso
110.842.791
490.562
Cesión uso finca de Arganda
1.427.091
1.427.091
Cesión edificio Teatro Real
93.794.134
Cesión instalaciones Teatro Real
39.080.112
Amortización acumulada cesión finca Arganda
-1.293.301
-936.528
Amortización Acumulada cesión edificio
-8.650.040
Amortización acumulada cesión instalaciones
-13.515.205
TOTAL
111.744.020
627.661
Fuente: Elaboración propia a partir de la información de los registros contables de la FTR.
2.11. El epígrafe aplicaciones informáticas recoge programas informáticos, desarrollo de páginas
web, aplicaciones, licencias de uso de programas y similares, siempre que su utilización esté
prevista durante varios ejercicios. En el ejercicio 2019 se dieron de baja elementos totalmente
amortizados por importe de 524.018 euros, derivados de la conciliación físico-contable realizada por
la empresa encargada de la gestión y actualización del inventario. Las aplicaciones informáticas
en curso corresponden, básicamente, a la primera y segunda fase de los trabajos realizados por
dos patrocinadores en los ejercicios 2018 y 2019 para el desarrollo de la nueva página web de la
FTR, así como al material aportado en 2019 y a los trabajos realizados para un canal interno de TV.
Se trata de donaciones realizadas por patrocinadores.
b) Inmovilizado material
2.12. El Cuadro 2 refleja la evolución del inmovilizado material en el periodo fiscalizado. Durante el
ejercicio 2018 se registraron altas de elementos por importe de 3.261.150 euros, entre las que
destacan el alta en construcciones e instalaciones, por 929.866 y 1.807.888 euros respectivamente,
correspondiente al cambio de criterio adoptado por la Entidad respecto a las obras de rehabilitación
realizadas en su sede con cargo a la subvención del Ministerio de Fomento otorgada en 2016, en
aplicación de la norma de valoración 3ª del PCESFL. Estas obras se habían registrado en los
ejercicios en los que se realizaron directamente minorando la subvención y se activaron en el
ejercicio 2018 reflejando la contrapartida en la cuenta de subvenciones, donaciones y legados del
patrimonio neto, imputando al excedente del ejercicio, como ingreso, el importe que correspondía
en función de la amortización de dichos bienes. Se ha verificado el correcto registro y contabilización
de estas operaciones.
16 Tribunal de Cuentas
Cuadro 2: Detalle del Inmovilizado material
(euros)
INMOVILIZADO MATERIAL
2019
2018
2017
Instalaciones técnicas y maquinaria
10.877.428
11.343.441
11.097.970
Otras instalaciones, utillaje y mobiliario
4.593.982
5.242.734
3.413.326
Equipos para proceso de información
1.666.001
2.688.638
2.599.619
Construcciones
929.866
929.866
Otro inmovilizado
5.128.936
5.134.239
7.518.142
23.196.213
25.338.918
24.629.057
Amortización acumulada
Instalaciones técnicas y maquinaria
-10.644.139
-11.011.023
-10.702.152
Otras instalaciones, utillaje y mobiliario
-3.223.991
-3.644.696
-3.317.324
Equipos para proceso de información
-1.484.520
-2.433.544
-2.320.213
Construcciones
-112.359
-65.866
Otro inmovilizado
-4.128.527
-4.374.985
-5.887.768
-19.593.536
-21.530.114
-22.227.457
TOTAL
3.602.677
3.808.804
2.401.600
Fuente: Elaboración propia a partir de la información de los registros contables de la FTR.
2.13. Las bajas del ejercicio 2018 corresponden al cambio del criterio en la contabilización de las
escenografías de producciones ya representadas, que pasan a registrarse como existencias
terminadas a raíz de la respuesta del ICAC tras la consulta realizada en 2017 sobre el registro de
gastos ocasionado por producciones que se van a representar en el futuro (en el siguiente
subepígrafe II.1.2.2 de este Informe se analizará este cambio de criterio). El cambio ha supuesto
una reclasificación entre cuentas del activo del balance, por un importe neto de 865.052 euros.
Como consecuencia de la conciliación físico-contable de todos los elementos del inmovilizado que
se realiza al final del ejercicio a través de la aplicación GENIZA, en el ejercicio 2019 se han dado
de baja en inventario y en contabilidad elementos (por pérdidas, robos o desuso), totalmente
amortizados, por importe de 2.577.141 euros.
II.1.2.2. EXISTENCIAS
2.14. La partida de “Existencias, con un valor neto contable de 3.836.721 y 3.325.549 euros al
cierre de los ejercicios 2018 y 2019, respectivamente, representa un 17,05 % y un 18,61 % del
activo corriente al final de cada uno de estos años. En el Cuadro 3 se recoge el detalle de la
evolución de los saldos de esta partida a lo largo del periodo fiscalizado.
Cuadro 3: Existencias
(euros)
31/12/2019
31/12/2018
31/12/2017
Existencias en curso
1.043.970,74
1.642.970,36
1.379.294,95
Existencias
2.281.578,12
2.193.750,79
Existencias escenografías
5.203.667,82
4.470.034,23
Deterioro escenografías
-2.922.089,70
-2.276.283,44
TOTAL
3.325.548,86
3.836.721,15
1.379.294,95
Fuente: Elaboración propia a partir de la información de los registros contables de la FTR.
2.15. De acuerdo con la respuesta a la consulta formulada por la FTR al ICAC el 24 de octubre de
2017, la Fundación, desde las cuentas del ejercicio 2017, califica los gastos inherentes a las
producciones que se van a representar en ejercicios futuros como activo, al considerar que la
actividad que lleva a cabo es una prestación de servicio y que tales gastos deben regirse por el
principio del devengo. El ejercicio 2016 fue el último en el que la Fundación registraba
contablemente los gastos incurridos en el ejercicio por estas producciones como “Gastos
anticipados”, realizando los oportunos ajustes por periodificación e imputando el gasto a la cuenta
de resultados en el ejercicio en que tenía lugar la representación, momento en el que se generaban
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 17
los ingresos correspondientes a la misma, en aplicación del principio de correlación de ingresos y
gastos. En las cuentas de 2017 se modificó el criterio contable, de forma que estos gastos pasaron
a contabilizarse como existencias de elementos y conjuntos incorporables. En las de 2018, en
coherencia con el tratamiento de los gastos incurridos por las producciones no representadas, la
Fundación activó las escenografías de producciones ya representadas como existencias
terminadas, y no como inmovilizado como venían registrándose, lo que supuso una reclasificación
entre cuentas del activo del balance, de “Inmovilizado a “Existencias de productos terminados”, por
un importe neto de 865.052 euros.
2.16. El valor de las escenografías disminuye con el paso del tiempo, lo que requiere que las
existencias sean objeto de una corrección valorativa de acuerdo con lo establecido en la norma de
registro y valoración 10ª del Plan General de Contabilidad, aprobado por el Real Decreto 1514/2007,
de 16 de noviembre y la Norma 12.2 del PCESFL. Sin embargo, la Entidad aplica a estas existencias
el mismo criterio de amortización que aplica a su activo (cinco años). Por este motivo, la
reclasificación citada en el punto anterior de este Informe no ha tenido impacto en el patrimonio neto
de la FTR. Pero este criterio difiere del contemplado en las citadas normas de valoración, que
requieren una cuantificación específica del deterioro, sin que la Entidad haya definido las razones
que justifican el empleo del método de amortización seguido en estas existencias. Hay que tener
en cuenta que no existe un mercado que permita conocer el valor realizable de tales existencias, lo
que dificulta la cuantificación de los deterioros. Por este motivo, el citado incumplimiento no se ha
calificado como salvedad en la opinión sobre la representatividad de las cuentas anuales. A este
respecto, la FTR, al igual que tiene establecidos criterios para conocer el valor de sus escenografías,
vestuario y utilerías, debería establecer unos criterios homogéneos para conocer el deterioro de
estas, para lo cual tiene encargado un informe a una firma consultora en el que, entre otras
cuestiones, se establezcan esos criterios homogéneos en relación a la valoración de sus
escenografías y sus deterioros para todas las producciones.
2.17. En cuanto a la determinación del coste de producción de las existencias finales, según la
información facilitada por la Fundación y la que figura en la Memoria del ejercicio 2019, la FTR solo
contabiliza los gastos incurridos para la escenografía, el vestuario y las utilerías. En relación con la
activación de dichos costes cabe realizar las siguientes consideraciones:
a) La Fundación distingue entre producciones propias y coproducciones. En las producciones
propias, produce la obra con sus propios recursos y, finalizada la representación, activa como
existencias de productos terminados todos los costes derivados de la escenografía (vestuario,
utillaje y decorados), incluyendo el coste de la mano de obra directa. Sin embargo, en las
coproducciones, en las cuales los partícipes aportan la parte correspondiente a los costes
compartidos para la producción conforme a las condiciones del contrato, la activación de las
escenografías se realiza por el importe aportado según el contrato, aplicando un porcentaje sobre
el coste presupuestado, independientemente de los costes reales incurridos.
b) Respecto a las coproducciones, hay que distinguir entre aquellas que lidera y aquellas en las que
no es líder. En las producciones en las que es líder la Fundación activa las escenografías por el
importe de la aportación que figura en el contrato. Por su parte, en las producciones en las que no
es líder ha aplicado criterios distintos en 2018 y en 2019: no activó las escenografías en las
producciones realizadas en 2018 (La Boheme, Fausto y Only the sounds), y las activó en las
finalizadas en 2019 (Il Trovatore e Il Pirata). Si hubiera activado las escenografías en el ejercicio
2018, el saldo de la partida “Existencias. Productos terminados” del balance de dicho ejercicio
habría sido superior al registrado en 320.744 euros, y el excedente del ejercicio habría sido también
superior por el mismo importe, descontado el importe del gasto por deterioro, según el criterio
utilizado por la Fundación.
c) Durante los ejercicios 2018 y 2019 solo se han representado dos producciones propias, Die
soldaten y Gloriana, ambas en 2018. Con respecto a la producción Gloriana, se han activado como
existencias de productos terminados los gastos correspondientes a vestuario, escenografía y mano
18 Tribunal de Cuentas
de obra directamente imputable a la elaboración del vestuario, pero no se han activado los gastos
de utillaje, en contra del criterio general aplicado por la propia Fundación, lo que supone que en las
cuentas anuales del ejercicio 2018 exista una minusvaloración del activo del balance, en la partida
de existencias finales, por 16.648 euros, con un impacto en la cuenta de resultados por el mismo
importe.
2.18. Por tanto, la Fundación aplica distintos criterios de activación según se trate de una u otra
forma de producción, y, además, no los ha aplicado de la misma forma en los dos ejercicios
analizados. En este sentido sería aconsejable que la Entidad dispusiese de un manual en el que se
determinase de manera uniforme el criterio de registro contable de los gastos e ingresos de
escenografía, así como de todos los aspectos contables que afectan a esta actividad, con el fin de
establecer criterios homogéneos para todas las producciones en relación con la valoración de sus
escenografías y de su deterioro.
2.19. De acuerdo con lo establecido en la Norma decimocuarta de la Resolución del ICAC de 14 de
abril de 2015, por la que se establecen criterios para la determinación del coste de producción, la
memoria de las cuentas anuales deberá informar sobre los criterios de imputación de costes
indirectos empleados y, en caso de que por razones excepcionales y justificadas se llegaran a
modificar dichos criterios, deberán hacerse constar estas razones, indicando la incidencia
cuantitativa que producen dichas modificaciones en las cuentas anuales. Pese a ello, la Memoria
del ejercicio 2018 no contiene dicha información relativa al criterio seguido en ese ejercicio en la
imputación de costes empleados para la valoración de las existencias finales, deficiencia que ha
sido corregida en la Memoria de 2019, donde se señala que la FTR solo contabiliza los gastos
incurridos para la realización de escenografías, vestuarios y utilerías.
II.1.2.3. DEUDORES
2.20. El saldo de deudores, resultado de la suma de las partidas “Usuarios y otros deudores de la
actividad propia” y “Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar”, asciende a 13.566.838 euros
a 31 de diciembre de 2018 y 8.419.848 de euros en 2019. La reducción de este saldo en un 37,94
% en 2019 respecto de 2018, que se suma a la de un 28,20 % en 2018 respecto de 2017, es
consecuencia del elevado volumen de convenios de patrocinios firmados en el ejercicio 2017,
fundamentalmente debido a la celebración del Bicentenario del Teatro Real.
2.21. En concreto, la cuenta “Deudores por patrocinio a corto plazo, con unos saldos de 8.078.864
euros a 31 de diciembre de 2018 (un 35,90 % del activo corriente) y 4.589.727 euros en 2019 (un
25,68 %), recoge los importes pendientes de cobro por convenios de patrocinio. En el análisis de
dichos saldos se han observado las siguientes deficiencias:
a) La Fundación debería haber provisionado en el ejercicio 2019 un importe total de 300.000 euros
por la deuda adquirida, y no pagada, por una fundación privada en base a los convenios de
patrocinio firmados en 2017 y 2018 por la FTR con dicha fundación. En el epígrafe II.1.3 Cuenta
de resultados” de este Informe, y en concreto en el punto 2.40, se ofrece más información sobre
esta deuda. Asimismo, debería haber provisionado en el ejercicio 2019 saldos con otros dos
patrocinadores por importe de 35.000 euros, correspondientes a una deuda contraída en 2018
4
.
b) La FTR mantiene indebidamente registrado como deudores a 31 de diciembre de 2019 un importe
total de 35.000 euros (de los cuales 25.000 euros fueron registrados en 2017 y 10.000 euros en
2018), contabilizados por un error en la interpretación respecto a los importes de dos convenios de
colaboración firmados en los citados ejercicios.
4
Como se ha indicado anteriormente, la FTR anuncia en sus alegaciones que la deuda ha sido provisionada en l as
cuentas de 2020 y que a la fecha de este Informe ha cobrado 300.000 euros de la misma.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 19
c) La cuenta recoge una deuda de 2015 por importe de 30.000 euros correspondiente al anterior
arrendatario de la cafetería del edificio del Teatro Real, en base al contrato firmado en diciembre
del 2014, por el que en los dos primeros años de su vigencia el arrendatario se comprometía al
pago, además de la renta mensual, de 30.000 euros anuales por patrocinio. Pero la Fundación
solamente registró el importe correspondiente al primer año de vigencia del contrato, por lo que la
cuenta “Deudores por patrocinio a corto plazo” no recoge el importe correspondiente a la deuda de
30.000 euros devengada en 2016, para la que tampoco se registró el ingreso correspondiente por
el citado importe. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el arrendatario
prestó garantía por importe de 70.800 euros, mediante transferencia por 23.600 euros y mediante
aval bancario por los restantes 47.200 euros. En febrero de 2019 la Fundación procedió a incoar el
expediente de incautación de garantía por el importe total de la deuda de patrocinio, 60.000 euros.
A fecha de la elaboración de este Informe no se tiene constancia del cobro de la misma. En
consecuencia, la cuenta “Deudores por patrocinio a corto plazo” está infravalorada a 31 de
diciembre de 2019, en relación con esta operación, en 30.000 euros, y los 30.000 euros
contabilizados deberían haber sido provisionados.
2.22. Por tanto, la cuenta “Deudores por patrocinio a corto plazo” se encuentra sobrevalorada en un
importe neto de 35.000 euros en el ejercicio 2018 y de 370.000 euros en el ejercicio 2019, de los
que 30.000 euros en el ejercicio 2018 y 365.000 euros en el ejercicio 2019 corresponden a saldos
que deberían haberse provisionado, importes que deberían haberse registrado en las cuentas de
“Deudores por patrocinio de dudoso cobro” y “Provisiones por Insolvencias”, con el correspondiente
impacto en el resultado del ejercicio por los citados importes.
2.23. El saldo de la cuenta “Clientes” asciende a 3.817.653 euros a 31 de diciembre de 2018 (un
16,88 % del activo corriente) y 2.293.515 euros en 2019 (un 12,83 %), y recoge fundamentalmente
los importes pendientes de cobro por venta de localidades, incluidas las que se incluyen en los
convenios de patrocinios, y por alquiler de salas. En la comprobación de los saldos se han
observado las siguientes deficiencias:
a) A 31 de diciembre de 2019 existen saldos procedentes del ejercicio 2018 y anteriores no
provisionados por la Fundación, por un importe de 300.489 euros, de los que 41.229 euros
corresponden a facturas del ejercicio 2017 y anteriores, que deberían haberse provisionado en el
ejercicio 2018, y 259.260 euros a facturas de 2018 que debería haberse provisionado en 2019. En
consecuencia, el activo y el resultado de la Fundación en estos ejercicios se encuentran
sobrevalorados en los citados importes.
b) La cuenta “Clientes” está sobrevalorada en ambos ejercicios en 78.212 euros, importe registrado
en deudores por ventas de localidades en base a convenios por patrocinio en especie firmados en
los ejercicios 2016-2018 que tenían como contraprestación de las localidades inserciones
publicitarias por parte del patrocinador. Si bien esta publicidad había sido ya realizada por los
patrocinadores, la FTR mantenía dichos saldos en la cuenta de “Clientes” al no haber recibido la
factura y la documentación justificativa. Asimismo, la FTR debería haber registrado el
correspondiente gasto en la cuenta “Publicidad contraprestación entradas” en el ejercicio en el que
se recibió el servicio de publicidad. En la presente fiscalización se ha analizado una muestra de
convenios de patrocinio, relacionada en el Anexo IV de este Informe, cuyos resultados se expondrán
en el epígrafe II.1.3, en lo que se refiere al registro contable de los correspondientes ingresos, y en
el II.3.2, en lo relativo a su tramitación.
2.24. Por lo tanto, la cuenta “Clientes” está sobrevalorada en 378.701 euros en 2019 y en 119.441
euros en 2018, y el excedente del ejercicio está sobrevalorado en 41.229 euros en el ejercicio 2018
y en 300.489 en 2019 como consecuencia de los saldos no provisionados.
20 Tribunal de Cuentas
II.1.2.4. INVERSIONES FINANCIERAS A CORTO PLAZO
2.25. Las inversiones financieras a corto plazo, con un saldo a 31 de diciembre de 2019 de 227.026
euros, corresponden a fianzas y depósitos entregados por la FTR a otros teatros por los alquileres
de producciones. Entre ellos se encuentra el depósito de 120.000 euros constituido en 2018 por el
alquiler al Teatro de Colonia correspondiente a las producciones que componen la Tetralogía El
anillo del Nibelungo, que no finalizará su representación hasta la temporada 2021-2022 (cuando,
según las condiciones del contrato, procederá la devolución del depósito). Por tanto, el citado
importe se debería haber registrado en 2018 y 2019 como “Depósitos a largo plazo”.
II.1.2.5. EFECTIVO Y OTROS ACTIVOS LÍQUIDOS EQUIVALENTES. TESORERÍA
2.26. Los saldos de esta partida, 5.886.611 y 4.941.937 euros en los ejercicios 2019 y 2018
respectivamente, incluyen los saldos correspondientes a Caja por importe de 66.942 y 70.127 euros
en 2019 y 2018 respectivamente, y a los saldos de las cuentas de Bancos, por los importes restantes
(5.819.669 y 4.871.810 euros).
2.27. El importe en Caja corresponde a la cantidad custodiada en efectivo en las cajas de las que
la Fundación dispone para hacer frente a pequeños gastos y poder atender con los cambios
necesarios al público que adquiere sus localidades pagando en efectivo. Por su parte, el importe de
la partida Bancos corresponde a los saldos depositados en cuentas corrientes en entidades
financieras, denominadas en euros y de libre disposición. La Entidad mantiene saldos elevados en
algunas cuentas. Asimismo, los gastos por servicios bancarios (excluidas comisiones por ventas de
localidades con tarjeta de crédito) se han incrementado considerablemente, pasando de 1.962 euros
en 2018 a 19.343 euros en 2019. Se trata básicamente de comisiones por transferencias, remesas,
etc.
II.1.2.6. PATRIMONIO NETO
2.28. El Patrimonio neto de la FTR alcanza al cierre de los ejercicios 2019 y 2018 unos importes de
115.056.534 y de 120.166.714 euros, respectivamente. Su principal epígrafe el de “Subvenciones,
donaciones y legados recibidos”, cuyo saldo asciende a 115.176.981 euros en 2019 y a 120.340.648
euros en 2018, frente a los 12.767.027 euros que alcanzó esta partida al cierre del ejercicio 2017.
Este incremento registrado en el ejercicio 2018 es consecuencia, principalmente, de la activación
de la cesión del inmueble, las instalaciones y el equipamiento del edificio Teatro Real, como se ha
señalado en los puntos 2.8 y 2.9 de este Informe.
a) Fondos propios
2.29. Los Fondos propios de la FTR han sido negativos en los tres ejercicios del periodo 2017-2019,
aunque han evolucionado positivamente: 592.907 euros en 2017, 173.934 euros en 2018 y 120.447
euros en 2019. En esta evolución de los Fondos Propios ha tenido una influencia fundamental la
variación de los excedentes de cada ejercicio, que pasaron de ser negativos en 2017 por 850.113
euros a positivos en 2018 y 2019 por 118.630 y 53.487 euros, respectivamente. El cambio de signo
de los excedentes, al pasar de negativos en 2017 a positivos en 2018, evitó que la FTR incurriera
en el supuesto contemplado en el artículo 96.1.e de la LRJSP en la redacción entonces vigente,
que habría obligado a la Entidad a elaborar un plan de corrección
5
.
5
El artículo 96.1.e, en la redacción vigente en los ejercicios previos a 2020, incluye, entre los supuestos en los que los
Organismos Públicos estatales deberán disolverse, la situación de desequilibrio financiero durante dos ejercicios
presupuestarios co nsecutivos. En este supuesto el Organismo debe adoptar una serie de medidas, entre las que se
encuentra la aprobación de un plan de corrección del de sequilibrio. La disposición adicional segunda del Real Decreto-
ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 21
b) Subvenciones, donaciones y legados recibidos
2.30. La partida “Subvenciones, donaciones y legados recibidos” es el principal componente del
patrimonio neto de la FTR. Ha tenido unos saldos al cierre de los ejercicios 2018 y 2019 de
120.340.649 y 115.176.981 euros, respectivamente. Su composición en el periodo 2017-2019 figura
en el Cuadro 4.
Cuadro 4: Subvenciones, donaciones y legados recibidos
(euros)
Subvenciones, donaciones y legados recibidos
31/12/2019
31/12/2018
31/12/2017
Cesión de uso edificio Teatro Real
110.709.001
113.913.592
Cesión de uso finca Arganda
133.790
312.176
490.563
Activos plan GIE
1.911
8.465
20.662
Patrocinio a efectos de anualidades
754.445
810.548
946.858
Patrocinio a efectos de Bicentenario
1.476.726
2.931.320
11.119.512
Subvención rehabilitación M. Fomento
2.101.108
2.364.548
189.432
TOTAL
115.176.981
120.340.649
12.767.027
Fuente: Elaboración propia con base en la información de los registros contables de la FTR
2.31. Los saldos de “Cesión de uso de edificio Teatro Real” y “Cesión de uso finca Arganda”
corresponden al valor neto contable de estas cesiones de uso, registrado como Inmovilizado
intangible (ver puntos 2.8 y 2.10 de este Informe).
