SAP Las Palmas 113/2007, 9 de Marzo de 2007

PonenteVICTOR CABA VILLAREJO
ECLIES:APGC:2007:682
Número de Recurso729/2006
Número de Resolución113/2007
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

SENTENCIA

Iltmos Sres:

Magistrados:

Don Víctor Caba Villarejo.

Doña Emma Galcerán Solsona.

Don Víctor Manuel Martín Calvo.

------------------------------

En Las Palmas de G.C., a 9 de marzo de 2.007.

Vistas por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, las actuaciones de que dimana el presente rollo, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Arrecife en los autos referenciados, seguidos a instancia de don Ernesto, parte apelante, representado en esta alzada por Procurador don Octavio Esteva Navarro y dirigido por Letrado don Jaime Lleó Khunel contra don Héctor, parte apelada, representado en esta alzada por la Procuradora doña Carmen Sosa Doreste y dirigido por el Letrado don José Luis Sáez Reyes, siendo ponente el Magistrado don Víctor Caba Villarejo quien manifiesta el parecer de la Sala.

5

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Arrecife (Lanzarote) se dictó sentencia de fecha 10 de mayo de 2.006 que desestimando la demanda de desahucio por precario interpuesta por don Ernesto contra don Héctor absuelve a éste de los pedimentos contenidos en la demanda, con imposición de costas al actor.

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso recurso de apelación por la representación del demandante siendo admitido a trámite y al que se opuso el demandado, emplazándose a la partes personadas ante esta Audiencia Provincial de Las Palmas de GC, personándose apelante y apelado y tras la tramitación del correspondiente rollo de apelación quedaron señalados los autos para deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la sustanciación de esta alzada en lo esencial se han cumplido los trámites y las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

La iudex a quo desestimó la demanda de desahucio por precario por falta de legitimación activa de la parte actora pues considera que, perteneciendo la vivienda a la extinta sociedad de gananciales constituida por el demandante y su fallecida esposa, padres del apelado, es ahora de la sociedad postmatrimonial que surge tras la disolución de la comunidad ganancial entre el cónyuge sobreviviente y los herederos de la fallecida, y en tanto no se proceda a su liquidación los comuneros son titulares de una cuota abstracta desligada de la titularidad concreta que nace tras la correspondiente liquidación. Y en efecto es de apreciar la falta de legitimación activa del actor aquí apelante pues ejercita la acción de desahucio en nombre y beneficio propio sin ser dueño pleno y exclusivo del inmueble ocupado pr el apelado.

Como expresa la sentencia de la AP de Córdoba de 28 de junio de 2002 está admitido que la sociedad de gananciales, disuelta por el fallecimiento de la esposa del apelante, no ha sido aun liquidada, y siendo así es de aplicación la doctrina jurisprudencial expresiva que en materia de bienes gananciales, el consorcio no da nacimiento a una forma de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR