STSJ Murcia 517, 25 de Abril de 2006

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2006:517
Número de Recurso400/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución517
Fecha de Resolución25 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00459/2006 ROLLO Nº: RSU 0400/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a veinticinco de Abril de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por doña María , contra la sentencia número 456/05 del Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, de fecha 26 de Diciembre de 2.005, dictada en proceso número 560/05 , sobre Seguridad Social, y entablado por doña María frente a Mutua Ibermutuamur, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La actora, doña María , mayor de edad, con DNI número NUM000 , que inició proceso de incapacidad temporal por contingencias comunes en fecha 29-03-05, presentó solicitud de alta en el R.E.T.A. en fecha 08-04-05 para la actividad de "com. Menor fuera establecimiento de productos alimenticios", con opción de base mínima de cotización y cobertura de la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes con Ibermutuamur; siéndole reconocida el alta en dicho régimen mediante resolución de la T.G.S.S. de igual fecha, con efectos desde el 01-03-05. SEGUNDO.- Presentada por la actora solicitud de pago directo de la prestación de incapacidad temporal, la misma fue denegada mediante acuerdo de Ibermutuamur de fecha 28-04-05 que, obrante en autos, se da aquí por reproducido.

TERCERO

Disconforme con el anterior acuerdo, la actora interpuso reclamación previa contra el mismo que fue desestimada por otro de fecha 17-05- 05; quedando agotada la vía previa. CUARTO.- No consta informe de descubierto en el pago de cuotas, ni controversia alguna respecto del importe de la base reguladora de la prestación de incapacidad temporal objeto de esta litis." y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda planteada por doña María , frente a Ibermutuamur, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a los codemandados de los pedimentos deducidos en su contra"

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el letrado don Ramón Quiñonero Alcázar, en representación de la parte demandante, con impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora doña María presentó demanda, sobre reconocimiento de la prestación de incapacidad temporal, contra Ibermutuamur, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación de que se condene a las demandadas al pago de la...

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