2.32. El saldo de “Activos plan GIE” corresponde al importe pendiente de imputar al excedente del
ejercicio por los activos que recibió la Fundación durante el ejercicio 2010 de la Gerencia de
Infraestructuras y Equipamientos, del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
2.33. El saldo de Subvención rehabilitación M. Fomento”, 2.101.108 euros a 31 de diciembre de
2019, corresponde al importe pendiente de imputar por la subvención recibida del Ministerio de
Fomento en el ejercicio 2015. El cambio de criterio adoptado por la FTR en 2018 respecto a las
obras de rehabilitación del edificio y de mejora de las instalaciones realizadas en la sede de la
Entidad con cargo a dicha subvención dio lugar a su activación como inmovilizado material, así
como al reconocimiento de dicha subvención directamente en patrimonio por el valor neto contable
de dichos elementos. Por otra parte, el 12 de diciembre de 2019 la Secretaría de Estado de
Infraestructuras, Transportes y Vivienda, del Ministerio de Fomento, dictó una resolución por la que
se concedieron ayudas a las actuaciones sobre bienes de especial interés arquitectónico e histórico,
vinculados a los Ministerios de Fomento y de Educación, Cultura y Deporte. Entre ellas se encuentra
una ayuda a la FTR para la realización y financiación de las obras de rehabilitación y de mejora de
las instalaciones del edificio del Teatro Real, por importe de 1.000.000 euros, cuyas obras se han
iniciado en el ejercicio 2020. La Fundación ha cambiado el criterio de contabilización, registrando el
importe de la subvención en “Deudas a corto plazo, transformables en subvenciones, donaciones y
legados”, ya que la citada resolución establece el reintegro total o parcial de las cantidades recibidas
en caso de incumplimiento.
2.34. La partida “Patrocinio a efectos de anualidades” registra los importes correspondientes a los
convenios de patrocinios suscritos y afectos a la financiación de ejercicios económicos
determinados, básicamente los patrocinios por temporada (que abarcan dos ejercicios contables) y
los patrocinios para varios ejercicios. Por su parte, la partida “Patrocinio a efectos de Bicentenario”
registra el importe que corresponde a los convenios de patrocinio suscritos con motivo de la
celebración del “200º Aniversario del Teatro Real y el vigésimo Aniversario de la reapertura del
Administración de Justicia, ha suspendido la aplicación del artículo 96.1.e de la LRJSP para las cuentas de los ejercicios
2020 a 2022.
22 Tribunal de Cuentas
Teatro Real”, tanto los patrocinios de carácter monetario como los patrocinios en especie. Los
saldos de estas cuentas corresponden a los importes pendientes de imputar al excedente del
ejercicio.
2.35. Se ha verificado el correcto registro de los saldos de estas cuentas, así como la imputación
como ingreso de la parte correspondiente a cada ejercicio contable.
II.1.3. Cuenta de resultados
2.36. Los ingresos de la FTR ascendieron en los ejercicios 2018 y 2019 a 64.854.759 y 60.388.555
euros, respectivamente. Los recursos de la Fundación proceden, fundamentalmente, de los
ingresos de patrocinadores y colaboradores (un 25,78 % de los ingresos totales en 2018 y un 23,03
% en 2019), de la financiación pública a través de subvenciones (22,01 % en 2018 y 24,33 % en
2019) y de los ingresos por venta de entradas y otros ingresos de la actividad mercantil (44,22 % y
46,44 %).
2.37. Los ingresos de patrocinadores y colaboradores se incrementaron notablemente en el
ejercicio 2018, al pasar de 13.768.120 euros en 2017 a 16.718.777 en 2018 (un incremento del
21,43 %), como consecuencia de la celebración del Bicentenario. En el ejercicio 2019 el importe de
estos ingresos se situó en un nivel similar al de 2017 (13.904.834 euros).
2.38. Como consecuencia del análisis de los saldos de ingresos de patrocinadores se han
examinado los convenios de patrocinio suscritos en los ejercicios 2018 y 2019 que aparecen
relacionados en el Anexo IV de este Informe. Se ha verificado el correcto registro del importe del
convenio como donación, así como la imputación como ingreso de la parte correspondiente a cada
ejercicio contable en aquellos convenios cuyos ingresos afectan a varios ejercicios.
2.39. La cuenta “Donaciones en especie” recoge las aportaciones en especie de patrocinadores y
colaboradores, básicamente por inserciones publicitarias en medios de comunicación y por
aportaciones de empresas de catering que cubren determinados eventos del Teatro Real. En 2018
los ingresos por donaciones en especie ascendieron a 4.652.956 euros, un importe superior en un
84,82 % al del ejercicio 2017 como consecuencia de nuevo del incremento de patrocinios con motivo
de la celebración del Bicentenario. El importe descendió en 2019 a 3.776.168 euros. Las donaciones
en especie se registran como ingresos en la citada cuenta y como gastos en Publicidad en especie,
por el importe facturado por las inserciones publicitarias (más la parte correspondiente de IVA
soportado, según prorrata), o en Gastos por intercambio de patrocinio”, por el resto de donaciones
en especie (servicios de catering, etc.). Se ha comprobado que todos los ingresos registrados por
donaciones en especie de publicidad tienen su contrapartida en la cuenta de gastos de publicidad
en especie, así como el registro, en su caso, de la prorrata.
2.40. El 2 de julio de 2018 la FTR firmó un convenio de colaboración con una fundación privada por
el que esta se comprometía a donar a la FTR 150.000 euros en el primer trimestre de 2019,
mediante cheque nominativo, para contribuir a los fines de la FTR en el ejercicio 2018. En
contrapartida la FTR asumía el compromiso, entre otros, de poner a disposición de la fundación
privada un determinado número de entradas para la temporada 2018/2019, por importe de 106.452
euros. La FTR registró la donación como ingreso por patrocinios y el importe de las entradas como
ventas de localidades. Sin embargo, la FTR no llegó a ingresar el importe citado de 150.000 euros.
Además, la misma fundación privada tenía pendientes de pago los importes que se comprometió a
aportar en virtud del convenio de 1 de septiembre de 2017, por 150.000 euros en concepto de
contribución a los fines de la FTR, y 97.938 euros por el uso de las localidades de varios palcos
para la temporada de ballet 2017/2018. En el ejercicio 2019 la FTR no dotó ninguna provisión por
esta deuda, lo que supone que en la cuenta de resultados del ejercicio los gastos estén
infravalorados en 504.390 euros. El 20 de mayo de 2020 la Abogacía del Estado, en nombre y
representación de la FTR, inició el procedimiento monitorio para reclamar las cantidades debidas
ante el Juzgado de Primera Instancia de Madrid.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 23
2.41. Los ingresos por patrocinio del Bicentenario de carácter monetario imputados a la cuenta de
resultados ascendieron a 5.228.683 euros en 2018 y a 3.174.099 euros en 2019, habiéndose
comprobado el desglose de estos importes por empresa patrocinadora y ejercicio contable, así
como su conciliación con los gastos imputados al Bicentenario.
2.42. El importe total de las subvenciones recibidas imputadas al excedente del ejercicio y
destinadas a cubrir los gastos de actividad fue de 14.692.800 y 14.271.382 euros en los ejercicios
2019 y 2018, respectivamente, Los principales componentes de este importe fueron los siguientes:
la subvención concedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes a través del Instituto de
las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), por importe de 9.892.800 euros en cada uno de los
dos ejercicios; la subvención recibida de la Comunidad de Madrid, por 3.700.000 euros en 2018 y
3.800.000 euros en 2019; y la del Ayuntamiento de Madrid, por 660.000 euros en 2018 y 1.000.000
euros en 2019. Se ha comprobado que todas ellas están debidamente soportadas, justificadas y
cobradas.
2.43. Los ingresos por ventas de abonos y localidades en el ejercicio 2018 fueron 24.973.372 euros,
con un incremento de un 13,67 % respecto del ejercicio anterior. En 2019 se situaron en 24.004.549
euros, con un descenso de un 3,87 %.
2.44. En la partida de Otros ingresos ordinarios de la actividad mercantilse registraron 4.553.980
euros en 2018 y 4.037.644 euros en 2019. Los principales componentes de esta partida son los
siguientes:
a) Los ingresos por arrendamientos de salas del edificio del Teatro Real para la celebración de
eventos, principalmente por parte de los patrocinadores, se elevaron a 1.326.931 euros en 2018 y
1.777.983 euros en 2019. Conforme al Programa de Patrocinio aprobado por la FTR, las empresas
colaboradoras podrán disfrutar, entre otras ventajas, de descuentos en el uso de espacios para
eventos corporativos, con las condiciones y los descuentos reflejados en cada caso en los
convenios de colaboración.
b) Los ingresos por “Servicios a patrocinadores” ascendieron a 702.764 euros en 2018 y 336.670
euros en 2019. Esta partida registra los ingresos derivados de los contratos de patrocinio publicitario
definidos en el artículo 22 de la Ley 34/1998, de 11 de noviembre, General de Publicidad, y son, por
tanto, prestaciones de servicios de publicidad a favor del patrocinador llevadas a cabo por la
Fundación a cambio de una contraprestación económica para la realización de sus actividades.
c) Los ingresos por coproducciones se elevaron a 270.000 euros en 2019, importe que recoge las
aportaciones de los coproductores para aquellas coproducciones en las que la FTR es líder,
conforme a las condiciones establecidas en el correspondiente contrato. En los ejercicios 2018 y
anteriores esos gastos de producción asumidos por la Fundación y posteriormente facturados a los
coproductores conforme a su porcentaje de participación eran registrados, no como ingresos del
ejercicio, sino como menor gasto de aprovisionamientos. El cambio de criterio contable producido
en 2019 aparece recogido en la Memoria de este ejercicio.
II.1.4. Hechos posteriores
2.45. Como se ha indicado en el punto 2.10 de este Informe, la FTR tiene registrada en el
“Inmovilizado Intangible” la cesión del uso del inmueble “El Campillo” en Arganda del Rey, propiedad
de la Administración General del Estado y afectado al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
realizada en 2012 por cuatro años y prorrogada por cuatro más el 1 de septiembre de 2016. En
septiembre de 2020 ha vencido la prórroga, sin que hasta la fecha se haya firmado una nueva, lo
que supone una incertidumbre sobre el uso futuro del inmueble. En efecto, la Orden Ministerial de
cesión, de 24 de septiembre de 2012, y el Pliego de Condiciones anexo establecen la reversión del
inmueble al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte una vez cumplido el término de la
autorización y prroga. Por todo ello, sería conveniente que la Fundación procediera a regularizar
dicha situación.
24 Tribunal de Cuentas
II.2. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
II.2.1. Cumplimiento de la legalidad en materia de contratación
II.2.1.1. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA APLICABLE CON CARÁCTER GENERAL
2.46. En el inicio del periodo fiscalizado la Fundación se encontraba sometida en materia de
contratación al TRLCSP y, a partir del 9 de marzo de 2018, a la LCSP. También le resultaba de
aplicación la Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Oficina Independiente de Regulación y
Supervisión de la Contratación, por la que se publica la Instrucción 1/2019, de 28 de febrero, sobre
contratos menores regulados en la LCSP.
2.47. En su condición de poder adjudicador distinto de las Administraciones Públicas, las normas
del citado TRLCSP se aplicaban a la FTR en los términos establecidos en los artículos 190, para
los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA), y 191, para el resto de contratos. En
concreto, el artículo 191 preveía, para los contratos no sujetos a regulación armonizada, que las
entidades dictasen unas instrucciones reguladoras de los procedimientos de contratación que
garantizasen la efectividad de los principios de publicidad, concurrencia, confidencialidad, igualdad
y no discriminación y que debían estar a disposición del público a través de su página web. La
Fundación disponía al inicio del periodo fiscalizado de las mencionadas instrucciones internas de
contratación (IIC), aprobadas por su Patronato el 17 de abril de 2012 e informadas favorablemente
por la Abogacía del Estado el 18 de abril de 2012. La entrada en vigor de la LCSP supuso la
derogación de las IIC, siendo dicha Ley aplicable directamente desde entonces a las entidades que
son poder adjudicador distinto de las Administraciones Públicas. El órgano de contratación es el
Director General, por delegación del Patronato de la Fundación (artículo 11.f de los Estatutos).
2.48. La FTR ha remitido al Tribunal de Cuentas la relación certificada de los contratos celebrados
en 2018 y 2019 y los extractos de los expedientes de contratos que superan las cuantías
correspondientes, cumpliendo lo establecido en los artículos 40.2 de la LFTCu y 335 de la LCSP, y
en la “Instrucción General relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos
de los expedientes de contratación y de las relaciones de contratos, convenios y encomiendas de
gestión celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico”, aprobada por el
Pleno del Tribunal de Cuentas el 28 de noviembre de 2013, sustituida posteriormente por la
aprobada por el Pleno el 28 de junio de 2018 para adaptarla a la nueva LCSP.
II.2.1.2. ANÁLISIS DE LA CONTRATACIÓN DE LA FTR EN EL PERIODO FISCALIZADO
a) Ejercicio 2018
2.49. En el ejercicio 2018 la Fundación formalizó 229 contratos por un importe total de 7.269.563
euros, de los que se ha analizado una muestra de 32 contratos que suponen el 14 % de los
formalizados y el 18,6 % del importe total adjudicado, con el detalle por procedimiento de
adjudicación y normativa aplicada que se muestra en el Cuadro 5.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 25
Cuadro 5: Contratos formalizados y muestra seleccionada. Ejercicio 2018
(Importes en euros)
PROCEDIMIENTO DE
ADJUDICACIÓN
SISTEMA DE
ADJUDICACIÓN
IMPORTE DE
ADJUDICACIÓN
CONTRATOS
MUESTRA POR
IMPORTE DE
ADJUDICACIÓN
% IMPORTE
MUESTRA
POR Nº
CONTRATOS
% N
CONTRATOS
1.- CARÁCTER
ARTÍSTICO-EXCLUSIVO
(art. 13 IIC)
PROVEEDOR
ÚNICO
1.675.611
34
148.430
8,9
2
5,9
2.- CONTRATOS
MENORES (art. 12.4 IIC)
DIRECTA
159.113
20
39.352
24,7
4
20,0
3.- SIMPLIFICADO (art.
12.3 IIC)
DIRECTA
394.023
12
131.905
33,5
4
33,3
4.- CARÁCTER
ARTÍSTICO-EXCLUSIVO
(art. 168 LCSP)
NEGOCIADO
3.825.320
72
547.992
14,3
2
2,8
5.- ABIERTO
CRITERIOS MÚLTIPLES
NO SARA (art. 156
LCSP)
ABIERTO
450.683
4
290.683
64,5
2
50,0
6.- ABIERTO
SIMPLIFICADO (art. 159
LCSP)
ABIERTO
32.545
2
13.950
42,9
1
50,0
7.- CONTRATOS
MENORES (art. 118
LCSP)
DIRECTA
732.268
85
181.859
24,8
17
20,0
TOTAL
7.269.563
229
1.354.171
18,6
32
14,0
Fuente: información de la FTR y elaboración propia
2.50. Los resultados obtenidos en el examen de la señalada muestra de contratos de 2018 han sido
los siguientes:
1. Contratos de carácter artístico exclusivo (artículo 13 de las IIC). No se han observado
irregularidades en la muestra analizada.
2. Contratos menores (artículo 12.4 de las IIC). La muestra seleccionada presenta con carácter
general incumplimientos y deficiencias: no consta en el expediente la preceptiva memoria en la
totalidad de ellos, no existen facturas debidamente aprobadas por el Director de Área o el Jefe de
Producción y no constan las actas de conformidad o de cumplimiento del servicio
6
.
3. Contratos de carácter simplificado (artículo 12.3 IIC). En uno de los cuatro contratos
seleccionados (nº 57: Servicio de higienización del sistema de climatización) no consta en el
expediente la preceptiva memoria, no se adjunta la factura y tampoco consta el acta de conformidad
o de cumplimiento del servicio. En otro (nº 59: servicio de mantenimiento de caja escénica) tampoco
consta el acta de conformidad o de cumplimiento del servicio.
4. Contratos de carácter artístico exclusivo (artículo 168 LCSP). No se han observado
irregularidades.
5. Contratos abiertos con criterios múltiples no SARA (artículo 156 LCSP). En los dos contratos
seleccionados (nº 139: Suministro estacional de energía eléctrico, y nº 140: Suministro y confección
de vestuario de coro y figurantes de la ópera Turandot) no constan en el expediente los certificados
de existencia de crédito, no siendo suficiente a estos efectos la mención genérica a su existencia
contenida en las memorias de la contratación
7
.
6. Contratos abiertos simplificados (artículo 159 LCSP). No se han observado irregularidades.
7. Contratos menores (artículo 118 LCSP). Las irregularidades advertidas en los diecisiete contratos
de este tipo analizados han sido las siguientes:
a) En ningún caso existe más de un presupuesto en el expediente de contratación.
b) En tres casos no existe memoria justificativa de la necesidad de contratación.
6
La FTR ha aportado en el trámite de alegaciones tres facturas de los cuatro contratos analizados.
7
El contenido de las alegaciones de la FTR confirma que los expedientes de 2018 no incluían los certificados de existencia
de crédito, que solo fueron incorporados a partir del ejercicio 2019.
26 Tribunal de Cuentas
c) En el 47 % de los casos no figuran en los expedientes las facturas
8
.
d) Solo se contiene el acta de conformidad en tres expedientes de los diecisiete analizados.
e) No consta la publicación de ninguno de los diecisiete contratos en el perfil del contratante
9
.
b) Ejercicio 2019
2.51. En el ejercicio 2019 la Fundación formalizó 189 contratos por un importe total de 9.950.812
euros, de los que se ha analizado una muestra de doce contratos que suponen el 6,3 % de los
formalizados y el 16,2 % del importe total adjudicado, con el detalle por procedimiento de
adjudicación y normativa aplicada que se muestra en el Cuadro 6.
Cuadro 6: Contratos formalizados y muestra seleccionada. Ejercicio 2019
(Importes en euros)
PROCEDIMIENTO DE
ADJUDICACIÓN
SISTEMA DE
ADJUDICACIÓN
IMPORTE DE
ADJUDICACIÓN
CONTRATOS
MUESTRA POR
IMPORTE DE
ADJUDICACIÓN
%
IMPORTE
MUESTRA POR
CONTRATOS
% Nº
CONTRATOS
1.- CARÁCTER ARTÍSTICO-
EXCLUSIVO (art. 168 LCSP)
NEGOCIADO
3.314.683
57
822.240
24,8
7
12,3
2.- ABIERTO CRITERIOS
MÚLTIPLES NO SARA (art.
156 LCSP)
ABIERTO
569.741
11
138.500
24,3
1
9,1
3.- ABIERTO CRITERIOS
MÚLTIPLES SARA (art. 156
LCSP)
ABIERTO
4.767.380
3
547.800
11,5
1
33,3
4.- ABIERTO SIMPLIFICADO
ABIERTO
311.519
9
85.000
27,3
1
11,1
5.- ABIERTO SIMPLIFICADO
ABREVIADO (art. 159.6
LCSP)
ABIERTO
37.177
2
0
0,0
0
0,0
6.- CONTRATOS MENORES
DIRECTA
950.312
107
21.610
2,3
2
1,9
TOTAL
9.950.812
189
1.615.150
16,2
12
6,3
Fuente: información de la FTR y elaboración propia
2.52. Los resultados obtenidos en el examen de la señalada muestra de contratos de 2019 han sido
los siguientes:
1. Contratos de carácter artístico exclusivo (artículo 168 LCSP). No se han observado
irregularidades.
2. Contratos abiertos con criterios múltiples no SARA (artículo 156 LCSP). En el contrato
seleccionado (nº 59: Construcción y suministro de la escenografía de la ópera Achille in Sciro) no
consta en el expediente el acta de conformidad o de cumplimiento del servicio
10
.
3. Contratos abiertos con criterios múltiples SARA (artículo 156 LCSP). No se han observado
irregularidades.
4. Contratos abiertos simplificados (artículo 159 LCSP). En el contrato seleccionado (nº 73:
Suministro en régimen de adquisición de 40 motores de cadena) no consta en el expediente el acta
de conformidad o de cumplimiento del servicio
11
.
5. Contratos abiertos simplificados abreviados (artículo 159.6 LCSP). No se ha seleccionado para
su análisis ninguno de los dos contratos de este tipo, dada su escasa relevancia económica.
6. Contratos menores (artículo 118 LCSP). En los expedientes de los dos contratos seleccionados
(nº 119: Renovación de licenciamiento y soporte de Autocad por el distribuidor oficial indicado por
Autodesk, y nº 171: Obras de reparación de sistemas de movimiento de plataformas denominados
8
La FTR ha aportado en el trámite de alegaciones las ocho facturas de los expedientes mencionados.
9
Pese a lo señalado en las alegaciones de la FTR, no consta la publicación de los contratos en el perfil del contratante.
10
La FTR ha aportado en sus alegaciones el acta de conformidad. Ma nifiesta que no se incluyó en el expediente debido
a la situación de emergencia sanitaria iniciada en marzo de 2020.
11
También en este caso la FTR ha aportado en sus alegaciones el acta de conformidad, que no se incluyó en el expediente
por el motivo citado en la nota anterior.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 27
Spiralif) solo consta la memoria justificativa de la necesidad de la contratación, por lo que no son de
conformidad con la normativa aplicable
12
.
II.2.2. Cumplimiento de la legalidad en materia de personal
II.2.2.1. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA APLICABLE A LOS PROCESOS DE SELECCIÓN
DE PERSONAL DE LA FTR
2.53. El personal al servicio de la FTR se encuentra sujeto con carácter general a la legislación
laboral. La FTR no tiene establecidos protocolos o normas internas de aplicación que deban regir
los procesos de selección de personal, siéndole aplicable el artículo 132.3 de la LRJSP y el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, en cuyo artículo 55 se determinan los principios rectores que
deben regir los procesos de selección de personal.
2.54. Además, en el periodo fiscalizado le resultaba aplicable a la FTR la regulación para la
contratación de personal en las fundaciones del sector público establecida en la Ley 6/2018, de 3
de julio, de PGE para el año 2018, prorrogada para el ejercicio 2019, que en su artículo 19 dispone
que las Ofertas Públicas de Empleo (OPE) de las referidas fundaciones están obligadas al
cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional trigésima, punto Uno, de la misma Ley.
2.55. En cumplimiento de dicha regulación, el 22 de octubre de 2018 la FTR solicitó a la Dirección
General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda y a la Dirección
General de la Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública la autorización
para formalizar un contrato indefinido, con cargo a su tasa de reposición. Por otra parte, y en el
mismo escrito, se instaba a la autorización de la contratación de diecisiete plazas de personal laboral
en base a la tasa adicional de estabilización de empleo temporal.
2.56. La Entidad certificó el 24 de octubre de 2018 que la contratación solicitada no superaba el
límite del 75 % de su tasa de reposición, calculada conforme a las reglas del artículo 19.Uno.7 de
la Ley de PGE 2018 y que las plazas solicitadas en base a la tasa de estabilización cumplían los
requisitos antes enunciados. La solicitud relativa a la tasa de reposición fue aprobada el 15 de
noviembre de 2018 y la correspondiente a la tasa de estabilización el 30 de enero de 2019.
2.57. En consecuencia, por Resolución de la Dirección General de la FTR de 21 de diciembre de
2018 se aprobó la OPE correspondiente al año 2018 de la referida Fundación, en los siguientes
términos: un contrato indefinido en aplicación de la citada tasa de reposición y seis plazas de
promoción interna al no computar dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de
reposición, estableciendo el plazo para la convocatoria de los procesos selectivos incluidos hasta
el 31 de diciembre de 2020, tal como establecía la citada Ley de PGE para 2018.
2.58. El 30 de enero de 2019 se autorizó, mediante Resolución conjunta de la Dirección General de
Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda, y de la Dirección General de
la Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, la contratación de
diecisiete plazas de personal laboral en base a la tasa adicional de estabilización.
2.59. Con posterioridad, mediante escrito de 31 de mayo de 2019, la Fundación solicitó autorización
para formalizar seis contratos indefinidos con cargo a su tasa de reposición,
certificando que las contrataciones solicitadas no superaban el límite del 75 % de su tasa de
reposición. El 10 de junio de 2019 se recibió la autorización parcial de cinco de las seis plazas
solicitadas.
