SAP Murcia 118/2007, 19 de Octubre de 2007

PonenteJAIME GIMENEZ LLAMAS
ECLIES:APMU:2007:2188
Número de Recurso475/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución118/2007
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00118/2007

SENTENCIA

NÚM. 118/07

En la Ciudad de Murcia, a diecinueve de octubre del año dos mil siete.

El Ilmo. D. Jaime Giménez Llamas, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Ciudad, ha visto en grado de apelación el presente Rollo formado con el número 475/07, por virtud del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número Cinco de Murcia, en procedimiento de Juicio de Faltas número 480/05, seguido por Imprudencia en Tráfico con resultado de lesiones, en el que han sido partes, como denunciante Daniela, asistida de la Letrada Sra. Bernal Vivancos, como denunciada Mariana, y como Responsable Civil Directa, la Compañía de Seguros MAPFRE, asistida del letrado Sr. Martínez Nadal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 11 de junio de 2.006 y en el Juicio de Faltas registrado bajo el número 480/05, el Juzgado referido dictó sentencia en la que se declaran hechos probados los siguientes: "Resulta probado, y así se declara, que el día 16 de junio de 2005, Daniela interpuso denuncia por el accidente de circulación sufrido cuando, el día 31 de enero de 2005, la Daniela sufrió un accidente de tráfico con la confluencia de las calles Mota del Gallo con calle Maiquez de El Esparragal (Murcia), cuando iba conduciendo el vehículo marca SEAT CORDOBA, matrícula....-DMK.

El mencionado accidente ocurrió, cuando el vehículo conducido por la denunciante, que circulaba por la calle Maiquez de El Esparragal, al llegar al cruce con la calle Mota del Gallo de dicha localidad, fue alcanzado por el vehículo MERCEDES 300, matrícula JA-....-JZ, conducido por la denunciada Mariana, que circulaba por la citada calle Mota del Gallo y que, no respectó la velocidad a la cual debía conducir por dicha vía. Como consecuencia de ello, la parada de frenada fue de quince metros por lo que su velocidad tenía que ser superior a la permitida, que era de 40 km/hora, lo cual no permitió a la denunciada pasar a tiempo cuando vio que la denunciante se incorporaba a la vía. El exceso de velocidad también queda patente en la fuerza del impacto, al saltar los airbag y salir despedida la denunciante a más de seis metros de distancia del lugar de los hechos.

Que a consecuencia del mencionado accidente Daniela sufrió lesiones que tardó en curar 159 días, y secuelas (5 puntos)."

En su parte dispositiva, dicha resolución, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Mariana como autora de la falta a que se contrae este procedimiento a la pena de 15 días de multa con cuota diaria de 4 euros, y a que indemnice a Daniela en la cantidad de 18.459,86 euros, con la responsabilidad civil directa de la Compañía...

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