SAP Santa Cruz de Tenerife 170/2006, 2 de Mayo de 2006
Ponente | MODESTO VALENTIN ADOLFO FERNANDEZ DEL VISO BLANCO |
ECLI | ES:APTF:2006:1145 |
Número de Recurso | 79/2006 |
Número de Resolución | 170/2006 |
Fecha de Resolución | 2 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª |
JOSE RAMON NAVARRO MIRANDAEUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOSMODESTO VALENTIN ADOLFO BLANCO FERNANDEZ DEL VISO
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN PRIMERA
SANTA CRUZ DE TENERIFE
SENTENCIA Nº 170/2006
Rollo nº 79/2006
Autos nº 495/2005
Jdo. 1ª Inst. nº 8 de Santa Cruz de Tenerife
Iltmos. Sres.
Presidente:
D. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA
Magistrados:
D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS
D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO
En Santa Cruz de Tenerife, a dos de mayo de dos mil seis.
Visto por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandante don Juan Luis , contra la sentencia dictada en los autos nº 495/2005, divorcio, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Santa Cruz de Tenerife , promovidos por don Juan Luis , representado por el Procurador don José Alberto Poggio Morata y asistido por el Letrado doña María Bello Reyes contra doña Remedios , representada por el Procurador doña Candelaria Covadonga Rodríguez Delgado y asistida por el Letrado Marco Antonio Rolo León, con la intervención del Ministerio Fiscal; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO, con base en los siguientes:
En los autos indicados la Iltma. Sra. Magistrado Juez Dña. Nieves María Rodríguez Fernández, dictó sentencia el quince de noviembre de dos mil cinco , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que estimando en parte la demanda interpuesta por el Procurador Don José Alberto Poggio Morata, en nombre y representación de Don Juan Luis , contra Dña. Remedios , representada por la Procuradora Dña. Candelaria Covadonga Rodríguez Delgado, debo decretar y decreto el divorcio de los referidos cónyuges. Continúa atribuida a la madre la guarda y custodia de los hijos comunes menores de edad Milagros y Enrique , siendo compartido por ambos progenitores el ejercicio de la patria potestad; sin fijarse régimen de visitas concreto a favor del padre, sino que se relacionarán los menores con el progenitor no custodio en el tiempo y forma que convinieren entre sí.
En concepto de alimentos para los hijos comunes abonará el Sr. Juan Luis la suma mensual de 250 euros, que se actualizará anualmente conforme a la evolución del IPC, produciéndose la actualización sin necesidad de reclamación alguna al respecto. La pensión alimenticia ha de pagarla el demandado dentro de los cinco primeros días de cada mes, ingresándola en la cuenta bancaria que designe la actora.
Además Don Juan Luis satisfará la mitad de los gastos extraordinarios que generen sus hijos: los médico farmacéuticos no cubiertos por la Seguridad Social, y otros gastos extraordinarios necesarios o sobre los que hubiere previo acuerdo de los progenitores.
No se hace imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causada.
Notifíquese la presente resolución a ambos litigantes, y al Ministerio Fiscal y una vez firme comuníquese al Registro Civil donde se halla inscrito el matrimonio, a fin de practicarse la inscripción marginal oportuna.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días."
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandante, se preparó recurso de apelación, se interpuso el mismo, evacuándose el respectivo traslado, formulando oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.
Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 25 de abril de 2006.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
En el supuesto sometido a revisión, constituye el primer motivo del recurso interpuesto por la parte demandante la denuncia de la causación de...
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