12
Al igual que en los casos anteriores, las actas de conformidad han sido aportadas en las alegaciones de la FTR. También
se han aportado la acreditación de la publicación de estos dos contratos en la Plataforma de contratación del Estado y el
presupuesto del contrato nº 171.
28 Tribunal de Cuentas
2.60. Finalmente, por Resolución de la Dirección General de la FTR de 20 de junio de 2019 se
aprobó la OPE correspondiente al año 2019 de la referida Fundación, de conformidad con el artículo
19 y la disposición adicional trigésima, punto Uno, de la citada Ley de PGE para el año 2018,
prorrogada para 2019, en los siguientes términos: cinco contratos indefinidos en aplicación de la
citada tasa de reposición, y dos plazas de promoción interna, al no computar dentro del límite
máximo de plazas derivado de la tasa de reposición. Se estableció un plazo para la convocatoria
de los procesos selectivos incluidos en la mencionada OPE que finalizará el 31 de diciembre de
2021.
II.2.2.2. CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO COLECTIVO
2.61. En el periodo fiscalizado se encontraba en vigor el Tercer Convenio Colectivo de la Fundación
del Teatro Real, de 20 de febrero de 2008, que ha sido objeto de varias modificaciones parciales
formalizadas mediante acuerdos de la FTR con su comité de empresa en 2012 y en 2014, y
prorrogado, también mediante acuerdo con el comité de empresa, el 19 de diciembre de 2017.
2.62. En función del régimen contractual del personal, la FTR distingue las siguientes categorías:
personal dentro de Convenio, personal fuera de Convenio (distinguiendo personal de alta dirección,
de alta gestión y resto de personal fuera de Convenio) y personal artístico con relación laboral. No
se han observado deficiencias en esta clasificación, excepto que ciertas categorías consideradas
dentro del grupo de resto de personal fuera de Convenio no están expresamente excluidas en el
Convenio Colectivo (CC) vigente. Se trata de las siguientes categorías: analista de datos del
Departamento de marketing y ventas, jefatura de taquillas y atención al cliente, responsable de
marketing y estrategia digital, responsable del proyecto Captación de Amigos y secretaria del
Presidente.
2.63. Los efectivos de personal que prestaban sus servicios en la FTR en los dos ejercicios
fiscalizados se muestran en el Cuadro 7, junto con las remuneraciones totales percibidas según el
tipo de relación laboral.
Cuadro 7: Personal de la FTR y remuneraciones totales. Ejercicios 2018-2019
(euros)
Relación Laboral
31/12/2018
31/12/2019
EFECTIVOS
IMPORTE
EFECTIVOS
IMPORTE
Personal dentro de Convenio (A)
304
10.278.916
287
10.449.573
Personal Alta Dirección (fuera de Convenio) (B)
3
349.890
3
323.278
Personal Alta Gestión (fuera de Convenio) (C)
12
724.757
13
696.055
Resto Personal (fuera de Convenio) (D)
9
732.559
14
754.438
Personal Artístico con relación laboral (E)
3
447.987
3
442.119
SUELDOS Y SALARIOS EMPLEADOS FTR
(A+B+C+D+E)
331
12.534.109
320
12.665.463
Sueldos y salarios Artistas (perceptores)
268
2.891.859
270
4.086.021
TOTAL SUELDOS Y SALARIOS
15.425.968
16.751.484
Fuente: Dpto. RRHH y Contabilidad FTR 2018-2019
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 29
2.64. Los resultados obtenidos del análisis efectuado han sido los siguientes:
1. Personal dentro de Convenio:
El artículo 30 del CC dispone que la estructura salarial de este personal está formada por unos
conceptos fijos (salario base, complemento por puesto de trabajo, complemento de antigüedad,
complemento por idioma, complemento de caja, pagas extraordinarias y otros), y unos conceptos
variables que se suman a los primeros cuando concurren los requisitos y las circunstancias que dan
derecho a percibirlos (complemento por jornada nocturna o velada, complemento de trabajo en día
libre, trabajo a vista de público, horas extraordinarias y otros). Sus importes vienen fijados en los
correspondientes Anexos del CC y en sus respectivas actualizaciones. Para su análisis se ha
seleccionado una muestra de las nóminas totales de los meses de diciembre de 2018 y noviembre
de 2019 y sobre cada una de ellas se ha revisado una nómina por cada categoría profesional
existente, teniendo en cuenta que no coincidiera el mismo empleado en ambas muestras, sin que
se hayan obtenido resultados dignos de mención.
2. Personal de Alta Dirección (fuera de CC):
Los tres puestos de personal de Alta Dirección de la FTR se ajustaban a lo establecido en el Real
Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del
personal de alta dirección, y en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el
régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y
otras entidades. Por su parte, la Orden de 12 de abril de 2012 del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, por la que se aprueba la clasificación de las fundaciones del sector
público estatal, dispone que la FTR se clasifica como grupo uno de acuerdo con lo previsto en el
artículo 5 del Real Decreto 451/2012, correspondiéndole en consecuencia tres puestos de trabajo
sometidos al referido régimen retributivo de los máximos responsables y directivos: Director/a
General, Secretario/a General y Director/a Técnico/a. Las retribuciones de los tres puestos se
ajustaban a lo establecido en la citada normativa en los ejercicios fiscalizados.
3. Personal Directivo de Alta Gestión (fuera de CC):
En el artículo 2, apartado 2.2, del CC de la Fundación quedan expresamente excluidos del mismo,
aunque no estén contratados al amparo del Real Decreto 1382/1985, el Director Técnico, su
Adjunto, el Coordinador Artístico, el Asistente del Director Artístico, los Jefes de Escenario y los de
los Departamentos de Recursos Humanos, Sistemas Informáticos, Servicios Económicos y
Financieros, Infraestructuras, Servicios Jurídicos, Comunicaciones, Publicaciones, Producción, el
Coordinador del Departamento de Producción, y el Jefe del Departamento de Relaciones Externas
y Patrocinio, que tienen encomendadas tareas de gestión, en sus respectivos ámbitos laborales.
Dichos empleados tienen establecido un salario base, un complemento de puesto de trabajo, un
complemento retributivo variable mensual y/o semestral (productividad) y una retribucn variable
anual, en función de la consecución de una serie de objetivos fijados en sus respectivos contratos.
Se ha seleccionado una muestra de tres empleados, clasificados en esta categoría laboral, sin que
se hayan obtenido resultados dignos de mención.
4. Resto de personal fuera de Convenio:
En esta categoría figuran los empleados para los que, sin tener la consideración de personal de Alta
Gestión, la regulación de sus retribuciones queda excluida del CC de la Fundación, puesto que sus
categorías profesionales no se adecúan a las existentes en el mismo. La estructura retributiva de
este grupo es similar a la del personal directivo de Alta Gestión. No obstante, como se ha señalado
en el punto 2.62 de este Informe, hay cinco categorías consideradas dentro del grupo de resto de
personal fuera de Convenio que no están expresamente excluidas en el CC vigente. La Entidad
justifica la exclusión en que las categorías profesionales de dichos empleados no tienen encaje en
las que relaciona el CC.
30 Tribunal de Cuentas
5. Personal artístico con relación laboral:
Las tres personas que prestan servicios a la FTR en esta categoría se encuentran contratadas al
amparo del Real Decreto 1435/1985, del 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral especial
de los artistas en espectáculos públicos. Se han seleccionado para su revisión los tres contratos de
los empleados de esta categoría que corresponden al Director del coro, al Director artístico y al
Director de escena, habiéndose verificado que se cumplen las cláusulas de sus respectivos
contratos sin superarse las cuantías máximas de las retribuciones establecidas.
II.2.2.3. COMPLEMENTO VARIABLE ANUAL POR OBJETIVOS
2.65. La regulación de las retribuciones variables en el periodo fiscalizado viene establecida en las
Normas de régimen interior (NRI), aprobadas por la Comisión Ejecutiva de la FTR. En el periodo
fiscalizado han estado vigentes, sucesivamente, las aprobadas el 22 de octubre de 2015 (NRI1), en
vigor hasta el 1 de noviembre de 2018, y las aprobadas el 29 de octubre de 2018 (NRI2).
2.66. La NRI1 dispone que es de aplicación exclusivamente para el personal no acogido al CC.
Asimismo, señala que la retribución variable mensual y/o semestral (productividad) retribuye y
evalúa las siguientes variables: dedicación al trabajo, cumplimiento, apoyo y colaboración a otras
unidades, realización de trabajos fuera de jornada que redundan en un beneficio para el Teatro y
realización de trabajos no directamente relacionados con el puesto de trabajo y que mejoran el
rendimiento de la unidad. El importe del complemento se fijará en función de la categoría del
empleado y estará limitado a las siguientes cuantías: los integrantes del grupo de personal directivo
o asimilados percibirán un máximo de 12.000 euros anuales; los mandos intermedios o actividades
específicas percibirán un máximo de 7.800; y, por último, el resto de personal no podrá superar la
cuantía de 4.800. El importe del complemento no podrá ser superior al 25 % de la retribución bruta
anual del empleado, a excepción del personal con contrato de Directivos de alta gestión.
2.67. La retribución variable anual por objetivos se calcula en función del cumplimiento de los
objetivos establecidos por la Comisión ejecutiva para cada ejercicio fiscalizado, con fecha de 16 de
julio de 2018 y 25 de marzo de 2019, respectivamente. A tal efecto, se ha verificado que la Dirección
General del Teatro Real fija los objetivos para cada uno de los puestos, que quedan reflejados como
anexos a sus respectivos contratos de trabajo. La evaluación de los objetivos alcanzados se efectúa
por parte de la Dirección General a la finalización del período objeto de análisis, certificando para
cada trabajador el grado de consecución de sus objetivos y las retribuciones variables que les
corresponden, comunicándoles el resultado de la misma. La NRI2 regula de forma más precisa y
extensa estos extremos. A estos efectos dispone que es de aplicación para el personal no acogido
al CC, como la anterior NRI1, pero en el punto 3.2 señala expresamente: “Las retribuciones del
personal dentro de convenio de la Fundación del Teatro Real serán las que se determinen por el III
Convenio Colectivo de la Fundación del Teatro Real. No obstante, el personal dentro de convenio
podrá percibir también el complemento “ad personam” de productividad por objetivos, conforme a
lo previsto en el apartado 5 de esta Norma de Régimen Interior”. De esta forma, se deja abierta la
posibilidad de que dicho complemento pueda ser percibido por la totalidad de los empleados de la
FTR, lo que no estaba contemplado en la normativa anterior. De hecho, en 2018, durante la vigencia
de la NRI1, se abonaron importes en concepto de productividad a personal acogido al CC (once
empleados, por un importe total de 74.174 euros), no amparados por la literalidad de la NRI1, pero
que sí estarían cubiertos por la redacción más precisa de la NRI2.
II.2.2.4. CONTRATACIONES DE PERSONAL EFECTUADAS POR LA FTR EN EL PERIODO 2018-
2019
2.68. En el periodo fiscalizado, la FTR llevó a cabo 48 procesos de contratación de personal en
2018 y otros 49 en el ejercicio 2019.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 31
2.69. En 2018 no se efectuó ninguna contratación indefinida, con la excepción de la cobertura de la
plaza vacante de la Secretaría General de la FTR y de cuatro empleados que, estando en situación
de excedencia o permiso sin retribución con reserva del puesto de trabajo, solicitaron la
reincorporación.
2.70. Por lo que respecta a la contratación temporal, durante 2018 se llevaron a cabo 246 contratos
temporales, de los cuales 241 eran referidos a personal acogido al CC vigente, siendo la mayoría
de ellos para la cobertura de necesidades de las producciones artísticas de la Fundación, y los cinco
restantes a personal fuera del mencionado CC.
2.71. Durante el ejercicio 2019 la Fundación efectuó veintitrés contrataciones de carácter indefinido,
cinco de las cuales correspondían a empleados que, estando en situación de excedencia o permiso
sin retribución con reserva del puesto de trabajo, solicitaron la reincorporación. Otras ocho eran de
plazas de promoción interna (aprobadas en las OPE) y las diez restantes eran plazas incluidas entre
las diecisiete de personal laboral aprobadas en base a la tasa adicional de estabilización de empleo
temporal.
2.72. En 2019 se llevaron a cabo 358 contratos temporales, de los cuales 346 eran referidos a
personal acogido al CC, siendo la mayoría de ellos para la cobertura de necesidades de las
producciones artísticas celebradas por la Fundación, y los doce restantes correspondían a personal
fuera de CC.
2.73. Se ha seleccionado para su análisis una muestra de catorce procesos de selección realizados
en los dos ejercicios fiscalizados, que se detalla en el Cuadro 8, con los siguientes resultados:
Cuadro 8: Muestra de procesos de selección de personal. 2018-2019
AÑO
DESCRIPCIÓN PUESTO CONVOCADO
CC/FCC
1
2018
Convocatoria 2018: Convocatoria de procesos selectivos para la contratación como personal
laboral temporal de una plaza de Administrativo de Oficina Técnica.
1
CC
2
2018
Convocatoria 2018: Convocatoria de procesos selectivos para la contratación como personal
laboral temporal de una plaza de Director/a Adjunto/a de Patrocinio.
1
FCC
3
2018
Convocatoria 2018: Convocatoria de procesos selectivos para la contratación como personal
laboral temporal de una plaza de Director/a de Coordinación Artística.
1
FCC
4
2018
Convocatoria 2018: Convocatoria de procesos selectivos para la contratación como personal
laboral temporal de una plaza de Director/a de Actos Institucionales del Departamento de
Organización de Eventos y Relaciones Institucionales de la Fundación del Teatro Real.
1
FCC
5
2018
Convocatoria 2018: Convocatoria de procesos selectivos para la contratación como personal
laboral temporal en el Departamento de Marketing y Ventas.
1
FCC
6
2019
Convocatoria 01/2019: Secretaría Dirección Técnica.
1
CC
7
2019
Convocatoria 02/2019: Contratación como personal laboral temporal de un Director/a de
Comunicaciones.
1
FCC
8
2019
Convocatoria 03/2019: Contratación como personal laboral temporal de un Administrativo de
Secretaría General.
1
CC
9
2019
Convocatoria 04/2019: Contratación como personal laboral temporal de un Secretario/a de
Dirección Técnica.
1
CC
10
2019
Convocatoria 05/2019: Contratación como personal laboral temporal de dos Auxiliares de
Teatro.
2
CC
11
2019
Convocatoria 12/2019: Contratación como personal laboral temporal de un Analista de Datos
en el Departamento de Marketing y Ventas.
1
FCC
12
2019
Convocatoria 13/2019: Contratación como personal laboral temporal de un Analista de Datos
en el Departamento de Marketing y Ventas.
1
FCC
13
2019
Convocatoria 26/2019: Contratación como personal laboral temporal de un Ayudante de
Departamento de Publicidad, Identidad Corporativa y Promoción Digital.
1
CC
14
2019
Convocatoria 37/2019: Contratación como personal laboral temporal de un Analista de Datos.
1
FCC
CC: Convenio Colectivo. FCC: fuera de Convenio
Fuente: elaboración propia a partir de información de la FTR
32 Tribunal de Cuentas
a) Deficiencias generales:
- El plazo establecido en las convocatorias para la presentación de solicitudes ha sido escaso. En
efecto, en el 80 % de los procesos dicho plazo no exced de nueve días naturales, lo que ha
obligado a la FTR a aprobar prórrogas en cuatro casos ante el escaso número de candidaturas
recibidas.
- La FTR solo publica las convocatorias y los posteriores hitos del proceso de selección en la página
web del Teatro y, aun así, no se ha obtenido evidencia de la misma en doce de las catorce
convocatorias analizadas.
- En la generalidad de las convocatorias de la muestra se indica que se dará traslado de la misma
a los representantes de los trabajadores a través del Comité de Empresa de la Fundación del Teatro
Real, para su conocimiento, efectos y difusión”, sin que se encuentre en los expedientes prueba
fehaciente de dichas comunicaciones.
- Según se dispone en las convocatorias, en las actas del Tribunal deberá quedar constancia del
desglose de las puntuaciones otorgadas y del cálculo de aquellas, de acuerdo con los criterios
establecidos en esta convocatoria”. En numerosos casos se ha observado simplemente una
valoración numérica de las puntuaciones obtenidas por los candidatos, pero no de los criterios por
los que se ha llegado a las mismas.
b) Deficiencias particulares:
- Convocatoria 01/2019: En la resolución del proceso resultó seleccionado el primer candidato que
obtuvo una puntuación de 9 sobre 10. Con posterioridad, y ante la renuncia del mismo, no se ofertó
el puesto a los candidatos siguientes que superaban la puntuación mínima exigida, declarándose
desierta la adjudicación.
- Convocatoria 13/2019: Se estableció un único plazo de presentación de instancias, desde las
15:00 horas del 5 de abril de 2019 a las 14:59 horas del 24 de abril de 2019 (19 días). El 21 de abril
de 2019 la Entidad comunicó por medio de su página web que debido a dificultades técnicas en la
difusión a través de la página web del Teatro Real de las referidas convocatorias y con la finalidad
de poder lograr una mayor difusión de ambas convocatorias que permitan incrementar la
concurrencia, se acuerda ampliar el plazo en ambos procesos selectivos para la presentación de
instancias hasta las 23:59 horas del día 30 de abril de 2019”. Se ha observado que, de los 32
candidatos presentados, dieciocho habían presentado sus correspondientes solicitudes fuera del
plazo prorrogado de 30 de abril de 2019 y que uno de ellos obtuvo la mayor puntuación en el proceso
selectivo y fue designado como adjudicatario. Con posterioridad se recibió renuncia del mismo a la
plaza obtenida. No consta en el expediente ni el ofrecimiento de la plaza a otros candidatos ni la
propuesta de dejar desierta la misma.
En consecuencia, se estima que no se aplicaron criterios homogéneos para la adjudicación de las
plazas en las distintas convocatorias.
II.2.3. Cumplimiento de la legalidad en materia de sistemas de información
2.74. La FTR se encontraba sujeta inicialmente en el periodo fiscalizado a la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, y a su Reglamento de desarrollo,
aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, y posteriormente a la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
(LOPD). Para acreditar el cumplimiento de esta normativa en el periodo fiscalizado la Fundación ha
aportado únicamente un certificado de cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 emitido por una
empresa externa en 2011 y el preceptivo documento de seguridad de 2018, ambos referidos a la
normativa previa a la LOPD, por lo que no pueden acreditar el cumplimiento por la FTR de la
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 33
normativa más reciente en la materia. Además, la Fundación ha aportado un Plan de adaptación a
la LOPD en el que no consta ni su fecha de creación ni los plazos previstos para su ejecución.
2.75. La FTR se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Esquema Nacional de Seguridad
(ENS), regulado por el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, que articula un mecanismo escalonado
de adecuación de los sistemas de información del sector público a lo previsto en el mismo, cuyo
plazo venció el 30 de enero de 2014. La adaptación de la FTR al ENS se encuentra prevista en el
plan estratégico vigente de la Fundación, pero aún no se ha realizado.
2.76. También es aplicable a la FTR el Esquema Nacional de Interoperabilidad, aprobado por el
Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, aunque, en la medida en que no comparte expedientes
electrónicos con las administraciones públicas, la adopción de las reglas contempladas en dicho
Esquema es opcional.
2.77. La FTR no cumple de forma adecuada el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre
accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, ya que la
página web no cumple con el nivel AA exigible, habiéndose detectado las siguientes deficiencias:
tanto en la página web como en el buscador aparecen textos mezclados en español y en inglés;
aparecen problemas de contraste entre los textos o hay textos muy pequeños; existen imágenes
sin textos alternativos; y existen controles de formularios sin texto descriptivo.
2.78. En el epígrafe II.3.8 de este Informe se analizará la seguridad de los sistemas de información
de la FTR desde la perspectiva de los principios de buena gestión (en aplicación del tercero de los
objetivos de la fiscalización expuestos en el punto 1.10).
II.2.4. Cumplimiento de la legalidad en materia de transparencia
2.79. Respecto al cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a
la información pública y buen gobierno, en materia de publicidad activa y del derecho de acceso a
información pública, la página web de la FTR contiene información institucional, organizativa,
económica, presupuestaria y estadística, e incluye un enlace al perfil de la Fundación en la
Plataforma de Contratación del Sector Público. No obstante, no se cumple el artículo 8 de la Ley en
relación con la publicación de los presupuestos y las cuentas anuales, al no incluir estas últimas el
informe de auditoría complementario de 2018 junto a los informes de auditoría de cuentas de la
IGAE entre 2012 y 2018. Tampoco se incluyen los informes aprobados por el Tribunal de Cuentas
relativos a la Fundación.
II.2.5. Cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres
2.80. El ámbito temporal de esta fiscalización coincide en lo sustancial con el contemplado en el
Informe de fiscalización de las medidas implantadas por las fundaciones del sector público para dar
cumplimiento a la normativa sobre igualdad en el ejercicio 2018, aprobado por el Pleno del Tribunal
de Cuentas el 30 de abril de 2020, en el que se incluía dentro de su ámbito subjetivo a la FTR. Dado
que las conclusiones y recomendaciones contenidas en el citado Informe se extienden hasta
noviembre de 2019, cabe remitirse a lo expuesto en el mismo. No obstante, en la presente
fiscalización se ha analizado la situación más actual de la FTR en materia de cumplimiento de la
citada Ley, aunque ello haya supuesto analizar medidas o actuaciones tomadas por la Fundación
con posterioridad al ámbito temporal 2018-2019.
2.81. El referido Informe de fiscalización de las medidas adoptadas en materia de igualdad por las
fundaciones señalaba que la FTR, pese a estar obligada a ello por la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, no había aprobado un Plan de Igualdad.
A este respecto, el Plan de igualdad y de lucha contra la discriminación de la FTR (2020-2022) ha
sido aprobado por la Comisión Ejecutiva el 20 de enero de 2020 y por el Patronato el 11 de febrero
de 2020.
34 Tribunal de Cuentas
2.82. El artículo 61.2 de la Ley Orgánica 3/2007 dispone que la Administración General del Estado
y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella impartirán cursos de formación sobre
la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, que se dirigirán a todo su personal.
Pese a ello, el referido Informe de fiscalización señalaba que la FTR no había impartido formación
expresa sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. En este ámbito, la Entidad ha
organizado en el ejercicio 2020 cursos de formación a trabajadores, en la modalidad online, en
materia de igualdad, con lo que se corrige la situación expuesta en aquel Informe. Otras medidas
adoptadas en 2020 en materia de igualdad son las siguientes:
a) Se ha concedido la realización de jornadas de trabajo mediante trabajo a distancia o teletrabajo
por razones de conciliación de la vida personal, familiar y laboral (especialmente, en el marco de la
situación sanitaria creada por la pandemia del COVID-19).
b) Se han realizado campañas de marketing o publicidad del Teatro Real con ocasión del día de la
mujer trabajadora y del día de la lucha contra la violencia de género.
2.83. El artículo 62 de la citada Ley Orgánica 3/2007 dispone que las Administraciones públicas
negociarán con la representación legal de las trabajadoras y los trabajadores un protocolo de
actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo. Pese a ello, el referido Informe de
fiscalización señalaba que la FTR no contaba en el periodo cubierto por la misma con un protocolo
aprobado. A este respecto, la FTR ha aprobado el 25 de noviembre de 2020 un Protocolo de Acoso
Sexual (PAS) de carácter preventivo de riesgos laborales, elaborado y aprobado por el Comité de
Seguridad y Salud, órgano competente para aprobar los protocolos en materia de Prevención de
Riesgos Laborales. Al tener implicaciones que afectan al régimen laboral propio del CC de la FTR,
se optó por someterlo a la aprobación de la Comisión Mixta Paritaria y plasmarlo expresamente en
un Acuerdo suscrito por la Dirección de la FTR y el Comité de Empresa el 2 de diciembre de 2020,
según consta en el acta del mismo. Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo
24 del mencionado PAS, este se ha publicado en la intranet de la Fundación.
