Las políticas familiares en una perspectiva comparada (recensión)

AutorAna María Pérez Corbacho
Páginas154-156

Debido a una investigación que estoy realizando sobre la conciliación de la vida laboral y profesional, he tenido que documentarme sobre el estado de bienestar en España y cómo no, sobre la Comunidad Europea, de la que somos partícipes desde 1986.

Esto me permitió conocer este libro escrito por el profesor Lluis Flaquer y editado en el año 2000 por Fundación «La Caixa».

Como bien dice Alejandro Plasencia, Vicepresidente de la Fundación, en la presentación del libro –su lectura contribuye de una manera clara y precisa al mejor conocimiento sobre las «políticas familiares» en su dimensión europea–.

Mi primera intención fue la de consulta en algunos capítulos, concretamente mi objetivo se centraba en el referente a la «protección económica de las familias», pero una vez inmersa en su perfecta estructuración y en la

clara exposición de sus datos, hizo que lo leyera desde el principio hasta el final.

En cuanto a la estructura formal, el libro se divide en seis capítulos en los que progresivamente se muestra la evolución que ha habido a lo largo de la historia dentro de las políticas familiares, tanto en Europa como en general al caso español.

En el Capítulo I e Introducción el autor nos hace ver cómo el Estado adopta un nuevo rol, erigiéndose como árbitro y protector del ámbito familiar, intentando dar solución a problemas que afectan a una gran mayoría de unidades familiares, dándole una respuesta colectiva mediante la elaboración y aplicación de políticas públicas.

Para ello, es necesario aunar criterios estándares que sirvan de base para la elaboración y aplicación de las «políticas públicas» por parte de las administraciones pertinentes.

El objetivo principal del libro (según su autor), trata de mostrar al público español el conjunto de tradiciones europeas de intervención social en el ámbito familiar con el fin de que los agentes sociales encargados de planificar dichas políticas tomen buena nota de ello a la hora de crear políticas de ayuda a las familias para facilitarles el desempeño de sus responsabilidades; sin obviar en ningún momento las características del medio y de las circunstancias tanto políticas como sociales que rodean a las familias objeto de atención.

El profesor Flaquer utiliza el término de «familias normales» para designar a aquéllas que poseen una configuración nuclear, es decir, unidades de convivencia con características similares en toda Europa y que presentan una configuración estandar con hijos menores o dependientes en procesos de emancipación, excluyendo aquellas familias con circunstancias especiales como pueden ser las que conviven con personas ancianas o que tienen hijos o familiares a su cargo que necesitan una atención física o psíquica especial.

El Capítulo II del libro nos presenta las dificultades que posee el término de políticas familiares en su evolución histórica desde que surgieron los primeros escritos en 1939, donde Alva Myrdal nos habla sobre «un programa para la seguridad familiar» y años más tarde (1958) en un artículo alemán aparece por primera vez el término «política familiar», que surge en el contexto europeo como un conjunto de medidas públicas destinadas a aportar recursos a las personas con responsabilidades familiares, prestando especial atención a las que poseen hijos menores dependientes, priorizando, como podemos ver, la responsabilidad paterna para con sus hijos, pasando a un segundo plano, pero sin por ello restarle la importancia que merece, las políticas relacionadas con la mujer, infancia, juventud o Tercera Edad. Para hacer un seguimiento de esta evolución se crea en 1989 el Observatorio Europeo de las Políticas familiares nacionales y la COFACE (Confederación de Organizaciones Familiares de la Comunidad Europea). Así vemos cómo en los diferentes países surgen organismos similares: en Francia se crea en 1985 el Alto Consejo de la Población y la Familia (Haut Conseil de la Population et de la Famille), cuya misión principal es la de asesorar al gobierno en cuanto a las previsiones demográficas y sobre el desenvolvimiento de la vida familiar en sus diferentes aspectos. En el Reino Unido (1998) el gobierno británico (Tony Blair) crea el National Family and Parenting Institute con el ánimo y el compromiso de ayudar y asesorar a las familias

A través de estas políticas nacionales se quiere reducir los efectos producidos por la inclusión de la mujer en los mercados del trabajo, el envejecimiento de la población, los matrimonios en este momento menos numerosos y menos estables, el incremento de las personas que viven solas y el de los hogares monoparentales, características que le han aportado el apelativo de «segunda transición demográfica».

El autor nos detalla los modelos del Estado de Bienestar que, (según Esping Andersen) se puede dividir en tres, dependiendo del reparto de responsabilidades: el liberal (Estados Unidos, Canadá y Australia), el corporativo (Alemania, Austria, Francia, Bélgica e Italia) y el socialdemócrata (surgido en los países escandinavos). Leibfried sugiere la posibilidad de agrupar ciertos países que no se enmarcan en ninguno de los anteriores, en otro modelo, ya que poseen características similares aunque no sean homogéneas en todos, como son los países del Arco Mediterráneo (España, Grecia, Portugal). Por último, cita a Jane Lewis (1992) por ser la primera persona que en sus artículos hace referencia a la dimensión género.

El Capítulo III nos muestra cuáles son las medidas que se adoptan en los diferentes países para hacer frente a las respectivas políticas familiares. La protección económica que se aplica en una gran mayoría de países europeos son básicamente dos, los subsidios familiares y las desgravaciones fiscales.

