DECRETO FORAL 245/1996, de 17 de junio, por el que se regula la creación, estructura y organización de la Red de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 245/1996, de 17 de junio, por el que se regula la creación, estructura y organización de la Red de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad Foral de Navarra.Boletín Oficial de Navarra Número 75 - Fecha 21/06/1996

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), proclama en el Título IV la necesidad de que los poderes públicos presten una atención prioritaria a aquellos factores que favorecen la calidad y mejora de la enseñanza, entre los que subraya, en su artículo 56, que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado. Establece también la Ley que las Administraciones educativas planificarán las actividades necesarias de formación y favorecerán la participación del profesorado en los programas de formación permanente. Asimismo, encomienda a estas Administraciones fomentar la creación de centros para la formación permanente del profesorado, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra así como el Real Decreto 1070/1990, de 31 de agosto, por el que se aprueba el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de enseñanzas no universitarias a la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de la misma establecer las medidas necesarias para organizar la Red de Formación en el ámbito territorial de su competencia.

A lo largo de los últimos trece años se han ido institucionalizando progresivamente los servicios de formación del profesorado: primero los Centros de Profesores (Real Decreto 2112/1984) y posteriormente los Centros de Apoyo al Profesorado (Decreto Foral 223/1990, de 31 de agosto). Estos se han convertido, paulatinamente, en una característica del Sistema Educativo Navarro, en tanto han pasado a constituir el referente y complemento necesario para el desarrollo profesional de los docentes y para el ejercicio de la responsabilidad de los centros y de los profesores en la tarea de interpretar y determinar su currículo. La existencia de un marco curricular abierto requiere tanto la responsabilidad del profesorado y de los centros en el ejercicio de la autonomía otorgada, como esfuerzo complementario por parte de la Administración Educativa para garantizar las condiciones adecuadas para su ejercicio.

De igual forma, en estos años se ha construido una cierta cultura de la formación en ejercicio a la que ha contribuido de forma especial la existencia de Planes de Formación anuales, emanados de la Sección de Perfeccionamiento del Profesorado. Dichos planes han ido descubriendo y desarrollando claves para ajustar las intervenciones formadoras al desarrollo de los objetivos propuestos, a través de contenidos y estrategias de formación determinadas.

Los Planes de Formación han tenido un importante efecto homogeneizador de las condiciones en las que se han implantado las nuevas enseñanzas en las distintas zonas y centros y constituyen un logro destacable en orden a la necesaria coordinación de los Centros de Apoyo al Profesorado. También han posibilitado la adopción de una perspectiva que contempla como primer ámbito de análisis y actuación, la Comunidad Foral en su integridad, por encima de ámbitos territoriales propios de cada Centro de Apoyo al Profesorado.

No obstante, la experiencia acumulada en los últimos años aconseja una revisión de la estructura y organización de la Red de Formación existente, teniendo en cuenta que una de las mayores dificultades encontradas ha sido solventar las disfunciones que aparecían en el funcionamiento de la Red, debidas a la doble estructura: Unidad Técnica de Formación (estructura central) y Centros de Apoyo al Profesorado (estructura periférica) en relación a su presencia en los centros y a la necesaria dinamización pedagógica a desarrollar en las zonas, al dejar en precario, en cuanto a recursos personales y funcionales a los Centros de Apoyo al Profesorado.

La definición de la nueva Red pretende potenciar y mejorar la implantación de los Centros de Apoyo al Profesorado en sus zonas adscritas, favoreciendo su presencia en los centros educativos, el acercamiento de los recursos de formación a los usuarios de la misma, así como la participación y colaboración del profesorado en el desarrollo de las actuaciones formadoras que llevan a cabo dichas instituciones.

Para definir la nueva estructura de la Red de Formación, una vez analizadas y comprendidas las disfunciones observadas, se ha tomado como criterio prioritario acercar y concentrar los recursos personales y materiales a las distintas zonas y centros educativos, dotando para ello a los Centros de Apoyo al Profesorado de los recursos personales y organizativos necesarios.

La nueva estructura de la Red requiere una decidida actuación de coordinación por parte de la Sección de Perfeccionamiento del Profesorado, apoyada por la Sección de Reforma e Innovación Educativas en orden a enriquecer y alimentar los procesos formativos y de innovación que habrán de ser promovidos e implementados por los CAPs.

