SAP Madrid 229/2005, 18 de Mayo de 2005

PonenteSUSANA POLO GARCIA
ECLIES:APM:2005:5746
Número de Recurso190/2005
Número de Resolución229/2005
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

ADORACION MARIA RIERA OCARIZSUSANA POLO GARCIAJOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

CG

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 190 /2005

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 494 /2004

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 229/05

ILMOS. SRES.

PRESIDENTA DÑA. A. MARÍA RIERA OCÁRIZ

MAGISTRADA DÑA. SUSANA POLO GARCIA

MAGISTRADO D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

En MADRID, a dieciocho de mayo de dos mil cinco.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª. Virginia Gutiérrez Sanz, en representación de Salvador, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Madrid; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª SUSANA POLO GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 10/01/05, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ›FALLO: Que debo CONDENAR Y CONDENO a Salvador, en quien no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, como autor de un DELITO DE AGRESIÓN SEXUAL, a la pena de PRISIÓN DE SEIS MESES, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena; como autor de una FALTA DE LESIONES, a la pena de MULTA DE UN MES, a razón de una cuota diaria de DOS EUROS, quedando sujeto en caso de impago, a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas; y como autor de una FALTA DE VEJACIONES, a la pena de MUTA DE DIEZ DÍAS, a razón de una cuota diaria de DOS EUROS, quedando sujeto, en caso de impago, a la misma responsabilidad personal subsidiaria antedicha; además el acusado deberá indemnizar a María Rosa en la cantidad de cuatrocientos veinte euros (420 Euros), y al pago de las costas del proceso, incluídas las de la Acusación Particular..‹

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: ›Probado y así se declara expresamente, que el día 13 de diciembre de 2.004, el acusado Salvador, de nacionalidad polaca, mayor de edad, sin antecedentes penales, estaba, en compañía de unos amigos, en el local "El Picadero", sito en la C/ La Paz, de la localidad de Manzanares el Real, provincia de Madrid, donde inició una conversación con María Rosa, en cuyo transcurso la dijo que tenía "unas tetas muy buenas" y que le dejase tocársela, lo que incomodó a la Sra. María Rosa, que se alejó de él. El acusado continuó importunándola y mirándola de modo desconsiderado, por lo que ésta abandonó el local a la vez que otras personas. en su trayecto a casa, el acusado volvió a encontrarse con María Rosa, a quien, ya cerca de su domicilio, la agarró fuertemente, tapándole la cabeza con la capucha de la prenda de abrigo que ella llevaba, así como la nariz, cayendo al suelo, donde el acusado se situó encima de ella, en posición de hacer el amor; la Sra. María Rosa, comenzó a gritar, alertando a varios vecinos, que increparon al acusado, el cual emprendió la huída.

María Rosa sufrió heridas consistentes en erosiones superficiales en nariz, región periorbitaria y sien izquierdas, inflamación en labio inferior y dolor con inflamación moderada en tobillo izquierdo, que...

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