2.84. El referido Informe de fiscalización señalaba también que la FTR no disponía de metodología
estándar que definiera los procedimientos y criterios de evaluación del desempeño del personal,
como fórmula objetiva y reglada para acceder a puestos de promoción interna y evitar con ello
situaciones de discriminación. A este respecto, la FTR ha establecido, en cuatro procesos de
selección de personal convocados en el ejercicio 2021, criterios de desempate con preferencia para
el sexo menos representado en la sección o departamento objeto de la convocatoria, si bien
continúa sin disponer de la metodología citada.
II.3. ANÁLISIS DE LOS SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN
II.3.1. Control interno de la gestión económico-financiera de la FTR
2.85. En el transcurso de la fiscalización se han puesto de manifiesto algunas deficiencias y
debilidades del control interno en la gestión de la actividad de la Fundación, que se detallan en el
presente epígrafe II.3.1 y se exponen más ampliamente en los epígrafes siguientes relativos a las
distintas áreas de gestión analizadas.
2.86. La FTR no cuenta con un procedimiento escrito que regule el proceso de compra de los activos
desde la orden de compra hasta su activación. Debe señalarse no obstante que, analizada una
muestra representativa del 14,14 % del importe total de compras de los ejercicios 2018 y 2019, en
la que se ha examinado la documentación justificativa de todo el proceso, desde que el
departamento ordenante hace una solicitud de compra hasta el registro en contabilidad y el alta en
inventario, se ha comprobado que todas las operaciones han sido soportadas y registradas. Como
regla general se inventarían los elementos de importe de 300 euros o superior, aunque hay
excepciones dependiendo de las características del elemento y del criterio del personal de
administración.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 35
2.87. La gestión del inventario se realiza a través de la aplicación GENIZA por la empresa
propietaria del software. Esta base de datos incorpora a nivel contable información comparable con
el balance de situación (valor de adquisición y amortización), así como la relación y descripción de
los bienes. A nivel logístico incorpora el etiquetado de los bienes (etiqueta física y virtual, y a medio
plazo admitirá el etiquetado RDFI), la ubicación y la comprobación de los mismos, proponiendo, en
su caso, las bajas en el inventario que puedan producirse por pérdidas, robos, roturas o situaciones
análogas. En la conciliación del inventario con la contabilidad se ha apreciado una diferencia
inmaterial de 883,32 euros.
2.88. Como se expondrá más adelante en este Informe al analizar la estructura funcional del
personal de la FTR (ver epígrafe II.3.7), la dotación de efectivos de personal de administración
económica y de la Unidad de apoyo jurídico es insuficiente para la carga de trabajo que asumen,
por lo que la FTR no puede poner en práctica unos adecuados procedimientos de supervisión y de
segregación de funciones, lo que supone la existencia de importantes debilidades de control interno.
2.89. De igual modo, y como se expondrá más adelante al evaluar los sistemas de información
implantados por la FTR (ver epígrafe II.3.8), la dotación de efectivos de personal del Departamento
de sistemas informáticos es insuficiente para efectuar desarrollos de sistemas propios, lo que la
sitúa en una posición de dependencia excesiva de empresas externas y puede dar lugar a riesgos
relacionados con la seguridad de la información.
II.3.2. Convenios de patrocinio
2.90. Como se ha señalado en el punto 2.36 de este Informe, los recursos de la Fundación
proceden, en un 25,78 % en 2018 y un 23,03 % en 2019, de los ingresos de patrocinadores. Esta
fuente de financiación es la segunda en importancia, después de los ingresos por venta de entradas
y otros ingresos de la actividad mercantil, superando, por tanto, a la financiación pública a través de
subvenciones. En el ejercicio 2018 los ingresos de patrocinadores aumentaron en un 21 % respecto
al ejercicio anterior, como consecuencia de la celebración del Bicentenario.
2.91. La Comisión Ejecutiva aprobó, en su reunión de 29 de mayo de 2017, el Programa de
Patrocinio, en el que se establecen las modalidades de patrocinador en función de su aportación,
distinguiendo las siguientes figuras: a) mecenas (aportación de más de 300.000 euros); b)
patrocinador (por encima de 100.000 euros); c) colaborador (más de 60.000 euros); y d) benefactor
(superior a 30.000 euros). El Programa detalla los beneficios que se ofrecen a los patrocinadores
en reconocimiento a la contribución realizada, como por ejemplo la pertenencia a la Junta de
Protectores, la cesión gratuita de los salones del Teatro Real para actos privados, las visitas
guiadas, las invitaciones a los ensayos generales, la publicidad en publicaciones del Teatro y los
encuentros con artistas.
2.92. El actual modelo de patrocinio permite negociar de forma individualizada con cada
patrocinador, dado que el Patronato de la Fundación, en su reunión de 3 de octubre de 2016, aprobó
que se pudieran efectuar negociaciones flexibles con los patrocinadores. Si bien esta flexibilidad
permite una mejor adecuación de las ventajas y los reconocimientos que se ofrecen al patrocinado,
podría generar un problema de control, ya que el Programa de Patrocinio no regula los requisitos
específicos aplicables, ni los márgenes de discrecionalidad permitidos en estas negociaciones. Para
compensar esta debilidad, y en aras del control de la discrecionalidad, el Patronato y la Comisión
Ejecutiva son informados periódicamente de los nuevos patrocinios, sometiendo a su aprobación
las condiciones concretas suscritas con cada uno de ellos a través del correspondiente convenio.
2.93. Los convenios de patrocinio firmados anualmente regulan, entre otros extremos, las
condiciones aplicables a la publicidad a emitir por los medios de comunicación, la cuantía de la
donación, la valoración, la forma en la que se hará efectiva la donación, los beneficios del
patrocinador y la cuantía neta aportada, una vez deducido del importe total del convenio el importe
de las localidades de la temporada facturadas por la Fundación. El Departamento de Comunicación
y Marketing es el encargado de la gestión y el control de la publicidad emitida sin cargo. El
36 Tribunal de Cuentas
procedimiento establecido para la publicidad en prensa escrita comienza con la orden de pedido
realizada por la Fundación al periódico, donde se fija página, día y coste. Una vez que el periódico
realiza la inserción publicitaria, emite la correspondiente factura. En el caso de campañas en radio
el proceso es similar: el Teatro Real solicita la planificación de la campaña, el número de cuñas, las
fechas de publicación y el importe; la emisora realiza la planificación y se envía orden de reserva y
cuña publicitaria; y una vez realizada la publicidad, la emisora emite la factura. La Fundación emite
los correspondientes certificados de donación en función de la inversión publicitaria realizada.
2.94. Se ha observado que en algunos convenios de patrocinio y acuerdos de colaboración, en los
que una parte de la contribución del patrocinador se debía efectuar a través de la publicación de
inserciones publicitarias, si bien la publicidad se había realizado, no constaba dicha prestación del
servicio en contabilidad, no habiéndose recibido en el Departamento económico-financiero la factura
ni la documentación justificativa. Esta situación ha provocado que, como se ha señalado en el punto
2.23, en contabilidad figuren registrados activos por deudas, por importe de 78.212 euros, para las
que se habría prestado el servicio correspondiente, pero cuyo gasto de publicidad no había sido
registrado, lo que supone una deficiencia del control interno provocado por un problema de
comunicación entre los departamentos implicados.
II.3.3. Procedimiento de venta de localidades
2.95. La FTR cuenta con un manual de venta de entradas, elaborado por el Departamento de
taquillas y aprobado por la Comisión Ejecutiva en abril de 2017, donde se describen los
procedimientos relativos a la venta de entradas (en taquillas, por vía telefónica y por internet),
promociones, descuentos a colectivos, cambio y devoluciones de localidades, venta de entradas a
abonados y renovación de abonos, así como el procedimiento de gestión contable de los ingresos
(ventas, arqueos diarios, cuadre de caja, informes de ventas, recogida de dinero y coordinación
entre el departamento de taquillas y contabilidad).
2.96. Se ha analizado el cuadre de taquillas para los ejercicios 2018 y 2019 elaborado por la FTR.
En el del ejercicio 2018 se han localizado las pequeñas diferencias existentes, no quedando saldos
sin conciliar. En el de 2019 queda sin conciliar un importe inmaterial de 87 euros.
2.97. Los cambios producidos desde mediados de 2018 en el procedimiento de ventas de entradas
(volcado automático de información a la contabilidad, elaboración de informes por el propio sistema,
cambio del operador de ventas de entradas, entre otros) hacen recomendable una actualización del
manual de venta de entradas de 2017.
2.98. En el epígrafe II.3.8 de este Informe se expondrán resultados de fiscalización referidos
específicamente al sistema de información de venta de entradas.
II.3.4. Gestión de caja
2.99. La FTR cuenta con un manual de gestión de caja, de fecha 3 de septiembre de 2012, en el
que se describen los aspectos relacionados con las normas, los procedimientos y el control de los
pagos realizados por caja.
2.100. La caja cuenta con un fondo fijo de 60.000 euros. Se ha comprobado el correcto
funcionamiento de los mecanismos de control interno: segregación de funciones, realización
periódica de arqueos y autorización de las operaciones.
II.3.5. Liquidación de los presupuestos
2.101. Las liquidaciones de los presupuestos de ingresos y gastos de 2018 y 2019 se incluyen en
los Anexos V y VI de este Informe.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 37
2.102. El Patronato aprueba anualmente su Presupuesto, elaborado por la Dirección General, que
debe incluir los programas de actuación, las inversiones y la forma de financiación del conjunto del
mismo, y el Plan de Actuación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 19 de los
Estatutos de la FTR, en la LF y en la LGP. Los Presupuestos de 2018 fueron aprobados por el
Patronato el 12 de diciembre de 2017, y los de 2019 el 11 de diciembre de 2018.
2.103. Asimismo, la Fundación elabora la documentación necesaria para la integración de su
presupuesto en los PGE, de acuerdo con lo establecido en el artículo 129.3 de la LGP y en la Orden
EHA/614/2009, de 3 de marzo, por la que se regula el contenido del informe previsto en dicho
artículo 129.3. El presupuesto de la FTR al que se ha hecho referencia en el punto 2.102 difiere del
que se incluye en los PGE en que no recoge los conceptos de la cuenta de resultados que no
suponen movimientos de tesorería (amortizaciones, provisiones y deterioros). No obstante,
presenta un elevado nivel de desagregación de las partidas de ingresos y de gastos, lo que, de
conformidad con el artículo 23 de sus Estatutos, le permite ser un instrumento de control y
seguimiento de la actividad de la Fundación, al marcar unos objetivos pormenorizados de gastos e
ingresos de cada una de las áreas de la Entidad.
2.104. La evolución de los presupuestos de ingresos de la Fundación muestra una considerable
disminución de las aportaciones procedentes de las instituciones públicas desde el ejercicio 2009,
como consecuencia de la crisis económica, hasta 2017, al pasar de un importe total anual de
27.773.135 euros a 13.610.240 euros, lo que supone una disminución de más del 50 %. Sin
embargo, esta situación se empezó a revertir en el ejercicio 2018, siendo este el primer ejercicio
desde 2009 en que se aumentó el importe de las subvenciones por parte del Ministerio de Cultura
(3,67 % de incremento). A su vez, el presupuesto de 2019 aumentó un 4,13 % respecto al ejercicio
2018, debido fundamentalmente al incremento de la aportación del Ayuntamiento de Madrid. Esta
disminución de las aportaciones públicas se vio compensada por un mayor volumen de los ingresos
por patrocinios y de los recursos por actividades propias. Los ingresos por patrocinadores se
incrementaron notablemente desde el ejercicio 2016 como consecuencia de la celebración del
Bicentenario, pasando de unos ingresos por patrocinio en 2012 de 7.403.571 euros a 13.289.485
euros al cierre de 2016 (incremento del 79,5 %). En 2018 se alcanzaron los 16.963.848 euros, con
un incremento del 27,64 % respecto al ejercicio 2016, aunque el ejercicio 2019 se cerró en
14.471.056 euros, lo que supone un descenso del 14,69 % respecto del ejercicio anterior. Los
ingresos por ventas de entradas y otros ingresos por actividades propias también han
experimentado una evolución muy positiva. Así, en los ejercicios 2018 y 2019 alcanzaron las cifras
de 28.539.998 euros y 27.270.173 euros respectivamente, lo que supone un incremento del 82 % y
del 74 % respecto al ejercicio 2012, en el que se habían situado en 15.646.580 euros.
2.105. En cuanto al presupuesto de gastos, en los ejercicios fiscalizados ha habido una política de
contención, fundamentalmente en las partidas de gastos de personal y en equipamiento e
inversiones. El presupuesto de gastos para 2018 fue de 55.523.710 euros, disminuyendo un 1,42
% en el ejercicio 2019, cuando se situó en 54.735.974 euros. Respecto a los gastos de personal,
en el ejercicio 2018 se mantuvieron en el mismo nivel que en el ejercicio anterior (una pequeña
disminución del 0,16 %) y, aunque en el ejercicio 2019 se produjo una subida del 4 % respecto a
2018, su proporción respecto a los gastos totales es progresivamente decreciente, pasando de un
27,43 % en 2017 a un 25,09 % en 2019. La partida de inversiones, fundamentalmente gasto en
equipos informáticos y dotación para la adquisición de programas y licencias informáticas, supuso
solamente un 0,50 % del gasto total. Hay que destacar el aumento del gasto de producciones,
debido fundamentalmente al incremento de las mismas con motivo del Bicentenario, lo que tiene su
correlación en el aumento de los ingresos por ventas.
2.106. En el ejercicio 2018 hubo gastos con trascendencia monetaria, por un importe total de
832.620 euros, que no se incluyeron en la liquidación del presupuesto
13
. En consecuencia, la
13
Se trata de gastos en repuestos no presupuestados, por 136.554 euros, y de gastos por compra de elementos de
producción, por un importe total de 696.066 euros, que se corresponden con el importe activado como existencias finales
en las siguientes producciones: Aída (332.000 euros), Turandot (87.500) y Gloriana (276.566).
38 Tribunal de Cuentas
liquidación del presupuesto presentada al Patronato, con un resultado positivo de 15.934 euros,
habría alcanzado un importe negativo de 816.686 euros si se hubieran incluido los gastos citados
14
.
2.107. Los ingresos reales imputados al presupuesto de 2018 ascendieron a 59.756.646 euros, un
8 % superior al importe de las previsiones, en gran parte por el aumento de las aportaciones
específicas y de nuevos patrocinadores como consecuencia del Bicentenario. Las subvenciones
recibidas se mantuvieron básicamente en el mismo nivel que en el ejercicio anterior. Las ventas
realizadas, por un importe total de 25.448.651 euros, fueron ligeramente inferiores a las previsiones
(un 0,70 %), y suponen el resultado más alto de ingresos de taquillas desde 2010.
2.108. En cuanto a la liquidación del presupuesto de gastos de 2018, los de personal fueron
inferiores a lo presupuestado en un 3,05 % (un ahorro de 424.696 euros), mientras que los de
gestión fueron superiores a las previsiones en un 7,49 % (un exceso de gasto de 511.741 euros).
Hay que tener en cuenta, no obstante, que si se añaden los gastos en repuestos no contabilizados
a los que se ha hecho referencia en el punto 2.106, la desviación de los gastos de gestión respecto
a las previsiones habría sido de un 9,49 % (648.294 euros). En los gastos directos de producciones
se registró también un exceso de gasto respecto de las previsiones (714.720 euros, un 3,32 %),
aunque si se hubieran registrado los gastos no contabilizados a los que se ha hecho referencia en
el punto 2.106 la desviación habría sido notablemente superior (1.410.785 euros, un 6,56 %).
2.109. Los ingresos reales imputados al presupuesto de 2019 ascendieron a 56.434.029 euros
(1.698.055 euros más de lo previsto, una desviación del 3,10 %). Al igual que en el ejercicio anterior,
destaca el importe de los ingresos de patrocinadores, 14.471.056 euros, un 12,08 % superior a la
previsión estimada, desviación debida en gran parte al aumento de las aportaciones en especie.
2.110. Por lo que se refiere a los gastos de 2019, y al igual que en el ejercicio anterior, los de
personal fueron inferiores a lo presupuestado (en 413.639 euros, un 2,85 %) y los de gestión fueron
superiores a las previsiones (en 1.270.515 euros, un 19,99 %, una desviación muy superior a la
registrada en el ejercicio anterior).
2.111. Todas estas desviaciones registradas en las liquidaciones de los presupuestos de gastos e
ingresos de 2018 y 2019 ponen de manifiesto deficiencias en la planificación presupuestaria y la
necesidad de mejorar la coordinación interna entre los distintos departamentos de la Fundación que
intervienen en el proceso presupuestario.
II.3.6. Planes estratégicos y planes de actuación
II.3.6.1. PLANES ESTRATÉGICOS
2.112. En el primer ejercicio del periodo fiscalizado se encontraba vigente el Plan Estratégico 2014-
2018, aprobado por el Patronato el 15 de diciembre de 2014. Por su parte, en el segundo ejercicio
estaba vigente el Plan Estratégico 2019-2024, aprobado por el Patronato el 7 de febrero de 2019.
El Plan 2019-2024 recoge como misión principal de la FTR “consolidar la ópera en España basada
en la calidad y excelencia, e impulsar la proyección internacional”.
2.113. Ambos Planes comparten misión y objetivos, establecen estrategias, definen los distintos
proyectos y determinan los objetivos específicos de cada uno de ellos para la consecución de la
totalidad de los fines fundacionales de la Entidad. El Plan 2014-2018 preveía cuatro estrategias,
incluidas también en el Plan 2019-2024 junto con una nueva, “el desarrollo digital, tecnológico y
audiovisual”.
14
La FTR manifiesta en sus alegaciones que las producciones se iban a representar en diferentes temporadas, por lo que
no se imputó el coste total al presupuesto en el que se realizaron los gastos y se imputarán en las dos temporadas en que
se encuentran programadas. No obstante, se reitera que dichos gastos debería n haber figurado en el presupuesto de la
FTR del ejercicio 2018.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 39
2.114. La estrategia 1, “consolidarse como la Ópera nacional de referencia en España e impulsar
su proyección internacional”, incluye una serie de proyectos en los que se enmarca una
programación de calidad. Los planes de actuación aprobados anualmente por el Patronato recogen
todas estas actividades y producciones.
2.115. La estrategia 2, “impulsar la participación de la sociedad a través de las empresas y los
ciudadanos”, incluía como proyectos “la Declaración de evento de especial interés público del
Bicentenario” y el desarrollo de un programa de patrocinio competitivo. Como se ha indicado en
otros puntos de este Informe, los ingresos por patrocinio registraron un importante incremento en
2018, hasta superar a los ingresos por subvenciones.
2.116. La estrategia 4 pretende “lograr la eficiencia en la gestión de los recursos que garanticen la
viabilidad de la institución”. A este respecto, el progresivo descenso desde 2009 de las
subvenciones recibidas ha llevado a la FTR a establecer un modelo de gestión nuevo, dirigido a
incrementar los ingresos por patrocinadores y por venta de entradas, recortar los gastos de gestión
y obtener rentabilidad en las producciones artísticas; objetivos todos ellos para los que es esencial
implantar un adecuado sistema de control presupuestario y de los planes de actuación. En los
ejercicios fiscalizados las subvenciones han supuesto aproximadamente entre un 22 % y un 24 %
de los ingresos totales, los ingresos por patrocinios entre un 26 % y un 23 % y los ingresos por
ventas entre un 44 % y un 46 %, lo que muestra una tendencia por parte de la Fundación a lograr
que su modelo de gestión sea rentable.
II.3.6.2. PLANES DE ACTUACIÓN
2.117. Como se ha indicado en el punto 1.22 de este Informe, entre las funciones que los Estatutos
atribuyen al Patronato se encuentra la aprobación de los planes de actuación. Los referidos a los
ejercicios 2018 y 2019 fueron aprobados por el Patronato el 12 de diciembre de 2017 y el 11 de
diciembre de 2018, respectivamente. Los planes de actuación recogen todas las producciones que
se van a representar en el ejercicio respectivo, distinguiendo entre óperas, óperas en concierto,
ballets, actividades musicales pedagógicas y otras. Para cada producción se indica el número de
funciones que se espera representar, los ingresos de taquilla estimados y el coste que supondría
su producción y representación. En los Anexos VII y VIII de este Informe figuran las liquidaciones
de ambos planes de actuación.
2.118. Los ingresos previstos se calculan en función del porcentaje de ocupación estimado y del
aforo de la producción. Por su parte, el coste previsto de las producciones se cuantifica en función
de los gastos directos estimados por la Dirección artística (DA) para cada producción (como
compras para la producción, transportes, derechos de autor, honorarios del reparto o servicios extra
de la orquesta y el coro). Es decir, la FTR excluye de las liquidaciones el importe de los costes
indirectos.
2.119. La Fundación no dispone de un manual de procedimientos que regule la aprobación, el
desarrollo, la gestión y el control de los planes de actuación, aunque todos los meses el Director
General presenta a la Comisión Ejecutiva la liquidación provisional de las producciones, de los
conciertos y de las ventas de abonos y de taquilla, analizándose las desviaciones que se hayan
producido.
a) Ejercicio 2018
2.120. Por lo que se refiere al plan de actuación de 2018, todas las liquidaciones presupuestarias
mensuales presentadas por el Director General a la Comisión Ejecutiva hasta el mes de junio
presentaban déficit. La Comisión Ejecutiva estimó que se había producido una deficiente
planificación y programación de los gastos de las producciones por parte de la Dirección Técnica
(DT), a consecuencia de lo cual destituyó a su titular y contrató un nuevo Director Técnico el 25 de
julio de 2018. Además, acordó introducir en el presupuesto tres medidas para corregir los
resultados: una bolsa de ahorro conjunto en el total de los gastos de producciones por importe de
40 Tribunal de Cuentas
650.000 euros; la anulación del descuento del 5 % en las ventas de abonos, lo que supondría
ingresos adicionales por 350.000 euros; y una subida del precio de las entradas en el periodo de
septiembre a diciembre por un importe total previsto de 250.000 euros.
2.121. En 2018, los presupuestos de ingresos de taquilla y de gastos directos del total de
producciones fueron de 23.767.109 euros y 20.350.724 euros, respectivamente. Los ingresos
efectivamente realizados sumaron 23.829.418 euros, un 2,62 % superiores a los presupuestados,
mientras que los gastos realizados ascendieron a 21.296.402 euros, un 4,65 % superiores al importe
presupuestado.
2.122. Respecto a las óperas, que es el grupo de actividades con presupuestos más elevados, tanto
los ingresos como los gastos realizados en el ejercicio 2018 fueron mayores que los previstos. En
concreto, el gasto realizado superó en 497.391 euros (un 2,79 %) al presupuestado, como puede
verse en el Anexo VII. En este grupo de producciones los resultados positivos obtenidos (diferencia
entre ingresos y gastos reales) fueron un 6,65 % inferiores a los resultados previstos (diferencia
entre ingresos y gastos presupuestados).
