SAP Murcia 1/2007, 2 de Enero de 2007
Ponente | ALVARO CASTAÑO PENALVA |
ECLI | ES:APMU:2007:67 |
Número de Recurso | 88/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 1/2007 |
Fecha de Resolución | 2 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00001/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCIÓN 001
Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf :968-229183
Fax :968-229184
Modelo : 00120
N.I.G. : 30030 37 2 2006 0101629
ROLLO : APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000088 /2006
Juzgado procedencia :JDO. DE LO PENAL N. 2 de MURCIA
Procedimiento de origen :PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000002 /2005
SENTENCIA
NÚM. 1/07
ILTMOS. SRS.
D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER
PRESIDENTE
D. ANDRÉS MONTALBÁN AVILÉS
D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA
MAGISTRADOS
En la Ciudad de Murcia, a dos de enero de dos mil siete.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial el Proceso Abreviado de la Ley Orgánica 7/88 que por delito de estafa se ha seguido en el Juzgado de lo Penal número Dos de los de Murcia, bajo el núm. 2/05, y antes en el Juzgado de Instrucción núm. Dos de Murcia como Diligencias Previas núm. 3.713/01 contra Eduardo, representado por la Procuradora Dª. Inmaculada de Alba y Vega y asistido del Letrado D. José Antonio García Sánchez, y contra Isidro, representado por el Procurador D. José Diego Castillo Gómez y defendido por el Letrado D. Jesús Gómez Gómez. Han sido partes en esta alzada la Acusación Particular Raúl, representado por el Procurador D. Alfonso Arjona Ramírez y asistido del Letrado D. Santiago Castillo Rovira y el Ministerio Fiscal, que actúan como apelantes, así como el acusado Carlos María que lo hace como apelado. Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de lo Penal citado dictó en los referidos autos sentencia con fecha 20 de febrero de 2.006, sentando como hechos probados los siguientes: "Apreciando en conciencia la prueba practicada en el acto del Juicio Oral, expresa y terminantemente se declara probado:
Que en el mes de mayo de 2.000, Raúl era propietario de cuatro parcelas de terreno rústico situadas en la finca DIRECCION000, Partido de El Esparragal, inscritas en el Registro de la Propiedad nº 5 de Murcia con los números NUM000, NUM001, NUM002 y NUM003. En cada una de dichas cuatro fincas existían en aquella fecha otras tantas edificaciones que, por carecer de la preceptiva licencia municipal, habían sido objeto de las correspondientes sanciones por parte del Excmo. Ayuntamiento de Murcia.
Guiado del propósito de solucionar la situación irregular de las mencionadas edificaciones, Raúl planteó la cuestión al acusado Isidro, mayor de edad y sin antecedentes penales, a quien conocía por su dedicación habitual a la intermediación inmobiliaria. Tras ser informado por Isidro de las gestiones que sería necesario hacer y el coste aproximado -que no ha quedado acreditado- de todos los gastos (incluido el coste de las gestiones y actos jurídicos, así como los honorarios de los distintos profesionales que debían intervenir en ese proceso), Raúl decidió encomendar verbalmente a aquél la realización de las gestiones que hubieran de producir como resultado la legalización de las repetidas cuatro edificaciones, sin fijación de plazo para ello y acordando ambos que Raúl realizaría a requerimiento de Isidro las provisiones de fondos correspondientes.
Con el fin de proveerse de las sumas necesarias para afrontar el coste de las gestiones encomendadas a Isidro, Raúl entró en contacto -en forma que no ha quedado acreditada- con el también acusado, Eduardo, mayor de edad y sin antecedentes penales, también dedicado a la intermediación inmobiliaria y comisionista frecuente del otro acusado. A través de Eduardo, cuyo hijo trabajaba en la oficina de Deutsche Bank en Cabezo de Torres, Raúl solicitó y consiguió la concesión por la citada entidad de una póliza de préstamo mercantil (la nº NUM004 ), por importe de dos millones quinientas mil pesetas.
A requerimiento de Isidro, y en el marco del encargo para la legalización de las edificaciones propiedad de Raúl, éste realizó una serie de pagos en la forma que a continuación se describe:
1) Tres traspasos bancarios, por importes respectivos de dos millones cien mil, doscientas mil y ochocientas mil pesetas, efectuados el 31 de mayo, el 8 de junio y el 7 de septiembre de 2.000 por Raúl, desde la cuenta corriente nº NUM005 de la que era titular en el Deutsche Bank, a la cuenta corriente nº NUM006, de la que era titular Isidro en la misma entidad financiera.
2) La emisión y aceptación -en fecha 26 de junio de 2.000- por Raúl de ocho letras de cambio, por un importe conjunto de un millón cuatrocientas noventa y seis mil cuatrocientas pesetas, y vencimientos comprendidos entre el 19 de agosto y el 30 de noviembre del año 2.000, que fueron entregadas por Carlos María a Eduardo, quien procedió a su descuento bancario, y cuyos importes fueron cargados a sus respectivos vencimientos contra la cuenta de ahorro nº NUM007, de la Caja de Ahorros de Murcia, de la que Raúl era titular. Como justificante de su intervención y del cobro de las referidas sumas, Eduardo expidió a Raúl una factura por importe de un millón cuatrocientas noventa y seis mil cuatrocientas pesetas.
Isidro presentó ante la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Murcia, con fecha 7 de junio de 2.000, una instancia (en modelo facilitado gratuitamente por el propio Ayuntamiento) por cada una de las cuatro edificaciones ilegales solicitando la incorporación de las mismas al registro...
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