La genealogía de la política exterior europea de migraciones. La securitización y el régimen global migratorio

AutorGloria Cuesta Noguerales
Cargo del AutorUniversidad Autónoma de Madrid
Páginas204-220
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CAPÍTULO 10
LA GENEALOGÍA DE LA POLÍTICA EXTERIOR
EUROPEA DE MIGRACIONES. LA SECURITIZACIÓN Y
EL RÉGIMEN GLOBAL MIGRATORIO
GLORIA CUESTA NOGUERALES
Universidad Autónoma de Madrid
1. INTRODUCCIÓN
El fenómeno globalizador que caracteriza al mundo contemporáneo no
ha derivado en la desaparición de los regímenes fronterizos, sino más
bien en su fortalecimiento y proliferación. Como expresan María Cate-
rina La Barbera y Juan Carlos Velasco212, las fronteras se convirtieron
en instituciones selectivas y asimétricas; abiertas para el capital y blo-
queadas para los más pobres. El desarrollo de las fronteras posee una
importancia especial para las teorías de la justicia global, porque confi-
gura desigualmente la capacidad de los individuos para desplazarse e
integrarse en contextos que ofrecen alternativas e innovadoras oportu-
nidades de vida. Esta desigual capacidad está ligada única y exclusiva-
mente a la fortuna o desgracia de nacer en un contexto determinado:
“El hecho de migrar es el delito anterior a cualquier otro delito que un migrante213
pueda cometer. La migración sobrevuela todos los actos llevados a cabo por los
212 Velasco, J. C. y La Barbera, M. C. (2019). De-Bordering Justice in the Age of International
Migrations: An Introduction. En Velasco, J. C. y La Barbera, M.C. (Ed.) Challenging the Bor-
ders of Justice in the Age of Migrations (pp. 1-13). Springer. https://digi-
tal.csic.es/handle/10261/180385
213 Quería aclarar la definición de conceptos que han tendido a mezclarse de manera con-
fusa: migrante, solicitante de asilo y refugiado. Una persona migrante es aquella que se des-
plaza de un lugar a otro con el propósito de mejorar sus condiciones de vida, no como resul-
tado de un conflicto o persecución. Las solicitantes de asilo son quienes se ven obligadas a
pedir protección en un país, paso previo a ser considerada como refugiada. Las refugiadas
son quienes poseen protección internacional en el extranjero al encontrarse amenazadas en
sus países de origen por múltiples factores sociales, entre los que se encuentran la religión,
ideología política, raza o etnia, nacionalidad, identidad de género, etc.
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migrantes, con toda su carga de descalificación y estigmatización” (Abdelmalek
Sayad)214.
Con esta sentencia del sociólogo Abdelmalek Sayad me gustaría iniciar
este análisis de la genealogía de la política exterior migratoria europea.
Podría considerarse que comenzó a desarrollarse en 1999, año en el que
se decidió crear en el Consejo Europeo de Tampere, una política común
de inmigración y asilo desarrollada a partir de múltiples iniciativas. El
objetivo principal del Programa de Tampere consistía en avanzar en la
creación de un espacio común de libertad, seguridad y justicia. Si retro-
cedemos cuatro años, cuando en 1995 se procedió a la erradicación de
las fronteras internas entre los países que constituyen el denominado
espacio Schengen, comprobamos que los Estados miembros se replan-
tearon precisamente la necesidad de reforzar el control de las fronteras
externas de la Unión Europea (UE), así como la gestión de los flujos
migratorios, instaurándose consecuentemente controles comunes.
Sin embargo, como quedará esclarecido, al recaer directamente en ellos
la competencia exclusiva para tomar la decisión definitiva, la política
migratoria europea ha estado marcada por la desconfianza y rechazo.
Por otro lado, el fenómeno de la securitización emergió del incremento
del recelo de los Estados tras lo acontecido aquel 11 de septiembre de
2001, a lo que habría que añadir el viraje o giro realista-pragmático que
se produjo a partir de la erróneamente denominada “crisis” de refugia-
dos de 2015; año en el que se adoptaría a su vez la Agenda Europea de
Migración (2015).
Debemos cuestionarnos si la última de las iniciativas planteadas, el
Nuevo Pacto de Inmigración y Asilo (presentado el 23 de septiembre de
2020), cumple o ha cumplido finalmente con los objetivos establecidos
en Tampere: la colaboración con los países de origen, la mejora del sis-
tema común de asilo (SECA) y de la gestión de los flujos migratorios,
así como del trato justo o relación con los migrantes que cruzan las fron-
teras en busca de una vida digna o huyendo de un conflicto asolador.
214 Jaramillo, V. y Gil-Araujo, S. y Rosas, C. (2020). Control migratorio y producción de irregu-
laridad. Normas, prácticas y discursos sobre la migración en Argentina (2016-2019). FORUM,
18, 64-90.

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