2.123. En el resto de tipos de producciones distintas de las óperas las desviaciones entre lo
presupuestado y lo realizado fueron mucho mayores en términos porcentuales que en las óperas, y
en la mayor parte de los casos se obtuvieron ingresos superiores a lo presupuestado y gastos
inferiores a los previstos (excepto, por lo que se refiere a los gastos, en el apartado de otras
actividades). Así, en el caso de las óperas en versión concierto los resultados positivos obtenidos
fueron un 76,15 % superiores a los resultados previstos. En las producciones de ballet este
porcentaje se situó en un 56,64 %, en los conciertos en un 26,49 %, en la actividad pedagógica en
un 444,17 % y en el resto de actividades en un 31,39 %.
2.124. En el conjunto de todas las producciones, el resultado obtenido (2.533.016 euros) fue inferior
al presupuestado (3.416.384 euros) en 883.368 euros (un 10,06 %). No obstante, hay que tener en
cuenta que en tres óperas no fueron incluidos, entre los gastos registrados en la liquidación, los
correspondientes a la compra de determinados elementos de producción, por un importe total de
696.066 euros, con el siguiente desglose: Aída, 332.000 euros; Turandot, 87.500; y Gloriana,
276.566 euros. En consecuencia, el resultado positivo del ejercicio 2018 referido al conjunto de
todas las producciones, medido por la diferencia entre ingresos y gastos reales, que en la liquidación
del plan de actuación de 2018 figura por el citado importe de 2.533.016 euros, debería haber
ascendido a 1.836.950 euros. Y, en consecuencia, el resultado positivo obtenido habría sido inferior
al presupuestado en 1.579.434 euros (un 46,23 %).
b) Ejercicio 2019
2.125. En la liquidación de producciones correspondiente al ejercicio 2019 los ingresos realizados
(22.606.196 euros) fueron ligeramente superiores (un 0,03 %) a los presupuestados, mientras que
los gastos reales (18.774.541 euros) fueron ligeramente inferiores (un 0,54 %) a los previstos. En
su conjunto, el resultado positivo real se elevó a 3.831.654 euros, superior al presupuestado
(3.721.740 euros) en un 2,95 %. Este porcentaje de desviación en los resultados totales es
notablemente inferior al registrado en el ejercicio 2018.
2.126. Respecto a las óperas, los ingresos realizados (17.914.351 euros) han sido inferiores a los
previstos en un 1,10 %, pero los gastos reales (15.608.597 euros) han sido también inferiores a los
presupuestados en un 2,75 %. De esta forma, en este grupo de producciones los resultados
positivos obtenidos han sido un 11,69 % superiores a los previstos. Cuatro producciones (Das
Rheingold, Idomeneo, Calisto y Capriccio) se presupuestaron con déficit (mayores gastos que
ingresos presupuestados) y se cerraron también con déficit, aunque por importes inferiores a los
previstos.
2.127. Del resto de las producciones hay que destacar que, al igual que ocurrió en el ejercicio
anterior, las desviaciones entre lo presupuestado y lo realizado son mayores en términos
porcentuales que en las óperas y que los resultados obtenidos fueron superiores a los previstos.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 41
Destacan las producciones de ballet, en las que los resultados positivos obtenidos fueron un 63,21
% superiores a los previstos.
II.3.6.3. ANÁLISIS DE UNA MUESTRA DE PRODUCCIONES
2.128. Con objeto de evaluar la gestión económica de las producciones, desde su programación y
presupuestación hasta su ejecución, registro y control, tanto de manera individual como por su
aportación al conjunto de la actividad de la FTR, se ha seleccionado una muestra de producciones
de ópera, óperas en versión concierto y ballet, que son las modalidades que suponen el montante
principal de los gastos e ingresos de la FTR. La muestra ha estado compuesta por las siguientes
producciones: seis óperas, Aída, Gloriana, Turandot, Das Rheingold, Il Trovatore, y Don Carlo; dos
óperas en versión concierto, Thäis y Giovanna d’Arco; y dos ballets, El Cascanueces (Compañía
Nacional de Danza) y el Ballet Ópera Nacional de París. Estas obras suponen el 41,49 % de los
ingresos obtenidos y el 40,42 % de los gastos realizados en 2018 y el 36,11 % y el 36,55 % en
2019.
2.129. Los departamentos implicados en la presupuestación y liquidación de las producciones son:
la Vicesecretaría General, para la gestión económico-financiera y contable; y la DA y la DT. Se ha
dispuesto de las liquidaciones individualizadas (gastos de producción, laborales y técnicos, y su
imputación contable) y los contratos de coproducción o alquiler, facilitados por el área económico-
financiera, así como de los presupuestos de gastos de la DA para cada producción, y de los gastos
en los que se ha incurrido por parte de la DT, distinguiendo entre maquinaria, sastrería, utilería,
luminotecnia, audiovisuales, sueldos y salarios, desplazamientos, alquileres, etc.
2.130. No se tiene constancia de que existan procedimientos escritos de gestión ni informes de
ejecución relativos a la tramitación de las producciones. La DA elabora el presupuesto de gastos de
producciones, incluidos los de la DT. El área económicofinanciera y contable toma como referencia
estas cifras para efectuar posteriormente una liquidación de los gastos ejecutados. Los gastos
presupuestados para cada una de las obras seleccionadas en la muestra citada se exponen en el
Cuadro 9.
2.131. Aída, Turandot e Il Trovatore son coproducciones. La primera es una coproducción de dos
teatros en la que la FTR participa en el 86,91 %. En Turandot la participación originaria de la FTR
era del 33,33 %, disminuyendo posteriormente al 26,40 % por la incorporación de un nuevo
coproductor. Il Trovatore es una coproducción de tres teatros en la que la FTR tiene una
participación del 31,02 %.
2.132. Gloriana es una producción propia del Teatro Real, mientras que Das Rheingold y Don Carlo
son alquileres. En concreto, Das Rheingold fue alquilada a la Oper Köln, con un contrato por cuatro
años, desde 2018 a 2022, dado que se refiere a las cuatro obras de El anillo del nibelungo. El
contrato dispuso el pago por la FTR de un depósito inicial de 120.000 euros, de un importe anual
de 65.000 euros en los años 2018 y 2019 y de 43.333 euros en los tres ejercicios siguientes, por un
total de 380.000 euros. Don Carlo se alquiló a la Frankfurt Oper por un importe de 90.000 euros.
42 Tribunal de Cuentas
Cuadro 9: Presupuestos de gastos de la muestra de producciones
(euros)
AÍDA
GLORIANA
TURANDOT
DAS
RHEINGOLD
IL
TROVATORE
DON CARLO
THÄIS
GIOVANNA
D'ARCO
EL
CASCANUECES
(CND)
BALLET
ÓPERA
NACIONAL
PARÍS
ÁREA ARTÍSTICA
1.639.748
989.092
1.455.412
958.696
1.235.692
1.557.232
119.239
313.446
171.288
441.274
Reparto
1.333.139
813.875
1.139.472
789.345
1.005.022
1.304.719
68.596
202.785
150.000
260.194
Dirección musical
277.461
147.364
299.932
148.665
210.042
226.494
24.363
74.434
21.288
38.142
Desplazamientos
29.147
27.852
16.007
20.685
20.626
26.019
26.279
36.226
5.676
Alojamientos
301.819
137.261
ÁREA MUSICAL
311.698
15.000
730.789
168.417
181.083
204.132
40.754
52.400
12.397
57.976
Orquesta
94.949
23.500
29.000
145.000
15.470
40.000
5.000
4.000
4.000
16.000
Coro
201.280
196.440
137.820
144.500
14.400
29.070
Bajo continuo
13.364
Alquiler material
musical
12.063
4.139
24.008
10.112
20.460
19.632
3.075
4.967
8.397
41.976
Alquiler
instrumentos
3.406
26.541
7.332
Personal área
musical
219.273
13.305
5.653
6.599
Derechos de autor
481.340
Sobretitulado
7.096
5.913
Otros
5.530
1.850
ÁREA
PRODUCCIÓN
435.724
330.946
392.732
351.362
205.033
207.769
Equipo artístico
178.435
222.373
256.467
110.008
128.237
119.088
Figuración
223.249
70.675
63.035
209.295
42.899
44.570
Desplazamientos
34.039
37.897
73.229
32.059
33.897
44.111
ÁREA TÉCNICA
232.118
587.025
316.063
291.838
391.049
307.583
35.481
23.654
Gastos técnicos
402.118
887.025
816.063
76.875
150.000
118.270
35.481
23.654
Gastos de personal
94.616
124.183
82.789
Coproducción
-170.000
-300.000
-500.000
120.347
116.866
106.524
OTROS
31.532
35.258
35.728
21.689
18.038
22.118
6.182
2.629
Gastos de viaje
7.639
7.639
7.639
3.274
3.274
3.274
Sobretitulado
7.687
10.052
9.343
7.968
5.264
9.461
Otros
16.205
17.566
18.745
10.447
9.499
9.383
6.182
2.629
TOTAL
2.650.822
2.444.141
2.930.726
1.792.005
2.030.897
2.298.837
159.994
365.846
225.349
525.534
Fuente: elaboración propia a partir de los datos facilitados por la FTR
2.133. De los expedientes de las obras que ha facilitado el área financiera, en los que figuran los
ingresos y gastos realizados en relación con los previstos, así como su registro contable, se ha
obtenido el resumen de liquidaciones que se incluye en el Cuadro 10. En él se exponen, para cada
producción, los ingresos y gastos presupuestados y los realizados. Como se observa, en todas las
producciones, excepto en Gloriana y en Das Rheingold, los ingresos presupuestados superaban a
los gastos presupuestados (resultado presupuestado positivo) y los ingresos realizados superaron
a los gastos realizados (resultado realizado positivo). Además, en todos los casos, los resultados
realizados fueron superiores a los presupuestados, constituyendo la diferencia entre ambos
resultados la contribución de cada producción al mayor resultado de la liquidación presupuestaria
respecto de las previsiones.
2.134. En relación con los gastos realizados, se han apreciado diferencias entre los importes
reflejados en el Cuadro 10 y los que figuran en la liquidación anual del plan de actuación de 2019
(que figura en el Anexo VIII y ha sido analizada en los puntos 2.125 a 2.127 de este Informe). Así,
en Il Trovatore los gastos imputados contablemente que figuran en el Cuadro 10 ascienden a
1.812.648 euros, mientras que en la liquidación del plan de actuación de 2019 figuran por 1.952.648
euros (una diferencia de 140.000 euros). En Don Carlo los gastos imputados contablemente
ascienden a 2.178.283 euros, frente a los 2.238.283 euros recogidos en la liquidación del plan de
actuación (diferencia de 60.000 euros). Y en el Ballet Ópera Nacional de París los gastos imputados
contablemente ascienden a 469.908 euros, mientras que en la liquidación del plan de actuación
aparecen por 519.908 euros (diferencia de 50.000 euros). Todas estas diferencias se produjeron
como consecuencia del cambio normativo en la tributación del IVA relativo a la creación artística y
la cinematografía aprobado por el Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, por el que se
aprueban medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía; cambios que, por la
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 43
fecha de su aprobación, no se pudieron tener en cuenta en la elaboración de los presupuestos de
2019.
Cuadro 10: Resumen de liquidaciones de la muestra de producciones
(euros)
AÍDA
GLORIANA
TURANDOT
DAS
RHEINGOLD
IL
TROVATORE
DON
CARLO
THÄIS
GIOVANNA
D'ARCO
EL CASCANUECES
(CND)
BALLET ÓPERA
NAL. PARÍS
Ingresos presupuestados
3.216.218,29
1.545.007,52
3.391.539,82
1.297.236,52
2.752.386,65
2.709.248,26
276.964,62
660.895,55
666.681,12
658.153,68
Gastos presupuestados
2.650.822,91
2.244.141,78
2.930.725,83
1.792.005,18
2.030.897,33
2.298.837,21
159.994,65
365.846,75
225.349,33
525.534,17
Diferencia presupuestado
565.395,38
-699.134,26
460.813,99
-494.768,66
721.489,32
410.411,05
116.969,97
295.048,80
441.331,79
132.619,51
Ventas realizadas
3.477.475,91
1.371.920,92
3.921.872,97
1.386.197,19
2.679.251,36
2.652.225,12
317.598,62
646.301,46
724.064,60
798.916,34
Normativa (abono)
-78.122,73
Ingresos realizados
3.399.353,18
1.371.920,92
3.921.872,97
1.386.197,19
2.679.251,36
2.652.225,12
317.598,62
646.301,46
724.064,60
798.916,34
Gastos directos realizados
2.799.408,63
2.329.266,19
3.055.718,11
1.811.731,23
1.812.648,14
2.178.283,47
154.790,78
339.683,04
269.070,02
469.908,08
Diferencia realizado
599.944,55
-957.345,27
866.154,86
-425.534,04
866.603,22
473.941,65
162.807,84
306.618,42
454.994,58
329.008,26
Efecto sobre el presupuesto
34.549,17
-258.211,01
405.340,87
69.234,62
145.113,90
63.530,60
45.837,87
11.569,62
13.662,79
196.388,75
Fuente: elaboración propia a partir de los datos facilitados por la FTR
2.135. En el caso de los ingresos realizados también se ha apreciado una diferencia entre los
importes reflejados en el Cuadro 10 y los que figuran en la liquidación anual del plan de actuación
de 2018. La diferencia se produjo en Aída, con unos ingresos imputados contablemente de
3.399.353 euros y unos ingresos reflejados en la liquidación del plan de actuación de 2018 de
3.483.347 euros. No se ha podido obtener una explicación completa del motivo de esta diferencia
por importe de 83.994 euros
15
. En cualquier caso, desde el punto de vista de la justificación de los
ingresos de la FTR debe tenerse en cuenta el importe imputado contable.
2.136. Los datos del Cuadro 10 permiten comparar para cada producción los ingresos
presupuestados con los obtenidos por las ventas realizadas. Así, tres óperas han tenido unos
ingresos reales superiores a los presupuestados: Turandot recaudó un 15,64 % más de lo previsto,
Aída un 8,12 % y Das Rheingold un 6,86 %. Por el contrario, en Il Trovatore y Don Carlo los importes
recaudados por venta de entradas fueron menores a los previstos en un 2,66 % y un 2,10 %,
respectivamente. La magnitud de algunas de estas desviaciones porcentuales permite deducir que
hay margen de mejora en la presupuestación de los ingresos de cada producción.
2.137. En el caso de Aída, la deducción en los ingresos de 78.123 euros que figura en el Cuadro 10
es el resultado de la decisión de aplicar un descuento del 5 % a los ingresos de las entradas
vendidas por abonos. Además, hay que señalar que la huelga de 8 de marzo de 2018 generó
algunos cambios en la representación de la obra tal como estaba programada, lo que generó la
devolución de entradas por importe de 69.197 euros. La Entidad no imputa este menor ingreso a la
liquidación de Aída, sino al conjunto de los ingresos realizados por producciones durante el ejercicio.
2.138. En los gastos directos de las óperas se puede constatar que hay un mejor ajuste
presupuestario. Las desviaciones de los gastos reales respecto a los previstos suponen un mayor
gasto del 5,61 % en Aída, del 4,26 % en Turandot, y del 1,10 % en Das Rheingold. En Il Trovatore
y en Don Carlo los gastos reales fueron inferiores a los presupuestados en un 10,75 % y un 5,24 %
respectivamente. Como se ha señalado en el punto 2.136, en estas dos óperas también fueron
inferiores los ingresos reales a los presupuestados.
2.139. Por lo que se refiere a las óperas en versión concierto, con unos importes de ingresos y
gastos por producción notablemente inferiores a las óperas, Thäis tuvo unos ingresos superiores a
los presupuestados en un 14,67 %, mientras que sus gastos fueron inferiores a los previstos en un
15
La FTR ha corregido una errata en la cifra de ingresos de Aída y justifica parcialmente la citada diferencia de 83.994
euros por un importe de 69.197 euros correspondiente a la devolución de entradas que se señala en el punto 2.137 de
este Informe.
44 Tribunal de Cuentas
2,21 %. Por su parte, en Giovanna d’Arco los ingresos y los gastos reales fueron inferiores a los
previstos en un 2,21 % y un 7,15 %, respectivamente.
2.140. En las dos producciones de ballet incluidas en la muestra analizada, El Cascanueces y el
Ballet Ópera Nacional de París, los ingresos y los gastos reales presentaron unas desviaciones
porcentuales relevantes respecto de las previsiones, que indican que también en este tipo de
producciones hay margen de mejora para la presupuestación. Así, en El Cascanueces los ingresos
y los gastos reales superaron a los previstos en un 8,61 % y un 19,40 %, respectivamente. Por su
parte, en el Ballet Ópera Nacional de París los ingresos fueron superiores a los previstos en un
21,39 % y los gastos reales fueron inferiores a las previsiones en un 10,58 %.
2.141. El Cuadro 11 desglosa por tipos de gastos los liquidados en cada una de las producciones
de la muestra analizada que figuran en el Cuadro 10. No incluye, por tanto, los gastos adicionales
derivados del cambio normativo del IVA a los que se ha hecho referencia en el punto 2.134.
Cuadro 11: Gastos liquidados de la muestra
(euros)
Gastos
AÍDA
LORIANA
TURANDOT
DAS
RHEINGOLD
IL TROVATORE
DON
CARLO
THÄIS
GIOVANNA
D'ARCO
EL
CASCANUECES
BALLET
ÓPERA
(CND)
NAL. PARÍS
1. Reparto, equipo
artístico, refuerzos y
extras
2.104.321,32
1.250.963,64
2.004.943,00
1.160.605,81
1.206.841,81
1.528.349,17
99.070,47
253.552,10
187.934,97
332.924,67
2. Gastos de viaje
67.733,31
75.092,63
129.108,00
53.594,44
75.529,08
49.763,98
34.457,20
40.619,34
90.542,69
3. Orquesta y Coro
330.580,10
61.139,20
18.720,00
144.387,00
50.868,49
228.631,50
15.050,04
34.684,60
4. Material musical e
instrumentos
8.995,59
14.398,44
25.597,00
19.718,31
22.716,47
24.005,14
3.248,77
7.055,27
13.538,88
5. Derechos de autor
194.433,44
555.620,00
77.711,87
18.864,02
6. Gastos diversos y
sobretítulos
19.269,32
17.522,00
15.600,00
34.222,08
19.060,50
13.456,17
2.964,30
3.771,73
211,00
5.559,93
7. Alquiler producción
65.000,00
90.000,00
8. Gastos técnicos
368.508,99
715.716,84
806.131,00
111.955,61
249.317,22
114.940,19
3.212,18
8.477,89
9. Coproducción
-100.000,00
-500.000,00
10. Gastos de personal
222.247,98
188.314,57
129.137,32
Total
2.799.408,63
2.329.266,19
3.055.719
1.811.731,23
1.812.648,14
2.178.283,47
154.790,78
339.683,04
269.070,02
469.908,08
Fuente: elaboración propia a partir de los datos facilitados por la FTR
2.142. Estos importes han sido imputados en su correspondiente cuenta de gasto según la
clasificación contable facilitada por el área financiera. Solo han sido activados, como inmovilizado
material (adquisición de contenedores), dos partidas: en Turandot, por importe de 12.514 euros, y
en Das Rheingold, por 9.406 euros. En ambos casos los importes incluyen el IVA no deducible y
figuran en el Cuadro 11 dentro del apartado de gastos técnicos.
2.143. La DA ha facilitado el detalle de todos los gastos directos presupuestados mediante un listado
pormenorizado agrupado por áreas. Se sigue, además, la estructura de los gastos directos con
estructura contable, existiendo una correspondencia estricta entre el área económico-financiera y
la DA en las cifras presupuestadas de gastos directos de cada producción.
2.144. La DT facilita la cifra del presupuesto asignado y un listado detallando los gastos en los que
se ha incurrido en cada producción, pero no coinciden con frecuencia con el presupuesto asignado
por la DA ni con los gastos liquidados por el área económico-financiera.
2.145. Así, en el caso de las óperas, solo en Das Rheingold la cifra del presupuesto asignado
señalado por la DT coincide con los gastos técnicos referidos por la DA y por el área financiera (por
importe de 291.829 euros en concepto de alquiler de producción, gastos técnicos y gastos de
personal). La DT presenta una liquidación de gastos por un importe de 228.617 euros, mientras que
los gastos liquidados por estos conceptos por el área financiera son de 334.204 euros.
2.146. Para Aída, la cifra referida por la DT como presupuestada para su área es de 414.811 euros,
siendo la del área artística y financiera de 232.118 euros, sin que la diferencia se explique por la
parte de la coproducción externa, cifrada en 170.000 euros. Se presenta un listado de gastos con
un saldo deficitario de 273.238 euros, dado que se ha incurrido en unos gastos de 688.049 euros.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 45
Los principales importes señalados corresponden a personal (201.521 euros), escenografía
(141.911 euros), sastrería (78.555 euros) y maquinaria (75.646 euros).
2.147. En Il Trovatore, los gastos presupuestados suman un total de 391.050 euros y la liquidación
de gastos presentada por el área financiera es de 437.632 euros. La DT señala como importe
asignado 236.116 euros (incluye 150.000 euros de aportación del Teatro a la coproducción), lo que
supone una diferencia de 154.934 euros respecto al presupuesto inicial. Según esta dirección, sus
gastos han ascendido a 220.513 euros, por lo que se produce un saldo positivo de 15.604 euros.
En Don Carlo la DT presenta una cifra de presupuesto asignado de 193.140 euros y unos gastos
liquidados por 271.301 euros. Como ocurría en los casos anteriores, no hay una correspondencia
con los importes consignados por la DA, cifrados en 307.583 euros.
2.148. En el caso de Turandot, la DT aporta como documentación un listado detallando los gastos
en los que se ha incurrido, diferenciando los propios y los de coproducción. Ni siquiera se señala
cuál es el límite presupuestado. Los gastos propios del Teatro son de 509.728 euros, siendo los
totales de la coproducción 799.449 euros. De entre los propios, la partida más importante es la de
personal, con un importe de 453.352 euros.
2.149. La ópera en versión concierto no tiene gastos técnicos propiamente dichos. En el ballet, es
sencilla la correspondencia en la atribución de los gastos realizados por áreas presupuestarias. En
El Cascanueces es llamativa la gran variación entre los gastos técnicos previstos y los ejecutados.
Entrando en el detalle de los presupuestados por la DA en este apartado, figuran 20.000 euros en
concepto de adaptaciones y 10.000 euros de transportes. Finalmente fueron mucho menores,
aunque hubo una importante deficiencia de presupuestación al obviar los derechos de autor de la
obra, que al final alcanzaron los 77.712 euros. En cuanto a la documentación aportada por la DT,
se informa de un presupuesto asignado de 30.000 euros y unos gastos totales de 3.212,
compuestos por 1.096 euros en concepto de maquinaria y 2.116 de transporte. En este caso estos
gastos coinciden con los presentados por el área financiera como realizados.
2.150. La DA presupuesta un total de 23.654 euros de gastos técnicos para el Ballet Ópera
Nacional de París, siendo los reales de 8.478 euros. Las cifras facilitadas por la DT coinciden con
las anteriores. Presenta un presupuesto asignado de 23.654 euros y un total de gastos realizados
de 8.478 euros (2.197 euros de transporte y 6.281 euros de alquiler). Por lo tanto, el saldo que
arrojan las dos áreas para la parte técnica de la producción es de 15.176 euros. Pero, al igual que
ocurría con El Cascanueces, no hay una adecuada presupuestación, con desviaciones importantes
para las que no se ha obtenido explicación.
2.151. En resumen, se ha puesto de manifiesto que hay una deficiente coordinación para la
elaboración presupuestaria entre la DA y la DT, limitándose esta a la realización de un control de
gastos realizados que parten de un presupuesto inicial que difiere del que originalmente prevé la
DA. Esta forma de actuar no parece que facilite el seguimiento de la ejecución presupuestaria de
los gastos y complica el control interno de la gestión de las producciones, tanto de manera
individualizada como global. Con la documentación facilitada no es posible asignar a cada una de
las áreas los gastos realmente realizados. Se necesitan las cifras facilitadas por el área de
contabilidad y financiera que, además, establece su propia clasificación. Tampoco se puede deducir
en qué medida la DT ha contribuido en el control de gastos y en la asignación de estos a la obra
que corresponda.
II.3.7. Gestión de personal de la FTR
2.152. El análisis de la racionalidad de la estructura organizativa de la FTR, en lo que se refiere a
la distribución de su personal por departamentos, se ha realizado a partir de la información más
actualizada posible. Así, el Cuadro 12 muestra la distribución de los efectivos de personal por
departamentos a 18 de diciembre de 2020, distinguiendo entre personal fijo y temporal.
46 Tribunal de Cuentas
Cuadro 12: Efectivos de personal por departamentos (diciembre 2020)
ESTRUCTURA FUNCIONAL
FIJOS
TEMPORALES
TOTAL
DIRECCIÓN GENERAL
4
1
5
SECRETARÍA GENERAL
16
6
22
DIRECCIÓN ARTÍSTICA
23
3
26
DIRECCIÓN TÉCNICA
183
33
216
DEPARTAMENTO DE PATROCINIO Y MECENAZGO PRIVADO
7
2
9
DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES
Y EVENTOS CORPORATIVOS
5
0
5
DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES
INFORMATIVAS
3
1
4
DEPARTAMENTO DE PUBLICIDAD, IDENTIDAD CORPORATIVA Y
PROMOCIÓN DIGITAL
2
2
4
DEPARTAMENTO DE PUBLICACIONES, ACTIVIDADES
CULTURALES Y FORMACIÓN
3
1
4
DEPARTAMENTO DE PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN AUDIOVISUAL
5
0
5
DEPARTAMENTO DE MARKETING, VENTAS Y CALIDAD
3
4
7
TOTAL
254
53
307
Fuente: datos proporcionados por la FTR a 18 de diciembre de 2020.
2.153. De los datos del Cuadro se deduce, en primer lugar, la escasa dotación de personal, en
términos comparativos con el resto de departamentos, de la Secretaría General, con veintidós
efectivos. En la Secretaría General se encuadran la Vicesecretaría General, responsable del
Departamento de contabilidad y gestión económico-financiera (con nueve efectivos, incluida la
propia Vicesecretaria General), el Departamento de recursos humanos (seis efectivos), la Unidad
de apoyo jurídico (cuatro efectivos, incluido el propio Secretario General) y el Departamento de
sistemas informáticos (tres efectivos). Debe destacarse que a la fecha de los datos (diciembre de
2020) se encontraban vacantes los puestos de las jefaturas de los departamentos de servicios
jurídicos y de recursos humanos.
2.154. La complejidad de las funciones de la Secretaría General y, en particular, de la gestión de
los recursos humanos, deriva de las propias características de la actividad principal de la Fundación,
consistente en la programación de producciones a largo plazo, la contratación de artistas a nivel
nacional e internacional, la gestión de proveedores para eventos y la gestión de los servicios
técnicos propios y externos. El ejercicio de todas estas actividades requiere la realización de
intensos y complejos trámites en materia de gestión de recursos humanos.
2.155. La Unidad de apoyo jurídico, encargada, entre otras funciones, de la formalización de la
contratación de la FTR, dispone, sin contar al propio Secretario General, de tres efectivos de
carácter temporal. Esta dotación parece insuficiente, a la vista de las observaciones realizadas en
este epígrafe y de las deficiencias señaladas en el análisis de la contratación llevado a cabo en esta
fiscalización (ver el epígrafe II.2.1 de este Informe).
2.156. En conjunto, los efectivos destinados en la Secretaría General, que constituyen la estructura
de administración de la FTR, suponen solo el 7 % del total de efectivos de la Entidad, frente a un
92 % del personal dedicado a funciones técnicas, de patrocinio, de promoción y marketing, y de
comunicación (el 1 % restante corresponde al personal de la Dirección General). Si se consideran,
además, las citadas vacantes sin cubrir y la temporalidad de determinados puestos, las dotaciones
actuales de la Secretaría General se estiman insuficientes para la carga de trabajo asumida por sus
departamentos. Esta insuficiencia es el principal motivo de que, como se ha señalado en diferentes
puntos de este Informe, la FTR no pueda poner en práctica unos adecuados procedimientos de
supervisión y de segregación de funciones, lo que supone la existencia de importantes debilidades
de control interno.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 47
II.3.8. Sistemas de información
2.157. Entre las funciones de Departamento de sistemas informáticos se encuentra la gestión de la
red corporativa, la gestión de equipos y usuarios, la monitorización y respuesta a incidencias y el
soporte a los usuarios. Como se ha indicado en el epígrafe II.3.7 de este Informe, el citado
Departamento cuenta, en diciembre de 2020, con solo tres efectivos, lo que supone una dotación
insuficiente para poder llevar a cabo desarrollos de sistemas propios, de forma que ha de recurrir a
soluciones comerciales para las actividades de gestión de los distintos departamentos que, además,
con carácter general no se encuentran integradas. Esta situación puede dar lugar a riesgos
relacionados con la seguridad de la información.
2.158. El sistema de información contable empleado por la FTR es el entorno de gestión interna de
referencia. Resulta anticuado y costoso, lo que obligaría, en su caso, a realizar integraciones
específicas de otros sistemas que se incorporen a la gestión de la Fundación. Únicamente se
integran la gestión del inventario mediante la aplicación Geniza y el sistema de venta de localidades.
Además, la FTR cuenta con un servicio de consultoría externa en relación con el sistema de
información contable, para las adaptaciones puntuales del producto.
2.159. La FTR dispone de un sistema de información que integra las ventas de entradas,
independientemente del canal (taquilla, internet o venta telefónica). Se trata de un servicio integral
contratado externamente mediante concurso público. Hasta agosto de 2018 el único canal de venta
cuyos datos se volcaban automáticamente al sistema de contabilidad era el de venta por taquilla.
Finalizada la venta diaria se realizaba un arqueo de caja en cada puesto de venta, empleando el
fichero generado por la aplicación, y se consolidaba con el resultado de la venta de internet y
telefónica de forma manual por el responsable del Departamento de taquillas, para centralizar la
información y enviarla al Departamento económico financiero. Este contrastaba la información
recibida con la existente en contabilidad y con los extractos bancarios, verificando que los cobros
se hubieran realizado correctamente.
2.160. El volcado al sistema de la contabilidad de las ventas por todos los canales es automático
desde agosto de 2018. Si durante el proceso de transferencia ocurre algún tipo de error, no se
realiza la transferencia de información al sistema de contabilidad y un sistema de alertas envía un
correo electrónico a los Departamentos de taquillas, contabilidad e informática.
2.161. En diciembre de 2019 se produjo la adjudicación del contrato a un nuevo operador de ventas
de localidades, con un incremento de la seguridad y con protocolos para comercio seguro y reporte
de informes de ventas automáticamente al sistema de contabilidad. De todas formas, el nuevo
sistema no ha entrado en servicio hasta febrero de 2021.
2.162. La FTR no se encuentra incluida dentro del ámbito de aplicación de la Ley 25/2013, de 27
de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el
Sector Público, si bien sería conveniente su implantación e integración con los sistemas contables
y financieros por la mayor eficiencia y el ahorro de costes que podría generar.
2.163. Como se ha señalado en el epígrafe II.2.3 de este Informe, la FTR no ha realizado la
adaptación de los sistemas de información al ENS, por lo que no dispone de una política de
seguridad formalmente aprobada ni del preceptivo documento de seguridad. Tampoco se tiene
constancia del nombramiento de responsables de la información ni del delegado de datos, previstos
en la LOPD. No obstante, dispone de algunos procedimientos técnicos documentados
puntualmente, como el proceso de alta y autorización de equipos, de asignación a usuarios y de
dispositivos móviles, así como de otros no documentados. En general, no se dispone de
procedimientos formalizados en materia de gestión y configuración de los sistemas.
2.164. En los puestos de usuario se aplican las directrices de las guías de seguridad del Centro
Criptográfico Nacional. Se ha comprobado la existencia de varias normas básicas publicadas en la
intranet sobre las responsabilidades del uso de los recursos informáticos, el alta, la identificación y
48 Tribunal de Cuentas
los requisitos de acceso. El procedimiento contempla la firma por el usuario de un formulario en el
que figura la normativa a cumplir y los sistemas o aplicaciones a los que tendrá acceso.
II.4. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO PARA LA CELEBRACIÓN DEL 200º
ANIVERSARIO DEL TEATRO REAL Y DEL VIGÉSIMO ANIVERSARIO DE LA REAPERTURA
DEL TEATRO REAL
II.4.1. Marco normativo
2.165. En el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2015 y el 31 de diciembre de 2019 se ha
celebrado el “200º aniversario del Teatro Real y el vigésimo aniversario de la reapertura del Teatro
Real”, con la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo
dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades
sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. La duración del programa de apoyo
se estableció inicialmente entre el 1 de julio de 2015 y el 30 de junio de 2018 en la Ley 36/2014, de
PGE para 2015, y fue prorrogado posteriormente hasta el 31 de diciembre de 2019 por la Ley
3/2017, de PGE para 2017.
2.166. El 21 de mayo de 2015 se firmó el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, la Comunidad de Madrid,
el Ayuntamiento de Madrid y la Fundación del Teatro Real, publicado en el BOE por Resolución de
17 de julio de 2015 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por el que se constituyó la
Comisión de gobierno para la ejecución del programa de apoyo al acontecimiento. El Convenio
atribuyó a esta Comisión las competencias, entre otras, de definir el programa de actividades
específicas del acontecimiento y de certificar la adecuación de los gastos realizados a los objetivos
del programa (certificación necesaria a efectos de que los contribuyentes puedan disfrutar los
pertinentes beneficios fiscales por sus aportaciones al acontecimiento). También dispuso el
Convenio que, a la finalización de las actuaciones, el Teatro Real debía presentar a la Comisión un
informe económico que contendría una relación completa de los ingresos percibidos, de los gastos
ejecutados y de las actuaciones realizadas en relación con el acontecimiento, dando lugar, si así
procediera, a la aprobación de las operaciones de liquidación y a la posterior disolución de la
Comisión.
II.4.2. Ejecución del Convenio de colaboración
2.167. La primera reunión de la Comisión de gobierno tuvo lugar el 8 de septiembre de 2015, según
acta firmada por el Presidente de la Comisión y la Secretaria de la misma. En dicha reunión se
procedió al nombramiento del Secretario General de la FTR como Secretario de la Comisión y se
aprobaron el logotipo del acontecimiento y el manual de uso de la marca a efectos publicitarios.
Asimismo, se aprobaron las normas de funcionamiento de la Comisión y el programa de actividades
específicas que podrían dar lugar a la aplicación de los beneficios fiscales previstos. Posteriormente,
en la reunión de 10 de diciembre de 2015, se nombró Secretario de la Comisión al Director de
Patrocinio de la FTR.
2.168. Dentro del programa de actividades se recogía la programación artística de las tres
temporadas 2015-2016, 2016-2017 y 2017-2018, que posteriormente se amplió a la temporada
2018-19, señalando que las actividades se enmarcaban en el programa general de producciones
del Teatro Real. A efectos económicos, se estableció que el Teatro Real asumía todos los ingresos
y gastos producidos por la celebración del Bicentenario, integrándose en sus presupuestos anuales
aprobados por el Patronato. Esta decisión era coherente con lo establecido en el Convenio, que
señalaba que “la financiación de los gastos y las eventuales pérdidas que, de su liquidación, en su
caso, pudieran derivarse de las actuaciones realizadas por la Comisión de gobierno, correrán a
cargo de la Fundación Teatro Real, que los sufragará con cargo a su presupuesto ordinario, sin que
corresponda obligación económica alguna para la Hacienda Pública Estatal ni para la autonómica
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 49
ni para la municipal”. También de acuerdo con lo previsto en el Convenio, la FTR asumió el
seguimiento de la ejecución de las actividades y de sus liquidaciones anuales.
2.169. El régimen fiscal aplicable a las deducciones de los patrocinadores del evento se ajusta a lo
previsto en el citado artículo 27 de la Ley 49/2002 y en la disposición adicional quincuagésima
tercera de la Ley de PGE para 2015. Según dispone el Convenio, para la aprobación de la
certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos del programa será necesario
el voto favorable de la representación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en la
Comisión. A este respecto se ha comprobado que todas las certificaciones emitidas en 2018 y 2019
por la Comisión de gobierno contaron con el voto favorable del representante del Ministerio de
Hacienda.
2.170. El Cuadro 13 refleja la liquidación de los ingresos y gastos del Bicentenario, clasificados por
ejercicios. Se ha verificado una muestra de los ingresos y gastos de 2018 y 2019 imputados a dicha
liquidación, habiéndose comprobado que han sido correctamente imputados a la misma y que están
adecuadamente reflejados en las cuentas de la FTR de dichos ejercicios. Únicamente debe
resaltarse que la liquidación presentó un error formal de transcripción en las cifras de ingresos y
gastos imputados al Bicentenario en 2018, que ha sido corregida en el Cuadro 13.
Cuadro 13: Liquidación de ingresos y gastos del Bicentenario. Ejercicios 2015 a 2019
(euros)
EJERCICIO
INGRESOS RECIBIDOS
GASTOS IMPUTADOS
2015
2016
2017
2018
2019
867.000,00
3.991.400,74
4.830.031,95
5.228.683,27
3.174.099,33
371.486,47
4.486.914,27
4.830.031,95
5.228.683,27
3.174.099,33
TOTAL
18.091.215,29
18.091.215,29
Fuente: Información de la FTR y elaboración propia.
2.171. De acuerdo con lo establecido en el Convenio, una vez finalizadas las actividades del
acontecimiento a 31 de diciembre de 2019, la Comisión de gobierno aprobó, en su reunión de 31
de mayo de 2020, el informe económico de liquidación del evento y su disolución.
II.5. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS Y DE LA
RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA RELATIVAS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA
FUNDACIÓN DEL TEATRO REAL, EJERCICIO 2012, PENDIENTES DE SU CUMPLIMIENTO
TOTAL O PARCIAL A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
2.172. De acuerdo con los objetivos de la fiscalización señalados en el punto 1.10 de este Informe,
se analiza en este subapartado el grado de cumplimiento de las recomendaciones formuladas por
el Tribunal de Cuentas en el Informe de fiscalización de la FTR, ejercicio 2012, y de los puntos de
la correspondiente Resolución de la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el
Tribunal de Cuentas, que estaban pendientes de su cumplimiento total o parcial a 31 de diciembre
de 2017 según el Informe de seguimiento de recomendaciones aprobado por el Pleno el 20 de
diciembre de 2018.
50 Tribunal de Cuentas
II.5.1. Recomendaciones del Tribunal de Cuentas
II.5.1.1. RECOMENDACIÓN Nº 1
“La Fundación debería adoptar urgentemente medidas para evitar que se sigan registrando
pérdidas, tal como ha ocurrido en los últimos años, lo que ha supuesto una disminución drástica de
los fondos propios y una descapitalización progresiva de la Fundación, dado que las adoptadas en
2011 y 2012 para controlar los gastos de funcionamiento e incrementar los ingresos fueron
insuficientes”.
2.173. Según se señaló en el Informe de seguimiento de recomendaciones aprobado en 2018, la
evolución decreciente de los fondos propios entre 2012 y 2017 llevó a que en este último ejercicio
se alcanzara un patrimonio negativo por importe de 592.907 euros. No obstante, se concluía que el
aumento registrado en los ingresos (a pesar de la bajada de las subvenciones) y la contención del
gasto habían conseguido una importante reducción de los resultados negativos entre 2012 y 2017,
por lo que se consideraba parcialmente cumplida la recomendación. En los ejercicios 2018 y 2019
se ha continuado con la política de contención en el gasto y de aumento de ingresos, lo que ha
llevado a que los resultados de los ejercicios analizados, 2018 y 2019, hayan sido positivos por
importes de 118.630 y 53.487 euros, respectivamente. Por tanto, la recomendación se considera
cumplida totalmente.
II.5.1.2. RECOMENDACIÓN Nº 2
“La Fundación debe seguir adoptando medidas tendentes a equilibrar el presupuesto que
anualmente aprueba el Patronato, ya que el esfuerzo realizado en este sentido no fue suficiente.
Además este presupuesto debe adecuarse a la realidad económica del Teatro Real, de manera que
tanto la estimación de los ingresos como de los gastos sean acordes con su situación actual, y se
eviten las desviaciones indicadas en el presente Informe. Asimismo, una vez aprobado dicho
presupuesto, la Fundación debería efectuar las actuaciones necesarias para evitar que se
produzcan desviaciones significativas en las distintas partidas que lo integran”.
2.174. En el Informe de seguimiento de recomendaciones de 2018 se consideró parcialmente
cumplida esta recomendación, dado que en las liquidaciones presupuestarias de los ejercicios 2013
a 2017 se observó una disminución de las desviaciones y unos resultados presupuestarios positivos
en los ejercicios 2015 a 2017. En el epígrafe II.3.6 del presente Informe de fiscalización se han
analizado las liquidaciones de los presupuestos aprobados por el Patronato de los ejercicios 2018
y 2019. Según lo allí expuesto, la liquidación del presupuesto de 2018 presentaba un resultado
positivo de 15.934 euros. No obstante, se señalaba también que dicha liquidación no incluyó
determinados gastos que deberían haberse imputado al presupuesto, por lo que el resultado
presupuestario del ejercicio debería haber sido negativo por 816.686 euros. Por su parte, la
liquidación del presupuesto del ejercicio 2019 se cerró con un resultado positivo de 120.586 euros.
No obstante, como se ha señalado en el citado epígrafe, en el ejercicio se produjeron significativas
desviaciones en la ejecución del presupuesto. En definitiva, aunque las liquidaciones
presupuestarias han evolucionado favorablemente, no se ha conseguido evitar la aparición de
desviaciones presupuestarias significativas. En consecuencia, la recomendación se considera
cumplida parcialmente.
II.5.1.3. RECOMENDACIÓN Nº 10
“La Fundación debería elaborar, con carácter previo a la preparación de los expedientes
contractuales, todos los documentos contables que acrediten que existe, en sus Presupuestos,
crédito suficiente para llevar a cabo las operaciones económico-financieras objeto de la
contratación. Asimismo, debe, con carácter general, elaborar los preceptivos documentos formales
de recepción que acrediten que las prestaciones de los suministradores y proveedores de servicios
han sido realizados de conformidad”.
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 51
2.175. En el Informe de seguimiento de recomendaciones de 2018 se consideró parcialmente
cumplida esta recomendación. Esta apreciación se basaba en que en el análisis de una muestra de
contratos celebrados en 2017 se había observado que continuaba la falta de certificaciones de la
existencia de crédito en la mayoría de ellos y de documentos formales de recepción adecuadamente
elaborados, aunque se informaba de la aprobación posterior al ejercicio 2017 de un nuevo protocolo
para la elaboración de modelos formales de actas de recepción. En el epígrafe II.2.1 del presente
Informe de fiscalización se ha analizado la contratación realizada en los ejercicios 2018 y 2019. De
lo allí expuesto se deduce que en el 78 % de los expedientes analizados no constan los certificados
específicos de la existencia de crédito firmados por los responsables adecuados, no siendo
suficiente a estos efectos la mención genérica a su existencia contenida en las memorias de cada
contrato. Respecto a la acreditación del cumplimiento de las obligaciones del contratista, y a pesar
de la aprobación por la FTR del citado protocolo, no consta la existencia de actas de recepción de
los bienes o de conformidad con la prestación del servicio en el 60 % de los contratos analizados
de los ejercicios 2018 y 2019. En consecuencia, y dado el tiempo transcurrido desde 2014, cuando
se aprobó el Informe que contenía la recomendación, esta se considera no cumplida.
II.5.2. Resolución de la Comisión Mixta
II.5.2.1. PUNTO 1
“Que el Teatro Real continúe con las medidas adoptadas hasta ahora, que han permitido afrontar
la difícil situación económica generada como consecuencia de la crisis económica en general y de
la disminución de las aportaciones públicas, y que cumpla con el presupuesto que prevé para el año
2015”.
2.176. En el Informe de seguimiento de recomendaciones de 2018 se consideró parcialmente
cumplido este punto. Aunque la Resolución mencionaba solo el presupuesto del ejercicio 2015, en
la presente fiscalización se ha comprobado que en los ejercicios 2018 y 2019 ha continuado la línea
descendente de las aportaciones públicas y la ascendente de otros ingresos, así como la contención
de los gastos. En consecuencia, este punto se considera cumplido.
II.5.2.2. PUNTO Nº 2
“Consolidar el actual modelo de gestión del Teatro Real, en el que mediante la combinación de la
gestión pública y el mecenazgo privado, una política de reducción del gasto y al mismo tiempo el
incremento de los ingresos, potencien a esta institución como referente cultural de la lírica en
España”.
2.177. De acuerdo con lo señalado en diversos puntos de este Informe, este punto se considera
cumplido.
II.5.2.3. PUNTO Nº 5
“Aprobar presupuestos y escenarios plurianuales, como se ha hecho para los años 2015 y 2016,
que permitan un mayor seguimiento del gasto y de los ingresos y que al mismo tiempo supongan
un compromiso de las Administraciones Públicas en la financiación del proyecto del Teatro Real”.
2.178. En el Informe de seguimiento de recomendaciones de 2018 se consideró parcialmente
cumplido este punto. Por un lado, se afirmó que el Patronato de la Fundación aprobó en diciembre
de 2016 los escenarios presupuestarios plurianuales correspondientes a los ejercicios 2018 a 2020,
por lo que esta parte del punto de la Resolución estaba cumplida entonces y lo sigue estando para
los ejercicios 2018 y 2019. Por otra parte, el compromiso de las Administraciones Publicas en la
financiación del Teatro Real ha continuado en los ejercicios 2018 y 2019, aunque, como se ha
señalado en este Informe, las subvenciones oficiales han registrado una evolución a la baja en su
52 Tribunal de Cuentas
cuota de participación en la financiación de la FTR, frente a un incremento de los ingresos propios
y de los derivados del patrocinio. En consecuencia, este punto se considera cumplido.
II.5.2.4. PUNTO 6
Seguir adoptando medidas tendentes a equilibrar su presupuesto, asegurando la viabilidad del
Teatro en el futuro”.
2.179. Según se ha puesto de manifiesto en este Informe, la Fundación está adoptando medidas
en esta dirección, de acuerdo con los compromisos adoptados en los Planes Estratégicos y en los
planes de actuación. En consecuencia, este punto se considera cumplido.
