STSJ Comunidad de Madrid 2158, 13 de Marzo de 2006

PonenteMARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA
ECLIES:TSJM:2006:2158
Número de Recurso201/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2158
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

RSU 0000201/2006 T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.1 MADRID SENTENCIA: 00204/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA Recurso número: 201/2006 Sentencia número: 204/2006 Mª P.Z.

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZALEZ ALLER Presidente Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRES Ilma. Sra. Dª MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA __

En la Villa de Madrid, a trece de marzo de dos mil seis habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978 , EN NOMBRE DE S.M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente SENTENCIA

en el recurso de suplicación número 201/2006 formalizado por la Letrada Dª Mª

Dolores Sánchez Delgado en nombre y representación del SERMAS contra la sentencia de fecha 19 de julio de 2005 dictada por el Juzgado de lo Social número 20 de MADRID en sus autos número 935/04 seguidos a instancia de Dª Melisa representada por el letrado D. Luis Zumalacarregui Pita frente al Organismo recurrente y contra D. Raúl en reclamación de derechos siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

  1. - La actora viene prestando sus servicios desde S de Julio de 1987para la Comunidad de Madrid, en el Instituto de Vivienda de Madrid con puesto de trabajo N°

    NUM000 y categoría profesional de Oficial Administrativo, afecto al Convenio Colectivo para su personal laboral, con relación jurídica laboral de carácter indefinido.

  2. - Por Resolución de 14 de enero de 2004 del Director General del Servicio Madrileño de Salud (BOCAM de 26 de enero) se convocaron pruebas selectivas para proveer el régimen de turno restringido con puesto funcional de selección objetiva de Jefe de Unidad Presupuestaria (NPT51.024) con destino en Servicios Centrales del Servicio Madrileño de Salud.

  3. - En la mencionada convocatoria participaron Don Raúl y la actora.

  4. - Por Resolución de 15 de marzo 2004 del Director General del Servicio Madrileño de Salud (BOCAM 26.03) se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos al puesto funcional y se hace publica la composición del Tribunal.

    En dicha relación provisional aparece como excluido Doña Melisa , por no acreditar requisito mínimo de experiencia.

  5. - La actora formula reclamación contra la relación provisional de excluidos en fecha de 31.03.2004 que fue estimada y por Resolución de 7 de abril 2004 del Director General del Servicio Madrileño de Salud, se aprueba la relación definitivas de admitidos y excluidos al puesto funcional. En dicha relación aparece como admitida doña Melisa .

  6. - El Tribunal de selección en su reunión de 13 de mayo 2004 procedió a valorar los medios aportados por los dos candidatos al puesto, conforme al Baremo establecido en la convocatoria, con el siguiente resultado :

    D. Raúl -experiencia específica 5 -formación específica 0,8 Doña Melisa

    -experiencia específica 1,6 -formación específica 1,8.

    En esa misma sesión el Tribunal de Selección acordó el día 8 de junio se realizara la defensa por los candidatos del proyecto presentado sobre el contenido del puesto, citando a ambos candidatos para ésa fecha.

  7. -. Con fecha de 17 de mayo 2001 se expone en el tablón de anuncios el acta número uno del Tribunal de Selección donde se refleja la valoración de los méritos valorables de los candidatos.

  8. - La actora en virtud de escrito con fecha de entrada de 28 de mayo 2004 solicitaba que se rectificara la valoración que se refleja en el acta número uno en base a las alegaciones que el mismo se contenían e interesaba que para formación específica se le asignarán 2 puntos en lugar de 1,8 y para la experiencia específica 5 puntos, puntuación máxima en todos los apartados en lugar de 1,6 puntos .

  9. - En la reunión 8 de junio 2004 el Tribunal de Selección procedió a valorar la exposición y defensa de los proyectos del contenido del puesto presentados por los candidatos. Se acordó valorar entre cero y tres puntos, excluyendo la más alta y la más baja y haciendo la media de las restantes.

    Finalizada la exposición y defensa de los proyectos y tras votación secreta por los miembros del tribunal el resultado fue siguiente:

    D. Raúl -experiencia específica 5.

    -formación específica 0,80.

    -exposición y defensa de proyecto 2,26.

    Doña Melisa -experiencia específica 1,60.

    -formación específica 1,80.

    -exposición y defensa del proyecto 1, 69.

  10. - En esa misma reunión se revisó la puntuación obtenida por la actora en la fase de la baremación, ratificándose el Tribunal por unanimidad en la puntuación asignada y se acordó igualmente por unanimidad proponer a Don Raúl para el puesto funcional .

  11. - En cuanto ala experiencia especifica el anexo II de la convocatoria establecía la forma de valoración que tiene tres apartados:

    -En Gestión de caja pagaduría.

    -En tramitación y seguimiento de los expedientes de modificaciones presupuestarias.

    -En manejo de Sistemas de Control Presupuestario (SIEF).

    Se da por reproducido el documento nº 11 ramo actora, consistente en certificados funciones que se acompañó al expediente donde se hace constar que la actora además de manejar la caja de cobros y pagos y efectuar las anotaciones correspondientes se dedica a seguimiento y control de pagos a justificar.

    La actora con anterioridad a la reestructuración del Organismo (4.0.93) desarrollaba como función específica la gestión, tramitación y seguimiento de los expedientes de modificación presupuestaria.

    Su destino siempre ha sido la oficina presupuestaria.

    El sistema integrado de Información económico financiero se implantó en 1993 para el presupuesto de gastos.

    Consta igualmente la elaboración y tramitación de documentos contables de los préstamos concertados con las entidades bancarias, en todos sus gastos de presupuesto de gastos y presupuestos de SIEF.

  12. - Para la Formación específica el anexo II establece. -Cursos deformación y perfeccionamiento relacionados con el puesto y la forma de valoración de acuerdo a un escala atendiendo a su duración.

    Obra en autos documento nº12 ramo actora la relación de documentos que acredita la formación específica a través de participación en diferentes cursos y actividades.

  13. - Obra en autos a los folios 211 a 213 certificado defunciones y cursos folios 214 a 219 del codemandado Sr. Raúl .

  14. - El Tribunal valoró la experiencia de la actora atendiendo al certificado de funciones con la puntuación mínima, partiendo de que no se sabia que antigüedad tenía en cada función, en cuanto los cursos sólo valoró los que hizo en la Comunidad de Madrid. La Titulación de la actora...

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