STSJ Andalucía 1715/2006, 7 de Junio de 2006

PonenteLUIS FELIPE VINUESA
ECLIES:TSJAND:2006:5999
Número de Recurso768/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1715/2006
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

1715/2006

1

SECCIÓN PRIMERA - M.J.

SENT. NÚM. 1.715/2006

ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTÍN

PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JULIO ENRÍQUEZ BRONCANO

ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a siete de Junio de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 768/06, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Siete de los de Granada en fecha 18 de Julio de 2.005 en Autos núm. 21/05, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FELIPE VINUESA.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO en reclamación sobre prestaciones contra D. Constantino y Dª. Milagros y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 18 de Julio de 2.005, por la que estimando en parte la demanda formulada por el Organismo actor, absolvía a la trabajadora y declaraba al empresario codemandado responsable del abono de las prestaciones por desempleo percibidas por la trabajadora y cotizaciones a la Seguridad Social desde el 14-12-02 inclusive, hasta el 23-3-04.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El empresario D. Constantino, con Número de Identificación Fiscal NUM000, con domicilio en C/ DIRECCION000 nº NUM001 NUM002, de Granada, y código de cuenta de cotización a la Seguridad Social nº NUM003, tiene como actividad comercial, la fabricación y montaje de toldos, siéndole de aplicación el Convenio Colectivo de la Industria y Confección.

  2. - La trabajadora de dicha empresa Da Milagros, mayor de edad, con DNI NUM004, ha suscrito contratos temporales de las siguientes características, en los cuatro últimos años anteriores a la última solicitud de desempleo, que lo fue de fecha 30-septiembre-2004:

    1. Modalidad duración determinada a tiempo completo, eventual por circunstancias de la producción, suscrito con fecha 15-03-2001 (folio 6).

      Causa: Exigencias de mercado temporada Primavera Verano. Categoría: Oficial de 1 a costurera.

      Jornada: 40 horas semanales de Lunes a Viernes.

      Duración: Del 15-marzo-2001 a 14-septiembre-2001.

    2. Modalidad duración determinada a tiempo completo, eventual por circunstancias de la producción, suscrito con fecha 19-03-2002 (folio 7).

      Causa: Exigencias de mercado temporada Primavera Verano.

      Categoría: Oficial de 1a costurera.

      Jornada: 40 horas semanales de Lunes a Sábado. Duración: Del 19-marzo-2002 a 18- septiembre-2002.

      1. Modalidad duración determinada a tiempo completo, eventual por circunstancias de la producción, suscrito con fecha 24-03-2003 (folio 9).

      Categoría: Oficial de 1ª cosedora.

      Causa: Exigencias de mercado temporada Primavera Verano.

      Jornada: 40 horas semanales de Lunes a Sábado.

      Duración: Del 24-marzo-2003 a 23-septiembre-2003.

      Causa: Terminación de temporada Primavera Verano.

    3. Modalidad duración determinada a tiempo completo, eventual por circunstancias de la producción, suscrito con fecha 24-03-2004 (folio 13).

      Categoría: Oficial de 1ª cosedora.

      Jornada: 40 horas semanales de Lunes a Viernes. Duración: Del 24-marzo-2004 a 23- septiembre-2004

  3. - La indicada trabajadora, tras la celebración de los indicados contratos, siendo la fecha de la última solicitud de prestaciones la de 30-septiembre-2004, ha venido percibiendo prestaciones de desempleo al término de los referidos contratos, habiendo percibido en concreto las siguientes cantidades, descontada la prestación correspondiente al último contrato temporal:

    Prestac. Contributiva: 15-09-2001 a 14-03-2002 3.037'86€

    Subsidio Desempleo: 20-09-2002 a 19-03-2003 2.007'17€

    Subsidio Desempleo: 24-09-2003 a 23-03-2003 2.094'49€

    TOTAL PERCIBIDO 8.921'47€

    Importe de las cotizaciones efectuadas a S.S. 1.781'95 €

  4. - El Ente Gestor actor, formuló demanda con fecha registro Juzgado Decano de 30-12-2004, la que tras ser turnada a este Juzgado de lo Social nº 7, de los de Granada, fue admitida a trámite por Auto de fecha 7-01-2004.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por INSTITUTO NACIONAL...

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