III. CONCLUSIONES
III.1. SOBRE LA REPRESENTATIVIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES
3.1. Las cuentas anuales de los ejercicios 2018 y 2019 representan, en todos los aspectos
significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la Fundación a 31 de
diciembre de dichos ejercicios, así como de los resultados de sus operaciones, de los recursos
obtenidos y aplicados durante el ejercicio anual y de la ejecución del presupuesto, de conformidad
con los principios y normas contables que le resultan de aplicación, excepto por las siguientes
salvedades:
a) *
b) La Entidad no activó en las cuentas de 2018 las escenografías de las producciones en que no
fue líder, lo que determina que el saldo de la partida “Existencias. Productos terminados” del balance
de dicho ejercicio esté infravalorado en 320.744 euros, y que el excedente del ejercicio debería
haber sido también superior por el mismo importe, descontado el importe del gasto por deterioro,
según el criterio utilizado por la Fundación (punto 2.17).
c) La Fundación debería haber provisionado en el ejercicio 2019, por un importe total de 504.390
euros por la deuda adquirida y no pagada por una fundación privada, en base a los convenios de
colaboración firmados en 2017 y 2018 por la FTR con dicha fundación. De dicho importe, 300.000
euros estaban contabilizados en la cuenta de “Deudores por patrocinio a corto plazo” y 204.390
euros en la de “Clientes”. En consecuencia, el excedente del ejercicio se encuentra sobrevalorado
en el citado importe de 504.390 euros (punto 2.40).
d) La cuenta “Deudores por patrocinio a corto plazose encuentra sobrevalorada en un importe neto
de 35.000 euros en el ejercicio 2018 y de 370.000 euros en el ejercicio 2019 como consecuencia
de saldos indebidamente registrados y de otros saldos que debieran estar provisionados (punto
2.22).
e) La cuenta “Clientes” está sobrevalorada en 378.701 euros en 2019 y en 119.441 euros en 2018,
como consecuencia de determinadas facturas no provisionadas y de otras indebidamente
contabilizadas. El excedente del ejercicio está sobrevalorado en 41.229 euros en el ejercicio 2018
y en 300.489 euros en el ejercicio 2019 como consecuencia de los saldos no provisionados (punto
2.24).
f) Como consecuencia de las salvedades expuestas, el excedente del ejercicio 2018 se encuentra
infravalorado en 249.515 euros, y el de 2019 se encuentra sobrevalorado en 665.489 euros (puntos
2.3 a 2.6).
* Apartado suprimido
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 53
3.2. Los Fondos propios de la FTR han sido negativos en los tres ejercicios del periodo 2017-2019,
aunque han evolucionado positivamente: 592.907 euros en 2017, 173.934 euros en 2018 y 120.447
euros en 2019. En esta evolución de los Fondos Propios ha tenido una influencia fundamental la
variación de los excedentes de cada ejercicio, que pasaron de ser negativos en 2017 por 850.113
euros a positivos en 2018 y 2019 por 118.630 y 53.487 euros, respectivamente. El cambio de signo
de los excedentes, al pasar de negativos en 2017 a positivos en 2018, evitó que la FTR incurriera
en el supuesto contemplado en el artículo 96.1.e de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen
jurídico del sector público en la redacción entonces vigente, que habría obligado a la Entidad a
elaborar un plan de corrección (punto 2.29).
III.2. SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
3.3. En el ejercicio 2018 la Fundación formalizó 229 contratos por un importe total de 7.269.563
euros. En el ejercicio 2019 se formalizaron 189 contratos por un importe total de 9.950.812 euros.
Examinada una muestra representativa del 18,6 % y del 16,2 % del importe total adjudicado en cada
uno de los ejercicios, se han observado, con carácter general, numerosos incumplimientos y
deficiencias en relación con la documentación que deben contener los expedientes, consistentes
en la inexistencia de la memoria justificativa, la falta de facturas e incluso contratos, y la falta de las
actas de conformidad o del cumplimiento del servicio. En algunos contratos no se ha aplicado el
principio de concurrencia (puntos 2.49 a 2.52).
3.4. En el ejercicio 2018 se abonaron importes por el concepto de productividad a personal acogido
al Convenio Colectivo de la Entidad (once empleados, por importe total de 74.174 euros) no
amparados por la literalidad de las Normas de régimen interior vigentes en aquel momento, pero
que sí estarían cubiertos por la redacción más precisa de las Normas aprobadas en octubre de 2018
(punto 2.67).
3.5. En el periodo fiscalizado, la FTR llevó a cabo 48 procesos de contratación de personal en 2018
y otros 49 en el ejercicio 2019. En una muestra de catorce convocatorias efectuadas en el periodo
se han observado las siguientes deficiencias (puntos 2.68 a 2.73):
- El plazo establecido en las convocatorias para la presentación de solicitudes ha sido escaso. En
efecto, en el 80 % de los procesos dicho plazo no excedió de nueve días naturales, lo que ha
obligado a la FTR a aprobar prórrogas en cuatro casos ante el escaso número de candidaturas
recibidas.
- La FTR solo publica las convocatorias y los posteriores hitos del proceso de selección en la página
web del Teatro y, aun así, no se ha obtenido evidencia de la publicación en doce de las catorce
convocatorias analizadas.
- En la generalidad de las convocatorias de la muestra se indica que “se dará traslado de la misma
a los representantes de los trabajadores a través del Comité de Empresa de la Fundación del Teatro
Real, para su conocimiento, efectos y difusión”, sin que se encuentre en los expedientes prueba
fehaciente de dichas comunicaciones.
- Según se dispone en las convocatorias “en las actas del Tribunal deberá quedar constancia del
desglose de las puntuaciones otorgadas y del cálculo de aquellas, de acuerdo con los criterios
establecidos en esta convocatoria”. En numerosos casos se ha observado simplemente una
valoración numérica de las puntuaciones obtenidas por los candidatos, pero no de los criterios por
los que se ha llegado a las mismas.
- En dos convocatorias en las que el candidato seleccionado renunció a la adjudicación del puesto,
se aplicaron criterios distintos para la adjudicación: en un caso se adjudicó al siguiente candidato
por puntuación y en otro se declaró el puesto desierto.
54 Tribunal de Cuentas
3.6. Para acreditar el cumplimiento de la normativa reguladora de la protección de datos personales,
la Fundación ha aportado únicamente un certificado de cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999
emitido por una empresa externa en 2011 y el preceptivo documento de seguridad de 2018, ambos
referidos a la normativa previa a la Ley Orgánica 3/2018, por lo que no pueden acreditar el
cumplimiento por la FTR de la normativa más reciente en la materia (punto 2.74).
3.7. La FTR se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Esquema Nacional de Seguridad
(ENS), regulado por el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se articula un mecanismo
escalonado de adecuación de los sistemas de información del sector público a lo previsto en el
mismo, cuyo plazo venció el 30 de enero de 2014. La adaptación del organismo al ENS se encuentra
prevista en el plan estratégico vigente de la Fundación, pero aún no se ha realizado (punto 2.75).
3.8. La FTR no cumple de forma adecuada el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre
accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, ya que la
página web no cumple con el nivel AA exigible, habiéndose detectado las siguientes deficiencias:
tanto en la página web como en el buscador aparecen textos mezclados en español y en inglés;
aparecen problemas de contraste entre los textos o hay textos muy pequeños; existen imágenes
sin textos alternativos; y existen controles de formularios sin texto descriptivo (punto 2.77).
3.9. La FTR no cumple el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso
a la información pública y buen gobierno, en relación con la publicación de los presupuestos y las
cuentas anuales, al no incluir estas últimas el informe de auditoría complementario de 2018 junto a
los informes de auditoría de cuentas de la Intervención General de la Administración del Estado
entre 2012 y 2018. Tampoco se incluyen los informes aprobados por el Tribunal de Cuentas relativos
a la Fundación (punto 2.79).
3.10. En la presente fiscalización se han actualizado los resultados expuestos, en relación con la
FTR, en el Informe de fiscalización de las medidas implantadas por las fundaciones del sector
público para dar cumplimiento a la normativa sobre igualdad en el ejercicio 2018, aprobado por el
Pleno del Tribunal de Cuentas el 30 de abril de 2020. Así, el Plan de igualdad de la Fundación ha
sido aprobado por la Comisión Ejecutiva el 20 de enero de 2020 y por el Patronato el 11 de febrero
de 2020. También en 2020 se han organizado cursos de formación sobre la igualdad de trato y
oportunidades entre mujeres y hombres y se ha aprobado un Protocolo de Acoso Sexual. Asimismo,
se han establecido criterios de desempate con preferencia para el sexo menos representado en
cuatro procesos de selección de personal convocados en el ejercicio 2021, si bien la FTR continúa
sin disponer de una metodología de evaluación del desempeño del personal, como fórmula objetiva
y reglada para acceder a puestos de promoción interna y evitar con ello situaciones de
discriminación (puntos 2.80 a 2.84).
III.3. SOBRE LOS SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN
3.11. La FTR no cuenta con un procedimiento escrito que regule el proceso de compra de los activos
desde la orden de compra hasta su activación. No obstante, analizada una muestra representativa
del 14,14 % del importe total de compras de los ejercicios 2018 y 2019, en la que se ha examinado
la documentación justificativa de todo el proceso, desde que el departamento ordenante hace una
solicitud de compra hasta el registro en contabilidad y el alta en inventario, se ha comprobado que
todas las operaciones han sido soportadas y registradas (punto 2.86).
3.12. Se ha observado que en algunos convenios de patrocinio y acuerdos de colaboración, en los
que una parte de la contribución del patrocinador se debía efectuar a través de la publicación de
inserciones publicitarias, si bien la publicidad se había realizado, no constaba dicha prestación del
servicio en contabilidad, no habiéndose recibido en el Departamento económico financiero la factura
ni la documentación justificativa. Esta situación ha provocado que, como se ha señalado en el punto
2.23 de este Informe, en contabilidad figuren registrados activos por deudas, por importe de 78.212
euros, para las que se habría prestado el servicio correspondiente, pero cuyo gasto de publicidad
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 55
no había sido registrado, lo que supone una deficiencia del control interno provocado por un
problema de comunicación entre los departamentos implicados (punto 2.94).
3.13. En el ejercicio 2018 hubo gastos con trascendencia monetaria, por un importe total de 832.620
euros, que no se incluyeron en la liquidación del presupuesto. La inclusión de estos gastos habría
significado que la liquidación del presupuesto de 2018 presentada al Patronato, que arrojaba un
resultado positivo de 15.934 euros, habría presentado un resultado negativo de 816.686 euros
(punto 2.106).
3.14. La Fundación no dispone de un manual de procedimientos que regule la aprobación, el
desarrollo, la gestión y el control de los planes de actuación, si bien se realiza un seguimiento
mensual de los presupuestos en la Comisión Ejecutiva (punto 2.119).
3.15. En la liquidación del plan de actuación de 2018, los ingresos efectivamente realizados en el
conjunto de todas las producciones superaron en un 2,62 % a los presupuestados, mientras que los
gastos reales fueron un 4,65 % superiores al importe previsto. El resultado global obtenido
(diferencia entre los ingresos y gastos reales) fue inferior al presupuestado (diferencia entre ingresos
y gastos presupuestados) en un 10,06 %. No obstante, hay que tener en cuenta que en tres óperas
no fueron incluidos, entre los gastos registrados en la liquidación, los correspondientes a la compra
de determinados elementos de producción, por un importe total de 696.066 euros. En consecuencia,
el resultado positivo del ejercicio 2018 referido al conjunto de todas las producciones, que en la
liquidación del plan de actuación de 2018 figura por 2.533.016 euros, debería haber ascendido a
1.836.950 euros. Y, en consecuencia, el resultado positivo obtenido habría sido inferior al
presupuestado en un 46,23 % (puntos 2.120 a 2.124).
3.16. Por lo que se refiere a la liquidación del plan de actuación de 2019, los ingresos realizados
fueron ligeramente superiores a los presupuestados (un 0,03 %) y los gastos reales ligeramente
inferiores a los previstos (un 0,54 %). En su conjunto, el resultado positivo real, que se elevó a
3.831.654 euros, fue superior al presupuestado en un 2,95 %, porcentaje de desviación
notablemente inferior al registrado en el ejercicio 2018 (puntos 2.125 a 2.127).
3.17. En el análisis de una muestra representativa de las producciones de 2018 y 2019 se ha puesto
de manifiesto que hay una deficiente coordinación para la elaboración presupuestaria entre la
Dirección artística (DA) y la Dirección técnica de la FTR, limitándose esta a la realización de un
control de gastos realizados que parten de un presupuesto inicial que difiere del que originalmente
prevé la DA. Esta forma de actuar no parece que facilite el seguimiento de la ejecución
presupuestaria de los gastos y complica el control interno de la gestión de las producciones, tanto
de manera individualizada como global (puntos 2.128 a 2.151).
3.18. En conjunto, los efectivos destinados en la Secretaría General, que constituyen la estructura
de administración de la FTR, suponen solo el 7 % del total de efectivos de la Entidad (tomando
datos de diciembre de 2020), frente a un 92 % del personal dedicado a funciones técnicas, de
patrocinio, de promoción y marketing, y de comunicación. Si se consideran, además, las vacantes
sin cubrir y la temporalidad de determinados puestos, las dotaciones actuales de la Secretaría
General se estiman insuficientes para la carga de trabajo asumida por sus departamentos. Esta
insuficiencia es el principal motivo de que la FTR no pueda poner en práctica unos adecuados
procedimientos de supervisión y de segregación de funciones, lo que supone la existencia de
importantes debilidades de control interno (puntos 2.152 a 2.156).
3.19. Dicha insuficiencia de personal se observa también en el Departamento de sistemas
informáticos, que cuenta en diciembre de 2020 con tres personas, lo que supone una dotación
insuficiente para poder llevar a cabo desarrollos de sistemas propios, de forma que ha de recurrir a
soluciones comerciales para las actividades de gestión de los distintos departamentos que, además,
con carácter general no se encuentran integradas. Esta situación puede dar lugar a riesgos
relacionados con la seguridad de la información. La FTR no ha realizado la adaptación de los
sistemas de información al ENS, por lo que no dispone de una política de seguridad formalmente
56 Tribunal de Cuentas
aprobada ni del preceptivo documento de seguridad. Tampoco se tiene constancia del
nombramiento de responsables de la información ni del delegado de datos, previstos en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales (punto 2.157 a 2.164).
III.4. SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO PARA LA CELEBRACIÓN DEL 200º
ANIVERSARIO DEL TEATRO REAL Y DEL VIGÉSIMO ANIVERSARIO DE LA REAPERTURA
DEL TEATRO REAL
3.20. Se ha analizado la ejecución por la FTR del Convenio de colaboración firmado el 21 de mayo
de 2015 entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid y la Fundación del
Teatro Real, cuyo objeto era designar la Comisión de gobierno del acontecimiento de excepcional
interés público 200º aniversario del Teatro Real y vigésimo aniversario de la reapertura del Teatro
Real”. A efectos económicos, se estableció que el Teatro Real asumiría todos los ingresos y gastos
producidos por la celebración del Bicentenario, integrándose en sus presupuestos anuales
aprobados por el Patronato. Se ha comprobado la liquidación de los ingresos y gastos del
Bicentenario, a partir de una muestra de los ingresos y gastos de 2018 y 2019 imputados a dicha
liquidación, habiéndose comprobado que han sido correctamente imputados a la misma y que están
adecuadamente reflejados en las cuentas de la FTR de dichos ejercicios. Los ingresos y gastos
imputados a dicha liquidación en el periodo de celebración del Bicentenario, de 2015 a 2019, han
ascendido a 18.091.215 euros (puntos 2.165 a 2.171).
III.5. SOBRE EL SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
Y DE LA RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA RELATIVAS AL INFORME DE
FISCALIZACIÓN DE LA FUNDACIÓN DEL TEATRO REAL, EJERCICIO 2012, PENDIENTES DE
SU CUMPLIMIENTO TOTAL O PARCIAL A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
III.5.1. Recomendaciones del Tribunal de Cuentas
3.21. Tres recomendaciones formuladas en el Informe de fiscalización de la FTR referido al ejercicio
2012 se encontraban pendientes de cumplimiento total o parcial a 31 de diciembre de 2017, según
el Informe de seguimiento de recomendaciones aprobado por el Tribunal el 20 de diciembre de
2018. En relación con la primera, relativa a la adopción de medidas para evitar el progresivo
deterioro de los fondos propios entre 2012 y 2017, se ha comprobado que la política de aumento
de los ingresos y de contención de los gastos ha generado unos resultados positivos en 2018 y
2019 por importes de 118.630 y 53.487 euros, respectivamente, por lo que la recomendación se
considera cumplida totalmente. Por lo que se refiere a la segunda, relativa a la adopción de medidas
para equilibrar el presupuesto de la Fundación evitando las desviaciones producidas, en el ejercicio
2018 han continuado dichas desviaciones, disminuyendo en 2019, por lo que se considera cumplida
parcialmente. Por último, la recomendación de que los expedientes de contratación incluyan los
documentos contables que acrediten la existencia de crédito, así como los documentos de recepción
de los bienes o servicios recibidos, se considera no cumplida (puntos 2.172 a 2.175).
III.5.2. Resolución de la Comisión Mixta
3.22. Los cuatro puntos de la Resolución de la Comisión Mixta Congreso-Senado para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, de 10 de marzo de 2015, referida al Informe de fiscalización
de la FTR, ejercicio 2012, que se encontraban pendientes de cumplimiento total o parcial a 31 de
diciembre de 2017, según el citado Informe de seguimiento de recomendaciones, se consideran
cumplidos en el periodo temporal de la presente fiscalización (puntos 2.176 a 2.179).
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 57
IV. RECOMENDACIONES
4.1. La Fundación debería disponer de un procedimiento en el que se establezcan criterios
homogéneos, de forma única y uniforme para todas las producciones, del registro contable de
ingresos y gastos y, en particular, en relación a la valoración de sus escenografías y el deterioro de
las mismas.
4.2. Se recomienda que la Fundación establezca por escrito el procedimiento de la función de
compras, donde consten las responsabilidades, deberes y delegaciones en materia de compras, así
como la comunicación de funciones a todos los departamentos involucrados, además de recoger
los controles específicos establecidos.
4.3. La Fundación debería actualizar el manual del procedimiento de venta de entradas, para
adecuarlo a los cambios producidos en el sistema desde mediados de 2018.
4.4. La Fundación debería proceder a regularizar la situación contractual respecto a la cesión del
uso del inmueble “El Campillo”.
4.5. La Fundación debería establecer medidas de seguimiento de los convenios, especialmente en
aquellos en los que las contraprestaciones en especie son inserciones publicitarias, y medidas de
fortalecimiento del control interno entre los departamentos implicados, Comunicación y Marketing y
Departamento económico financiero.
4.6. La Fundación debería disponer de un manual en el que se establezcan los procedimientos de
aprobación, desarrollo, gestión y control de los presupuestos y de los planes de actuación.
4.7. Se recomienda a la Fundación que considere la necesidad de incrementar las dotaciones de
personal de la Secretaría General, que se estiman insuficientes para la carga de trabajo asumida
por sus departamentos. Ello podría contribuir a la mejora del control interno de su actividad y a una
mayor segregación de funciones.