Los subsidios son transferencias pecuniarias que aparecieron en Francia (1932) y se fueron extendiendo por todo el continente.

Los modelos de subsidios familiares se extendieron después de la Segunda Guerra Mundial a casi todos los países europeos. Estos modelos causan en algunos países cierta polémica que se solventarán según la ley de cada estado, con criterios propios para la distribución de los recursos. El sistema español moderno arranca con la aprobación de la Ley General de la Seguridad Social (1976), llegando hasta el Decreto Ley 1/2000 de 14 de enero en la que se aprueban medidas de prestaciones económicas por nacimientos de hijos.

En la segunda parte de este capítulo el profesor Flaquer analiza el tema de las desgravaciones fiscales . La primera disposición fiscal en España se hizo en 1978 con la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que posteriormente ha sufrido diferentes reformas para adaptarse a las nuevas demandas sociales.

En el Capítulo IV, Flaquer establece la relación entre la vida familiar y la laboral, ya que en los casos de la reproducción, la mujer se considera como «productora reproductora» por el doble trabajo que ejerce al conciliar la vida familiar con la vida profesional. En estos casos la mujer ha afrontado el trabajo remunerado con el cuidado y la educación de los hijos. Para ayudar a la mujer en el desempeño de este doble rol, los países han establecido diferentes prestaciones para las familias en las cuales las mujeres trabajan fuera del hogar.

Para hacer posible el desempeño de las responsabilidades profesionales el Estado deberá garantizar unas prestaciones como son: la creación de guarderías para niños que no están en edad escolar, entre 0 y 3 años, junto a otras medidas como la de escolarizar a alumnos de educación preescolar o infantil, de 3 a 6 años, siendo Francia y Bélgica los países con mejores prestaciones en este aspecto. Otras medidas adoptadas son la flexibilidad laboral y la posibilidad de reducción horaria en la jornada de trabajo, mejorando sustancialmente la protección de las trabajadoras durante el embarazo o el permiso de maternidad y las mejoras en sus garantías en caso de despido por parte de los empresarios. Los permisos de maternidad constituyen los instrumentos de política familiar más antiguos de todos, comenzando en Suiza en 1877, Alemania en 1878, España en 1900 junto con Suecia e Irlanda en 1901.

El autor al abordar el tema de los horarios comerciales desde el punto de vista de la política familiar se plantea el siguiente dilema: ¿se debe fomentar su liberación o bien, al contrario, es preciso procurar que estén estrictamente regulados?. En este sentido, la liberación supone dar libertad total a los comercios para que abran no tan sólo en horas nocturnas si lo desean, sino también para que lo hagan durante los fines de semana sin restricciones. En cambio, la regulación sería poner una serie de límites reglamentarios a la libertad de horarios. Tanto la liberación como la regulación de horarios puede comportar ciertos beneficios para las familias. Del mismo modo el ajuste de los horarios escolares se intentará adaptar, en la medida de lo posible al horario de trabajo. En los diferentes países, podemos ver cómo existen horarios de jornada interrumpida (Bélgica, España, Finlandia, Irlanda, Holanda, Portugal, Reino Unido) y otros con jornada intensiva (Alemania, Austria, Dinamarca, Grecia, Italia), con la finalidad de adecuarse al horario del trabajo de los padres.

Estas medidas han llevado a evitar la discriminación de las mujeres, por ser las más desfavorecidas al tener que desempeñar los roles de «productoras-reproductoras». Finalmente, vemos cómo todas estas características han dado buenos resultados en algunos países nórdicos, donde se ha incrementado la fecundidad y la incorporación de la mujer al mercado de trabajo, en relación de los demás países europeos como España, donde estas medidas no han surgido el efecto esperado.

El Capítulo V está dedicado a las familias monoparentales, debate actual en Europa, puesto que el significado de familia ha variado en los últimos años por los nuevos estilos de vida surgidos en cada país, así vemos cómo la familia con dos padres se ha difuminado en muchos casos por la de un padre/madre con hijos a su cargo, ejemplo de ello lo tenemos en Francia donde las familias monoparentales representaban en 1991 el 16,2% frente a un 8,3% de 1981. El caso de Reino Unido se agrava a medida que existen factores que le ayudan como la mayor tasa de embarazos adolescentes, con un cálculo aproximado de un millón cuatrocientas mil familias monoparentales, alrededor de un 20% de la población. En el caso español vemos cómo la tradición católica se sigue manifestando, encontrando sólo un 8,6% de familias monoparentales en 1991.

En el Capítulo VI, las conclusiones nos demuestran las profundas transformaciones experimentadas por las familias en los últimos años, comportando cambios importantes en las políticas familiares de los países europeos, cuya característica fundamental es el universalismo en las prestaciones sociales, pasando por la necesidad del incremento natalista que debe producirse para poder hacer frente a la debilidad del Estado de Bienestar, ejemplo de ello es la necesidad del mantenimiento del sistema de pensiones y Seguridad Social que ahora disfrutamos. En el año 2050 se necesitarán, al menos, 12 millones de inmigrantes en España, unos 240.000 por año,. por lo cual habrá que esperar que cualquier factor cambie la evolución de la natalidad en los países europeos y no esperar a que la inmigración solucione totalmente el problema de la baja natalidad.

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