SAP Madrid 24/2006, 12 de Enero de 2006

PonenteINMACULADA LOPEZ CANDELA
ECLIES:APM:2006:3090
Número de Recurso403/2005
Número de Resolución24/2006
Fecha de Resolución12 de Enero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

ANGEL LUIS HURTADO ADRIANRAFAEL MOZO MUELASINMACULADA LOPEZ CANDELA

Rollo R.P. 403/05

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE MADRID

J.O. Nº 239/01

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILMOS. SRES. DE LA SECCIÓN 23ª

D. ÁNGEL LUIS HURTADO ADRIÁN

D. RAFAEL MOZO MUELAS

Dña. INMACULADA LÓPEZ CANDELA

SENTENCIA Nº 24 /06

En Madrid a 12 de enero de dos mil seis.

VISTO, en segunda instancia, ante la Sección 23ª de esta Audiencia Provincial, Juicio Oral 239/01, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Madrid, seguido por un delito de falsedad de documento oficial, contra el inculpado Miguel, venido a conocimiento de esta Sección, a virtud de recurso de apelación, interpuesto en tiempo y en forma por el Ministerio Fiscal, contra la sentencia dictada por la Iltma. Sra. Magistrado-Juez del referido Juzgado, con fecha 26 de julio de 2005.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como HECHOS PROBADOS que: "Probado y así se declara expresamente, que Miguel, mayor de edad sin antecedentes penales, fue acusado por el Ministerio Fiscal porque el día 9 de noviembre de 2000, fue sorprendido por agentes de la policía en el aeropuerto de Madrid-Barajas, portando un pasaporte español, nº NUM000, a nombre de Gaspar, en el que persona o personas no identificadas, en esta capital, habían sustituido la fotografía de su titular original por la del inculpado proporcionada por el mismo, pagando por ello 2.800 dólares americanos. La causa estuvo paralizada durante el plazo de más de tres años".

Y el FALLO es del tenor literal siguiente: "Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO al acusado Miguel, como autor del DELITO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO OFICIAL que le venía siendo imputado, DECLARANDO PRESCRITO EL MISMO y de oficio las costas del proceso.

SEGUNDO

Turnadas las actuaciones en este Sección 23ª, mediante providencia de fecha 9 de diciembre de 2005, se señaló, para deliberación del recurso el día 12 de enero de 2006, y designada Ponente la Magistrado, Ilma. Sra. Dña. INMACULADA LÓPEZ CANDELA.

ÚNICO.- Se ACEPTAN los hechos declarados como tales en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por el Ministerio Público interesan se revoque la sentencia recurrida, anulando la misma para que, en su lugar se dicte Auto de Sobreseimiento Libre al ser la misma contraria tanto al texto legal ( artículos 666.3º y 675 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ) y a la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo. Considera el Ministerio Fiscal que, no habiéndose celebrado ni siquiera iniciado el acto del juicio oral, la prescripción del delito (a lo que no se opuso en su informe de fecha 21 de julio de 2005) debía haberse acordado por Auto de sobreseimiento libre, al tener la consideración de excepción o incidente de previo pronunciamiento, pues solamente para el supuesto de que se hubiere iniciado válidamente el juicio oral y su alegación se...

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