¿Qué es el particularismo en ética?

AutorJonathan Dancy
Cargo del AutorUniversidad de Austin, Texas
Páginas19-37
¿QUÉ ES EL PARTICULARISMO EN ÉTICA? *, **
Jonathan DANCY
Universidad de Austin, Texas
1
La cuestión que planteo en el título no tiene una respuesta unívoca. Hay
diferentes particularismos y no están ni tienen por qué estar de acuerdo sobre
la visión que tratan de promover. Los particularismos tienen que tener algo en
común, por supuesto; de otra forma, no tendría sentido denominarlos a todos
con el mismo nombre. Lo que tienen en común es la sospecha de que hay
una comprensión tradicional de la moralidad, y una comprensión asociada a
aquélla de la naturaleza de la f‌ilosofía moral, que descansa en una asunción
errónea. Esta asunción consiste en que la moralidad está esencialmente ligada,
de algún modo, a los principios; hay diferentes concepciones sobre el modo
en que está ligada, pero la idea general es que, por la razón que sea, si no
pudieran proporcionarse principios morales las distinciones morales resulta-
rían imposibles y, en consecuencia, la distinción entre correcto e incorrecto
colapsaría. La f‌ilosofía moral también colapsaría, ya que la f‌ilosofía moral es
vista tradicionalmente como un intento de articular un conjunto defendible de
principios morales, un conjunto capaz de generar veredictos morales en cada
caso que afrontamos. Si no hay principios morales, entonces esta empresa está
condenada al fracaso desde el principio, no porque nos falte el ingenio necesa-
rio para ella, sino porque no hay nada correcto en ella.
* Este trabajo es una versión comprimida del material que, a mayor escala, he elaborado para
defender el particularismo en ética, con algunos añadidos.
** Publicado originalmente en Ragion Pratica, 2006.
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En lugar de preguntarnos qué es el particularismo, resulta más interesante
preguntarse qué debería ser. ¿Cuál es la mejor manera de articular la sospecha
que acabo de caracterizar? La respuesta a esta cuestión dependerá en gran me-
dida de la base que tengamos a favor de esta sospecha. Los particularistas no
son meramente iconoclastas. Tienen algunas razones para sus dudas. Algunas
veces se apela a que la vida moral es demasiado compleja como para ser gober-
nada por herramientas tan crudas como los principios generales. La razón que
yo invoco es distinta. La sospecha arraigó en mí cuando noté por primera vez
la falsedad de algo que aprendí cuando estaba estudiando en Oxford, a saber,
que una razón es una razón general. Esto signif‌icaba, o se suponía que signi-
f‌icaba, que una consideración que es una razón en un caso es necesariamente
una razón en todos los casos en los que aparece. Unos pocos ejemplos fueron
suf‌icientes para preguntarme si la af‌irmación según la cual una razón es general
podía ser defendida, y sobre qué se suponía que estaba basada tal af‌irmación.
Empecé a pensar que no podía ser defendida y esta convicción se convirtió en
el punto de partido de lo que denomino «holismo en la teoría de las razones»:
(Holismo) Aquello que es una razón a favor de una determinada respuesta
en un caso puede no serlo en absoluto en otro, o puede incluso ser una razón
contra esa respuesta.
Otros particularistas pueden fundamentar su posición de otras maneras,
pero la mía está basada en esta af‌irmación. Pero si esto es holismo, ¿qué es el
particularismo? Quizás podría decirse que consiste en que las razones morales
son holísticas. Esto tendría como resultado que:
(Primer particularismo) Aquello que es una razón a favor de una determi-
nada respuesta en un caso puede no serlo en absoluto en otro, o puede incluso
ser una razón moral contra tal respuesta.
Entendida así, la inferencia del holismo al particularismo suena sensata.
Pero deja abierta la cuestión de cómo llegar a alguna consideración oportuna
acerca de la ausencia de principios morales.
(Segundo particularismo) No hay principios morales.
¿Cómo se sigue el segundo particularismo del primer particularismo (si es
que se sigue de algún modo)? Alguien podría suponer, y así lo supuse yo una
vez, que dar este paso no supone un gran problema. Al f‌in y al cabo, un prin-
cipio moral especif‌ica una consideración como una razón moral. Por ejemplo,
el principio según el cual es incorrecto mentir toma un rasgo, la mendacidad,
y dice que cada acción que posea este rasgo es incorrecta. Ahora bien, hay
diferentes maneras de entender la af‌irmación de que toda acción mendaz es in-
correcta. Puede af‌irmarse que ninguna acción mendaz debe ser realizada, con
independencia de cualquier otro rasgo que pueda tener tal acción (como por
ejemplo la exigencia de salvar una reputación o incluso una vida). Esta lectura
acerca del contenido de los principios me parece equivocada. Sería demasia-

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