Se reconoce asimismo como una evidencia la necesidad de incrementar y mejorar la coordinación entre todas las instancias de apoyo a los centros -Inspección Técnica, Orientación Escolar y Formación- así como el impulsar estrategias y modelos de intervención que favorezcan la articulación de sus actuaciones de cara a la potenciación de la autonomía curricular de los centros y la evaluación de los procesos formativos. Todo ello, con el fin de garantizar una mayor adecuación de las intervenciones de estos servicios a las necesidades de formación, asesoramiento y apoyo del profesorado y de los equipos docentes, en orden a una mejora de la calidad de la enseñanza.

El desarrollo institucional de los Centros de Apoyo al Profesorado y una adecuada política de formación permanente requiere que los Centros de Apoyo al Profesorado se doten de un Proyecto Pedagógico en el que se hagan explícitas las opciones educativas y profesionales que van a estar detrás de las intervenciones formadoras. El Proyecto Pedagógico es un espacio para la definición y el debate sobre el modelo de formación y asesoramiento que se adopte y contribuye al desarrollo institucional de dichos centros.

De este modo, los Centros de Apoyo al Profesorado, resultado de la revisión y reorganización de la Red, se plantean como instancias destinadas a jugar un papel destacado en el apoyo al desarrollo curricular en los centros educativos así como a las legítimas aspiraciones de desarrollo profesional de los docentes. De ahí que se les asignen los siguientes grandes bloques de funciones:

-Elaboración, en el marco de las orientaciones y procedimientos que establezca la Sección de Perfeccionamiento del Profesorado, del Plan anual de Formación para la Comunidad Foral de Navarra.

-Desarrollo de los planes de formación de la Comunidad Foral contextualizando las intervenciones formadoras en la línea de promover procesos formativos progresivamente más autónomos por parte de los profesores y de los centros. Estos procesos formativos deberán estar basados en la identificación, comprensión y resolución de problemas vinculados a la práctica educativa.

-Asesoramiento y apoyo directo a los profesores y a los equipos docentes así como a las unidades especializadas de los centros en las tareas de elaboración, seguimiento y evaluación de sus Proyectos Educativos y Curriculares, tanto en los aspectos generales como en lo referente a las programaciones didácticas incluidas en ellos.

-Apoyo como centros de recursos didácticos: información y asesoramiento en la utilización de materiales y fuentes documentales para el desarrollo curricular en los centros educativos; elaboración y difusión de materiales; análisis y apoyo a la elaboración y reelaboración de materiales didácticos y curriculares por parte del profesorado y difusión de cuantas novedades didácticas existan.

-Dinamización socio-educativa. Esta función se hace especialmente relevante en un marco curricular abierto y en orden a fomentar el intercambio y enriquecimiento del profesorado a partir de los logros y peculiaridades de los distintos centros. Además, habida cuenta de las condiciones de dispersión y aislamiento en algunos casos en los que se encuentran el profesorado de zonas rurales, los Centros de Apoyo al Profesorado deben cumplir una función importante como lugar de encuentro, de coordinación de procesos educativos escolares y extraescolares, de apoyo al desarrollo de programas específicos y, en general, de apoyo a las iniciativas educativas y culturales.

En coherencia con lo anteriormente expuesto, se propone la creación de una nueva Red de Formación integrada por Centros de Apoyo al Profesorado debidamente dotados en cuanto a recursos personales, organizativos y materiales que estará coordinada por la Sección de Perfeccionamiento del Profesorado.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en la sesión celebrada el día diecisiete de junio de mil novecientos noventa y seis,

DECRETO:

CAPITULO I Artículos 1 y 2

Objeto del Decreto

Artículo 1 º 1

El presente Decreto Foral tiene por objeto regular la creación, estructura y organización de la Red de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad Foral de Navarra.

  1. La Red de Formación Permanente del Profesorado queda constituida por la Sección de Perfeccionamiento del Profesorado, adscrita al Servicio de Ordenación Académica e Innovación Educativa, los Centros de Apoyo al Profesorado y sus Extensiones y las Comisiones Técnicas de Seguimiento.

  2. Los Centros de Apoyo al Profesorado (CAP) son las...

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