SAP Valencia 425/2007, 9 de Julio de 2007

PonenteMARIA FE ORTEGA MIFSUD
ECLIES:APV:2007:1849
Número de Recurso390/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución425/2007
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

425/2007

ROLLO 000390/2007

SENTENCIA Nº_425

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente

D. EUGENIO SANCHEZ ALCARAZ

Magistrados/as

D.ENRIQUE EMILIO VIVES REUS

Dª Mª FE ORTEGA MIFSUD

En la ciudad de VALENCIA, a nueve de julio de dos mil siete.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma Sra. Dª. Mª FE ORTEGA MIFSUD, los autos de Juicio Ordinario, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 19 de VALENCIA, con el nº 000911/2006, por INVERSIONES PUCHGAR S.L. contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AVENIDA000 NUM000, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por INVERSIONES PUCHGAR SL representado por la Procuradora Dª. ANA GARCIA-LLACER BORT.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 19 de VALENCIA, en fecha 9-2-07, contiene el siguiente: "FALLO: Desestimando la demanda interpuesta por Dª Ana García-Llacer Bort, Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de la mercantil Inversiones Puchgar, S.L., contra la Comunidad de Propietarios del edificio sito en AVENIDA000, nº NUM000 de Valencia:

I Debo absolver y absuelvo a la demandada de la pretensión de Inversiones Puchgar S.L, de nulidad del acuerdo adoptado en Junta de Propietarios celebrada el día 4 de Mayo de 2006 y del siguiente tenor: "En cuanto a los gastos particulares que va a suponer para algunos propietarios la ejecución de las obras, tales como gastos por traslado de muebles, desalojo de vivienda, guardamuebles, alquiler de otra vivienda, cierre temporal de negocios..., tras varias intervenciones y cambio de impresiones, se llega al acuerdo unánime de considerar que dichos gastos son particulares de cada vivienda o local, y, por lo tanto, deberán ser costeados por sus propietarios".

II Y debo condenar y condeno a Inversiones Puchgar S.L. al abono de las costas originadas en este expediente e instancia a la comunidad de propietarios demandada"..

Segundo

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por INVERSIONES PUCHGAR SL, admitidos en ambos efectos remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 20 de Junio de 2007.

Tercero

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La mercantil Inversiones Puchgar SL presento demanda contra la Comunidad de propietarios del AVENIDA000 NUM000, en impugnación de acuerdo comunitario y al amparo del artículo 18.1.c de la Ley de propiedad horizontal, solicitando se declare la nulidad del acuerdo 4º adoptado en la junta celebrada el 4 de mayo de 2006 por el que se impone costear a cada propietario los gastos accesorios que van a suponer la ejecución de obras de refuerzo estructural como entre otras cosas el cierre del negocio, por considerarlos gastos particulares de cada piso o local y por tanto deben ser costeados por sus propietarios máxime cuando no se sabe el periodo de duración de las obras. Tal decisión vulnera los intereses del demandante al hacerle responder de los perjuicios que pudiera sufrir el arrendatario mas allá de las obligaciones de cualquier propietario. La demandada se opuso a la demanda alegando que tanto demandante como arrendataria conocen la duración de las obras, que no impiden la...

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