SAP Tarragona 110/2007, 15 de Marzo de 2007

PonenteJAVIER HERNANDEZ GARCIA
ECLIES:APT:2007:105
Número de Recurso164/2006
ProcedimientoApelación faltas
Número de Resolución110/2007
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE TARRAGONA

SECCIÓN CUARTA

Rollo de apelación faltas nº 164/2006

Juicio Faltas núm.:357/2005

Juzgado Instrucción 1 El Vendrell

MAGISTRADO:

Javier Hernández García

S E N T E N C I A NÚM.

En Tarragona, a quince de marzo de dos mil siete.

Ha sido tramitado ante la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por Estela, representada por la Procuradora Sra. Marta López Cano, contra la sentencia de fecha 26 de enero de 2006, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de El Vendrell en Juicio de Faltas nº 357/05.

Antecedentes procedimentales

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

Primero

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:

"No queda acreditado que el día 24 de junio de 2004, sobre las 11'00 horas, se produjera un accidente entre el vehículo matrícula Y-....-YD, conducido por Cesar, y el vehículo matrícula....-PYM ".

Segundo

Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

"Que debo absolver y absuelvo libremente a Cesar de la falta que se le imputaba, con declaración de oficio de las costas causadas ".

Tercero

Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por Estela, fundamentándolo en los motivos que constan en el escrito articulando el recurso.

Cuarto

Admitido el recurso y dado traslado por diez días a las demás partes para que presentasen escritos de impugnación o adhesión, la representación procesal de Cesar solicitó la confirmación de la resolución recurrida.

Único: Se admiten como tales, los así declarados en la sentencia de instancia.

Fundamentos Jurídicos
Primero

Con un cierto desorden argumental y una no menor imprecisión conceptual, la representación de la Sra. Estela pretende la revocación de la sentencia de instancia por considerar, primero, que se han vulnerado garantías procesales y, segundo, porque el juez ha valorado de forma errónea la prueba practicada.

El primer motivo l0 funda en la imposibilidad que concurría para que la recurrente, simple usuaria del vehículo, accediera a los partes de accidente, por lo que si el Juez consideraba necesaria dicha información debería haberla solicitado a la compañía aseguradora. Por su parte, la ausencia de atestado viene dada porque, en efecto, no intervino la policía en la investigación del accidente.

El segundo motivo se asienta en que el juez no ha tomado en cuenta los elementos indiciarios concurrentes, en particular la existencia de un ofrecimiento extrajudicial de pago y de que la compañía responsable haya, durante todo el desarrollo de la causa,...

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