SAP Madrid 225/2006, 3 de Julio de 2006
Ponente | EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA |
ECLI | ES:APM:2006:10480 |
Número de Recurso | 256/2006 |
Número de Resolución | 225/2006 |
Fecha de Resolución | 3 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª |
EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA
AUDIENCIA PROVINCIAL ROLLO APEL: 256/06
SECCION TERCERA J. FALTAS: 1203/05
MADRID J. I. Nº 43 - MADRID
SENTENCIA NUM: 225
En Madrid, a 3 de julio de 2006.
El Ilmo. Sr. D. Eduardo Víctor Bermúdez Ochoa, Magistrado de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal en turno de reparto, ha visto en segunda instancia, ante ésta Sección Tercera, la presente apelación contra Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 43 de los de Madrid, en el Juicio de Faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el número 1203/05, habiendo sido partes como apelante Carlos Jesús y como apelado la entidad Groupama Plus Ultra.
El Juzgado de Instrucción nº 43 de los de Madrid en el Juicio de Faltas antes mencionado dictó Sentencia con fecha 17 de febrero de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que debo condenar y condeno a Gustavo, como autor responsable de una falta de lesiones imprudentes en accidente de tráfico, a la pena de 30 días de multa con una cuota diaria de 7 euros y una responsabilidad personal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, más las costas que se hubieran podido causar.
Asimismo, Gustavo deberá pagar a Carlos Jesús la cantidad de 4.260´79 más el interés legal, en concepto de responsabilidad civil.
Del pago de dicha cantidad responderá subsidiariamente Jesús Ángel ; y directamente, la aseguradora PLUS ULTRA, con el interés del art. 20.4 y correlativos de la Ley del Contrato de Seguro."
Notificada dicha Sentencia a las partes personadas, por Carlos Jesús se interpuso Recurso de Apelación, haciendo las alegaciones que se contienen en su escrito del Recurso que aquí se tienen por reproducidas, no pidiéndose la práctica de ninguna diligencia de prueba, dándose traslado del escrito de apelación por el Juez de Instrucción a las demás partes personadas por el plazo de diez días comunes para que pudieran adherirse o impugnarlo.
Recibido el procedimiento en esta Audiencia y Sección Tercera el día 30 de junio de 2006 se acordó la formación del Rollo, al que correspondió el número 256/02, acordándose por la Sala se dictase la resolución correspondiente por el Magistrado Unipersonal reseñado al principio de la presente.
Se aceptan y...
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...combinación de todos los medios probatorios de los que puedan resultar, sin dar preferencia a alguno de éllos sobre los demás". (SAP Madrid, 3 julio de 2006 Ponente Eduardo V. Por otro lado, hay que tener en cuenta que la jurisprudencia citada, aunque reciente, es anterior al 1 de enero de ......