Madrid, 27 de julio de 2021
LA PRESIDENTA
María José de la Fuente y de la Calle
ANEXOS
RELACIÓN DE ANEXOS
Anexo I: Balance de situación. Activo
Anexo II: Balance de situación. Patrimonio Neto y Pasivo
Anexo III: Cuenta de Resultados
Anexo IV: Muestra de Convenios
Anexo V: Liquidación del presupuesto de ingresos 2018-2019
Anexo VI: Liquidación del presupuesto de gastos 2018-2019
Anexo VII: Liquidación cierre de producciones 2018
Anexo VIII: Liquidación cierre de producciones 2019
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 63
ANEXO I
BALANCE DE SITUACIÓN. ACTIVO
(euros)
ACTIVO
31.12.2019
31.12.2018
Variación 2019-
2018
%
A) ACTIVO NO CORRIENTE
115.346.697,09
118.516.972,03
-3.170.274,94
-2,67
I. Inmovilizado intangible
111.744.019,50
114.708.167,85
-2.964.148,35
-2,58
5. Aplicaciones informáticas
901.228,79
482.399,83
418.828,96
86,82
6. Derechos sobre bienes cedidos en uso
110.842.790,71
114.225.768,02
-3.382.977,31
-2,96
III. Inmovilizado material
3.602.677,59
3.808.804,18
-206.126,59
-5,41
2. Instalaciones técnicas y otro inmovilizado material
3.602.677,59
3.808.804,18
-206.126,59
-5,41
B) ACTIVO CORRIENTE
17.871.186,55
22.506.425,40
-4.635.238,85
-20,60
II. Existencias
3.325.548,86
3.836.721,15
-511.172,29
-13,32
2. Materias primas y otros aprovisionamientos
1.043.970,74
1.642.970,36
-598.999,62
-36,46
5. Productos terminados
2.281.578,12
2.193.750,79
87.827,33
4,00
III. Usuarios y otros deudores de la actividad propia
5.877.035,45
8.924.651,98
-3.047.616,53
-34,15
IV. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar
2.542.812,74
4.642.185,88
-2.099.373,14
-45,22
1. Clientes por ventas y prestaciones de servicios
2.293.514,62
3.817.652,86
-1.524.138,24
-39,92
3. Deudores varios
241.995,09
823.307,78
-581.312,69
-70,61
4. Personal (anticipo remuneraciones)
2.399,64
1.225,24
1.174,40
95,85
6. Otros créditos con las Administraciones Públicas
4.903,39
4.903,39
VI. Inversiones financieras a corto plazo
227.025,89
160.929,39
66.096,50
41,07
5. Otros activos financieros
227.025,89
160.929,39
66.096,50
41,07
VII. Periodificaciones a corto plazo
12.152,60
0,00
12.152,60
VIII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes
5.886.611,01
4.941.937,00
944.674,01
19,12
1. Tesorería
5.886.611,01
4.941.937,00
944.674,01
19,12
TOTAL ACTIVO (A + B)
133.217.883,64
141.023.397,43
-7.805.513,79
-5,53
64 Tribunal de Cuentas
ANEXO II
BALANCE DE SITUACIÓN. PATRIMONIO NETO Y PASIVO
(euros)
PASIVO
31.12.2019
31.12.2018
VARIACIÓN
2019-2018
%
A) PATRIMONIO NETO
115.056.533,92
120.166.714,06
-5.110.180,14
-4,25
A-1) Fondos propios
-120.447,00
-173.934,25
53.487,25
-30,75
I. Dotación fundacional
16.579,64
16.579,64
0,00
II. Reservas
228.295,17
228.295,17
0,00
III. Excedentes de ejercicios anteriores
-418.809,06
-537.438,70
118.629,64
1. Remanente
16.486,15
16.486,15
0,00
2. Excedentes negativos de ejercicios anteriores
-435.295,21
-553.924,85
118.629,64
-22,07
IV. Excedentes del ejercicio
53.487,25
118.629,64
-65.142,39
-54,91
A-3) Subvenciones, donaciones y legados
recibidos
115.176.980,92
120.340.648,31
-5.163.667,39
-4,29
I Subvenciones
113.700.254,72
117.409.328,54
-3.709.073,82
-3,16
II Donaciones y legados
1.476.726,20
2.931.319,77
-1.454.593,57
-49,62
B) PASIVO NO CORRIENTE
124.054,06
132.291,49
-8.237,43
-6,23
I. Provisiones a largo plazo
124.054,06
132.291,49
-8.237,43
-6,23
C) PASIVO CORRIENTE
18.037.295,66
20.724.391,88
-2.687.096,22
-12,97
I. Provisiones a corto plazo
311.855,00
296.487,05
15.367,95
5,18
III. Deudas a corto plazo
1.781.676,59
971.307,50
810.369,09
83,43
VI. Acreedores comerciales y otras cuentas a
pagar
5.384.857,59
8.588.578,74
-3.203.721,15
-37,30
3. Acreedores varios
4.420.618,67
7.188.744,10
-2.768.125,43
-38,51
4. Personal (remuneraciones pendientes de pago)
37.301,97
280.210,21
-242.908,24
-86,69
6. Otras deudas con las Administraciones Públicas
926.936,95
1.119.624,43
-192.687,48
-17,21
VI. Periodificaciones a corto plazo
10.558.906,48
10.868.018,59
-309.112,11
-2,84
TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A + B + C)
133.217.883,64
141.023.397,43
-7.805.513,79
-5,53
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 65
ANEXO III
CUENTA DE RESULTADOS
(euros)
CUENTA DE RESULTADOS
31.12.2019
31.12.2018
VARIACIÓN %
1.- Ingresos de la entidad por la actividad
propia
28.597.634,48
31.179.591,27
-8,28
c.- Ingresos de patrocinadores y colaboraciones
13.904.834,48
16.718.777,25
-16,83
d.- Subvenciones imputadas al excedente del
ejercicio
14.692.800,00
14.271.381,79
2,95
e.- Donaciones y legados imputados al
excedente del ejercicio
189.432,23
-100,00
2.- Ventas y otros ingresos de la actividad
mercantil
28.042.193,30
29.527.352,28
-2,21
a.- Ventas
24.004.548,94
24.973.372,25
-3,88
b.- Otros ingresos ordinarios de la actividad
mercantil
4.037.644,36
4.553.980,03
9,01
4.- Variación existencias de productos
terminados
87.827,33
1.328.698,33
-93,39
a.- Variación de existencias
772.837,15
1.938.951,60
-60,14
b.- Deterioro de existencias
-685.009,82
-610.253,27
12,25
6.- Aprovisionamientos
-1.813.215,13
-2.799.171,47
-6,98
a.- Aprovisionamientos
-1.214.215,51
-3.062.846,88
-60,36
b.- Variación de existencias
-598.999,62
263.675,41
-327,17
8.- Gastos de personal
-20.475.283,97
-19.087.489,58
7,27
a.- Sueldos y salarios
-16.751.484,25
-15.378.886,12
8,93
b.- Cargas sociales
-3.723.799,72
-3.661.521,59
1,70
c.- Provisiones
-47.081,87
-100,00
9.- Otros gastos de explotación
-33.890.423,95
-39.387.864,65
-13,96
a.- Servicios exteriores
-33.859.607,85
-39.459.080,82
-14,19
b.- Tributos
19.045,84
100,00
c.- Pérdidas, deterioros y variación de
provisiones
-49.861,94
71.216,17
-170,01
10.- Amortización del inmovilizado
-4.077.190,07
-4.311.603,65
-5,44
11.- Imputación de bienes recibidos
3.652.971,03
3.658.617,11
-0,15
13.- Deterioro y resultado por enajenación del
inmovilizado
7.928,84
10.500,00
-24,49
15.- Otros resultados
-78.954,61
0,00
-100,00
A.1.- EXCEDENTE DE LA ACTIVIDAD
53.487,25
118.629,64
-54,91
A.3.- RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS
53.487,25
118.629,64
-54,91
A.5.- VARIACIÓN DEL PATRIMONIO NETO
RECONOCIDA EN EL EXCEDENTE DEL
EJERCICIO
53.487,25
118.629,64
-54,91
66 Tribunal de Cuentas
ANEXO IV
MUESTRA DE CONVENIOS
(euros)
Tipo
Entidad patrocinadora
Fecha convenio
Importe total del
convenio
Imputación
2018
Imputación
2019
Monetario
(Bicentenario)
Telecomunicaciones
18/12/2018
1.190.000
390.000
650.000
Monetario
(Bicentenario)
Gestor aeroportuario
19/12/2018
551.591
39.324
185.000
Monetario
Financiero
14/02/2019
34.993
11.664
23.329
Monetario
Fundación
28/06/2018
58.296
10.718
21.436
Monetario
Tabacalera
03/12/2018
80.000
21.784
Monetario
Gestión agua y residuos
02/09/2019
45.000
11.370
Monetario
Alimentación
23/10/2018
126.003
126.003
Monetario
Fundación
02/07/2018
256.452
150.000
Monetario
Consultoría
23/10/2019
136.264
110.000
Monetario
Discográfica
01/08/2019
75.000
75.000
Patrocinio en
especie
Información y
comunicaciones
24/01/2018
265.000
188.082
Patrocinio en
especie
Información y
comunicaciones
20/11/2018
1.014.071
136.554
Patrocinio en
especie
Información y
comunicaciones
14/06/2016
Inserciones
publicitarias
Patrocinio en
especie
Transporte aéreo
01/09/2018
Inserciones
publicitarias
Patrocinio en
especie
Transporte aéreo
23/05/2016
Inserciones
publicitarias
Patrocinio en
especie
Transporte aéreo
01/12/2018
Inserciones
publicitarias
Patrocinio en
especie
Información y
comunicaciones
01/05/2017
Inserciones
publicitarias
Total analizado
915.791
1.234.473
Ingresos
patrocinio
16.718.777
13.904.834
% analizado
5,48
8,88
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 67
ANEXO V
LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS 2018-2019
(euros)
PRESUPUESTO 2018
PRESUPUESTO 2019
OPERACIONES DE FUNCIONAMIENTO
PRESUPUESTO
CIERRE
DIFERENCIA
%
PRESUPUESTO
CIERRE
DIFERENCIA
%
1. INGRESOS POR LA ACTIVIDAD PROPIA
26.633.609
31.216.648
4.583.039
17,21
27.604.194
29.163.856
1.559.662
5,65
a) Ingresos de patrocinadores
12.523.370
16.963.848
4.440.478
35,46
12.911.394
14.471.056
1.559.662
12,08
a.1.- Aportaciones de patrocinadores
8.041.902
7.833.316
-208.586
-2,59
7.355.887
7.524.645
168.759
2,29
a.2.- Aportaciones específicas
700.000
1.089.234
389.234
55,60
1.015.244
951.670
-63.573
-6,26
a.3.- Junta de amigos del Real
350.000
226.000
-124.000
-35,43
320.000
226.000
-94.000
-29,38
a.4.- Nuevos patrocinadores
400.000
296.000
-104.000
-26,00
300.000
243.333
-56.667
-18,89
a.5.- Nuevos patrocinadores Bicentenario
400.000
1.445.990
1.045.990
261,50
a.6.- Aportaciones en especie
1.500.000
4.652.956
3.152.956
210,20
2.000.000
3.776.168
1.776.168
88,81
a.7.- Círculos de Embajadores
14.000
12.000
-2.000
-14,29
12.000
5.500
-6.500
-54,17
a.8.- Galas
200.000
185.094
-14.906
-7,45
250.000
353.250
103.250
41,30
a.9.- Consejo Internacional
517.468
510.391
-7.077
-1,37
600.000
462.700
-137.300
-22,88
a.10.- Donaciones Proyecto Social
10.000
5.310
-4.690
-46,90
10.000
3.156
-6.844
-68,44
a.11.- Otras donaciones (FATR)
250.000
400.000
150.000
60,00
500.000
500.000
0
0,00
a.12.- Otras donaciones (AHCES)
80.000
65.000
-15.000
-18,75
80.000
65.000
-15.000
-18,75
a.13.-Donaciones WOF
87.326
87.326
a.14.- Donaciones Conciertos coproducidos con otras instituciones
60.000
60.000
0
0,00
401.364
193.164
-208.200
-51,87
a.15.-Flamenco
95.231
95.231
66.900
166.470
99.570
148,83
b) Subvenciones
14.110.239
14.252.800
142.561
1,01
14.692.800
14.692.800
0
0,00
b.1.- Ministerio de Cultura y Deporte
9.892.800
9.892.800
0
0,00
9.892.800
9.892.800
0
0,00
b.2.- Comunidad de Madrid
3.558.144
3.700.000
141.856
3,99
3.800.000
3.800.000
0
0,00
b.3.- Ayuntamiento de Madrid
659.295
660.000
705
0,11
1.000.000
1.000.000
0
0,00
2.- VENTAS
25.627.109
25.448.651
-178.458
-0,70
24.178.438
24.300.653
122.215
0,51
3.- OTROS INGRESOS
2.462.992
2.529.096
66.104
2,68
2.953.342
2.969.519
16.177
0,55
4.- FONDO RESERVA BICENTENARIO
800.000
562.251
-237.749
-29,72
TOTAL INGRESOS
55.523.710
59.756.646
4.232.936
7,62
54.735.974
56.434.029
1.698.055
3,10
68 Tribunal de Cuentas
ANEXO VI
LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS 2018-2019
(euros)
PRESUPUESTO 2018
PRESUPUESTO 2019
OPERACIONES DE FUNCIONAMIENTO
PRESUPUESTO
REALIZADO
DIFERENCIA
%
PRESUPUESTO
REALIZADO
DIFERENCIA
%
1- GASTOS DE PERSONAL
13.933.129
13.508.203
424.926
3,05
14.490.037
14.076.398
413.639
2,85
2- GASTOS DE GESTIÓN
6.832.699
7.344.439
-511.741
-7,49
6.356.750
7.627.265
-1.270.515
-19,99
2.1.- GASTOS OFICINA TÉCNICA
469.532
516.520
-46.988
-10,0
418.981
487.423
-68.442
-16,34
2.2- GASTOS DPTO INFRAESTRUCTURAS
2.918.697
3.147.891
-229.194
-7,85
3.050.324
3.311.455
-261.132
-8,56
2.3 - GASTOS DPTO INFORMÁTICA
517.334
436.465
80.869
15,63
500.000
511.025
-11.025
-2,21
2.4- GASTOS GABINETE COMUNICACIÓN
396.654
330.480
66.174
16,68
318.000
348.712
-30.712
-9,66
2.5.- GASTOS DPTO. EDICIONES
243.604
215.466
28.138
11,55
184.790
163.782
21.008
11,37
2.6.- GASTOS ADMINISTRACIÓN GENERAL
2.286.878
2.697.618
-410.740
-17,96
1.884.655
2.804.867
-920.212
-48,83
3- PATROCINIO RECIBIDO EN ESPECIE
1.839.099
5.371.381
-3.532.282
-192,07
2.420.400
4.423.821
-2.003.421
-82,77
4- GASTO DE ORQUESTA Y CORO
10.755.677
10.758.974
-3.297
-0,03
10.880.314
10.890.546
-10.232
-0,09
5- GASTO DE PRODUCCIONES
21.509.860
22.224.579
-714.720
-3,32
20.037.698
19.607.230
430.468
2,15
5.1. Gastos directos de Producciones
20.095.571
21.060.401
-964.830
-4,80
18.540.130
18.517.587
22.543
0,12
5.2. Gastos directos de El Real Junior
255.154
236.001
19.153
7,51
336.568
256.955
79.614
23,65
5.3. Festival universal
1.000.000
715.697
284.303
28,43
800.000
600.681
199.319
24,91
5.4. Concierto Coproducciones
59.135
46.717
12.418
21,00
291.000
130.183
160.817
55,26
5.5. Gira, alquiler y ventas de producciones
100.000
165.764
-65.764
-65,76
70.000
101.825
-31.825
-45,46
6- OTROS GASTOS DE PRODUCCIONES
303.911
328.893
-24.982
-8,22
281.400
201.029
80.371
28,56
7- EQUIPAMIENTO
319.328
204.243
115.085
36,04
269.375
261.400
7.975
2,96
8- FONDO DE RESERVAS
30.008
30.008
100,00
9-MEJORA PRORRATA DE IVA
-774.246
774.246
TOTAL PRESUPUESTO
55.523.710
59.740.712
-4.217.003
-7,59
54.735.974
56.313.443
-1.577.469
-2,88
GASTOS NO INCLUIDOS EN LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO:
832.620
2.2- GASTOS DEPARTAMENTO INFRAESTRUCTURAS
cuenta contable 3.162.231.008 " Repuestos de teatro"
136.554
5- GASTO DE PRODUCCIONES
cuenta contable 3.060.002 " Compra de elementos de producción"
696.066
TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS (AJUSTADO)
55.523.710
60.573.332
-5.049.622
54.735.974
56.313.443
-1.577.469
CIERRE PRESUPUESTO DE INGRESOS
55.523.710
59.756.646
4.232.936
54.735.974
56.434.029
1.698.055
RESULTADO AJUSTADO
-816.686
9.282.558
0
120.586
3.275.523
Fundación del Teatro Real, FSP, Ejercicios 2018 y 2019 69
ANEXO VII
LIQUIDACIÓN CIERRE DE PRODUCCIONES 2018
(euros)
TÍTULO
INGRESOS TAQUILLA
GASTOS DIRECTOS
INGRESOS - GASTOS / Efectos sobre el presupuesto
Presupuesto
Realizado
Diferencia
%
Presupuesto
Realizado
Diferencia
%
Presupuestados
Realizados
Diferencia
%
ÓPERAS
LA BOHEME
910.850,88
892.094,59
-18.756,29
-2,06
569.803,67
574.884,04
5.080,37
0,89
341.047,21
317.210,55
-23.836,66
-6,99
DEAD MAN WALKING
1.033.048,72
955.205,29
-77.843,43
-7,54
1.194.277,69
1.108.181,09
-86.096,60
-7,21
-161.228,97
-152.975,80
8.253,17
-5,12
AÍDA
3.216.218,29
3.399.353,18
183.134,89
5,69
2.650.822,90
2.799.408,63
148.585,73
5,61
565.395,38
599.944,55
34.549,17
6,11
GLORIANA
1.545.007,52
1.371.920,92
-173.086,60
-11,20
2.244.141,78
2.329.266,19
85.124,41
3,79
-699.134,26
-957.345,27
-258.211,01
36,93
STREET SCENE
1.743.960,20
1.598.918,00
-145.042,20
-8,32
1.822.074,03
1.950.041,98
127.967,95
7,02
-78.113,83
-351.123,98
-273.010,15
349,50
DIE SOLDATEN
1.171.818,83
1.126.108,97
-45.709,86
-3,90
1.782.263,00
1.815.673,81
33.410,81
1,87
-610.444,17
-689.564,84
-79.120,67
12,96
LUCIA DI LAMMERMOOR
2.605.928,36
2.631.084,33
25.155,97
0,97
1.555.294,47
1.666.818,63
111.524,16
7,17
1.050.633,89
964.265,70
-86.368,19
-8,22
FAUST
2.373.732,93
2.404.112,45
30.379,52
1,28
1.992.599,88
2.095.923,06
103.323,18
5,19
381.133,05
308.189,39
-72.943,66
-19,14
ONLY THE SOUND REMAINS
1.148.506,15
1.094.790,62
-53.715,53
-4,68
1.055.492,09
898.970,88
-156.521,21
-14,83
93.014,06
195.819,74
102.805,68
110,53
TURANDOT
3.391.539,82
3.921.873,00
530.333,18
15,64
2.930.726,15
3.055.718,11
124.991,96
4,26
460.813,67
866.154,89
405.341,22
87,96
TOTAL ÓPERAS
19.140.611,70
19.548.652,17
408.040,47
2,13
17.797.495,66
18.294.886,42
497.390,76
2,79
1.343.116,04
1.253.765,75
-89.350,29
-6,65
ÓPERAS EN VERSIÓN CONCIERTO
ARIODANTE
118.088,04
151.372,62
33.284,58
28,19
108.141,41
90.622,08
-17.519,33
-16,20
9.946,63
60.750,54
50.803,91
510,77
THAÏS
276.964,62
317.598,62
40.634,00
14,67
159.994,65
154.790,78
-5.203,87
-3,25
116.969,97
162.807,84
45.837,87
39,19
TOTAL ÓPERAS EN CONCIERTO
395.052,66
468.971,24
73.918,58
18,71
268.136,06
245.412,86
-22.723,20
-8,47
126.916,60
223.558,38
96.641,78
76,15
BALLET
DRESDEN FRANKURT DANCE
COMPANY
184.528,29
201.481,00
16.952,71
9,19
208.534,94
129.003,74
-79.531,20
-38,14
-24.006,65
72.477,26
96.483,91
401,90
THE ROYAL BALLET (EL LAGO DE
LOS CISNES)
994.800,48
1.201.607,68
206.807,20
20,79
811.756,06
845.727,84
33.971,78
4,18
183.044,42
355.879,84
172.835,42
94,42
EIN DEUTSCHES REQUIEM
356.370,08
343.412,20
-12.957,88
-3,64
345.486,33
269.292,00
-76.194,33
-22,05
10.883,75
74.120,20
63.236,45
581,02
EL CASCANUECES CND
666.681,12
724.064,60
57.383,48
8,61
225.349,33
269.070,02
43.720,69
19,40
441.331,79
454.994,58
13.662,79
3,10
TOTAL BALLET
2.202.379,97
2.470.565,48
268.185,51
12,18
1.591.126,66
1.513.093,60
-78.033,06
-4,90
611.253,31
957.471,88
346.218,57
56,64
TOTAL CONCIERTOS
1.096.307,64
967.887,11
-128.420,53
-11,71
966.782,40
804.051,78
-162.730,62
-16,83
129.525,24
163.835,33
34.310,09
26,49
TOTAL ACTIVIDAD PEDAGÓGICA
270.162,44
317.672,60
47.510,16
17,59
255.154,01
236.001,30
-19.152,71
-7,51
15.008,43
81.671,30
66.662,87
444,17
TOTAL ACTIVIDADES,
COLABORACIONES Y FUERA DE
PROGRAMA
62.594,60
124.867,00
62.272,40
99,49
122.029,88
202.956,32
80.926,44
66,32
-59.435,28
-78.089,32
-18.654,04
31,39
BOLSA AHORRO
0,00
-650.000,00
650.000,00
-100,00
650.000,00
0,00
-650.000,00
100,00
DEVOLUCIÓN HUELGA 8 MARZO
AÍDA
-69.197,35
-69.197,35
0,00
0,00
-69.197,35
-69.197,35
0,00
TOTAL GENERAL I
23.167.109,01
23.829.418,25
662.309,24
2,86
20.350.724,67
21.296.402,28
945.677,61
4,65
2.816.384,34
2.533.015,97
-283.368,37
-10,06
DESCUENTO 5%
350.000,00
-350.000,00
-100,00
0,00
350.000,00
0,00
-350.000,00
100,00
SUBIDA SEPT-DIC
250.000,00
-250.000,00
-100,00
0,00
250.000,00
0,00
-250.000,00
100,00
TOTAL GENERAL II
23.767.109,01
23.829.418,25
62.309,24
0,26
20.350.724,67
21.296.402,28
945.677,61
4,65
3.416.384,34
2.533.015,97
-883.368,37
-25,86
70 Tribunal de Cuentas
ANEXO VIII
LIQUIDACIÓN CIERRE DE PRODUCCIONES 2019
(euros)
TÍTULO
INGRESOS TAQUILLA
GASTOS DIRECTOS
INGRESOS - GASTOS / Efectos sobre el presupuesto
Presupuesto
Realizado
Diferencia
%
Presupuesto
Realizado
Diferencia
%
Presupuestados
Realizados
Diferencia
%
ÓPERAS
DAS RHEINGOLD
1.297.236,52
1.386.197,19
88.960,67
6,86
1.792.005,18
1.811.731,18
19.726,00
1,10
-494.768,66
-425.533,99
69.234,67
-13,99
IDOMENEO
1.511.562,36
1.578.491,21
66.928,85
4,43
1.738.350,92
1.784.438,49
46.087,57
2,65
-226.788,56
-205.947,28
20.841,28
-9,19
LA CALISTO
1.451.008,67
1.381.260,66
-69.748,01
-4,81
1.842.858,57
1.757.631,10
-85.227,47
-4,62
-391.849,90
-376.370,44
15.479,46
-3,95
FALSTAFF
1.989.224,03
2.039.297,92
50.073,89
2,52
1.869.563,79
1.796.089,36
-73.474,43
-3,93
119.660,24
243.208,56
123.548,32
103,25
CAPRICCIO
1.562.520,00
1.498.553,00
-63.967,00
-4,09
1.901.283,30
1.829.707,29
-71.576,01
-3,76
-338.763,30
-331.154,29
7.609,01
-2,25
IL TROVATORE
2.752.387,00
2.679.251,00
-73.136,00
-2,66
2.030.897,33
1.952.648,14
-78.249,19
-3,85
721.489,67
726.602,86
5.113,19
0,71
DON CARLO
2.709.248,26
2.652.225,12
-57.023,14
-2,10
2.298.837,21
2.238.283,42
-60.553,79
-2,63
410.411,05
413.941,70
3.530,65
0,86
ELIXIR DE AMORE
2.242.704,67
2.179.127,20
-63.577,47
-2,83
1.044.684,29
972.772,76
-71.911,53
-6,88
1.198.020,38
1.206.354,44
8.334,06
0,70
IL PIRATA
2.597.729,15
2.519.947,74
-77.781,41
-2,99
1.530.790,35
1.465.295,41
-65.494,94
-4,28
1.066.938,80
1.054.652,33
-12.286,47
-1,15
TOTAL ÓPERAS
18.113.620,66
17.914.351,04
199.269,62
-1,10
16.049.270,94
15.608.597,15
440.673,79
-2,75
2.064.349,72
2.305.753,89
241.404,17
11,69
ÓPERAS EN
VERSIÓN
CONCIERTO
AGRIPPINA V.C.
154.140,38
159.984,70
5.844,32
3,79
126.224,92
111.396,04
-14.828,88
-11,75
27.915,46
48.588,66
20.673,20
74,06
GIOVANNA
D´ARCO
660.896,00
646.301,00
-14.595,00
-2,21
365.846,75
339.683,04
-26.163,71
-7,15
295.049,25
306.617,96
11.568,71
3,92
LA PESTE
(CANCELADA)
0,00
63.608,32
53.887,66
-9.720,66
-15,28
-63.608,32
-53.887,66
9.720,66
-15,28
TOTAL ÓPERAS
EN VERSIÓN
CONCIERTO
815.036,38
806.285,70
-8.750,68
-1,07
555.679,99
504.966,74
-50.713,25
-9,13
259.356,39
301.318,96
41.962,57
16,18
BALLET
BALLET ÓPERA
NACIONAL DE
PARIS
658.153,68
798.916,34
140.762,66
21,39
525.534,17
519.908,08
-5.626,09
-1,07
132.619,51
279.008,26
146.388,75
110,38
SASHA
WALTZ_DIDO &
ENEAS
734.407,40
797.560,17
63.152,77
8,60
584.894,81
552.877,25
-32.017,56
-5,47
149.512,59
244.682,92
95.170,33
63,65
VICTOR ULLATE
BALLET
73.615,45
95.902,80
22.287,35
30,28
36.928,56
38.951,80
2.023,24
5,48
36.686,89
56.951,00
20.264,11
55,24
ENGLISH
NATIONAL BALLET
- GISELLE
653.886,95
752.341,48
98.454,53
15,06
516.455,33
443.037,99
-73.417,34
-14,22
137.431,62
309.303,49
171.871,87
125,06
BALLET NACIONAL
DE ESPAÑA
401.598,14
391.283,88
-10.314,26
-2,57
169.176,04
157.214,13
-11.961,91
-7,07
232.422,10
234.069,75
1.647,65
0,71
TOTAL BALLET
2.521.661,62
2.836.004,67
314.343,05
12,47
1.832.988,91
1.711.989,25
120.999,66
-6,60
688.672,71
1.124.015,42
435.342,71
63,21
TOTAL
CONCIERTOS
675.797,50
637.312,71
-38.484,79
-5,69
584.189,57
462.073,63
122.115,94
-20,90
91.607,93
175.239,08
83.631,15
91,29
TOTAL ACTIVIDAD
PEDAGÓGICA
394.412,80
319.615,75
-74.797,05
-18,96
336.568,32
256.954,70
-79.613,62
-23,65
57.844,48
62.661,05
4.816,57
8,33
TOTAL OTRAS
ACTIVIDADES Y
FUERA
PROGRAMACIÓN
77.910,00
92.626,00
14.716,00
18,89
168.000,00
229.959,96
61.959,96
36,88
-90.090,00
-137.333,96
-47.243,96
52,44
BOLSA AHORRO
0,00
-650.000,00
650.000,00
-100,00
650.000,00
0,00
-650.000,00
-100,00
TOTAL GENERAL
22.598.437,96
22.606.195,87
7.756,91
0,03
18.876.697,73
18.774.541,43
102.156,30
-0,54
3.721.740,23
3.831.654,44
109.914,21
2,95
ALEGACIONES FORMULADAS

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