STSJ Murcia 537, 9 de Mayo de 2006

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2006:537
Número de Recurso507/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución537
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00569/2006 ROLLO Nº: RSU 507/2006 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA, a nueve de mayo del dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Hugo , contra la sentencia número 51/06 del Juzgado de lo Social número Cuatro de Murcia, de fecha 14 de febrero del 2006, dictada en proceso número 612/05 , sobre ALTA MEDICA, y entablado por D. Hugo frente SACIF, S.L., UNION DE MUTUAS, SERVICIO MURCIANO DE SALUD, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO:

El demandante D. Hugo , nacido el 24-05-1966, viene trabajando para la empresa demandada SACIF, S.L., dedicada a la actividad de la construcción, con antigüedad de 28-08-2000 y categoría profesional de conductor. SEGUNDO: En fecha 8-11-2003, el demandante sufrió accidente de trabajo cuando prestaba sus servicios para la referida empresa que tuvo lugar "al subir la lona a la parte superior del camión sufrió un mareo debido al cuál perdió el equilibrio, cayendo al suelo provocándole fracturas en pierna derecha y mano", acudió a los servicios médicos de UNION DE MUTUAS, con la cuál la empresa demandada tenía cubierto el riesgo derivado de accidente de trabajo, que ese mismo día 8-11-2003 le expidieron parte de baja médica, derivada de accidente de trabajo, con el diagnóstico de "fractura de diafisis de tibia y peroné abierta"; le fue practicada intervención quirúrgica el 13-11-2003 consistente en "enclavado intramedular encerrojado"; tras sesiones de rehabilitación y radiografías de control de la fractura, el 7-07-2004 se le retira el tornillo proximal de la pierna derecha, continua con revisiones periódicas y rehabilitación; en fecha 20-11-2004 se le practica nueva intervención quirúrgica, continúa con rehabilitación de tobillo y rodilla, y tras varias revisiones médicas por especialistas en traumatología, la Mutua demandada el día 31-05-2005, le expide el alta médica con secuelas. TERCERO: Tras el alta médica la empresa demandada comunicó al demandante el inicio de las vacaciones el día 31-05- 2005 de 30 días de duración. CUARTO: El día 17-07-2005 el demandante acudió al Servicio de Urgencias del Hospital Virgen de la Vega por "dolor tobillo derecho", el resultado de la exploración física que se le practica es "tobillo derecho. Sin hallazgos", se le diagnostica "Dolor tobillo derecho inactividad mecánica", y se le prescribe analgésicos; el día 18-07-2005 acudió a los servicios médicos del Servicio Murciano de la Salud por "molestias en el tobillo", se le expide la baja médica derivada de enfermedad común y, tras rehabilitación, es dado de alta el 7-10-2005. QUINTO: En fecha 13-06-2005 la Mutua demandada formula propuesta de lesiones permanentes no invalidantes; tramitado expediente por el INSS, mediante resolución de fecha 15-12-2005 dictada por la Dirección Provincial del INSS se declaró al demandante afecto de lesiones...

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