Derecho, educación y pandemia en prisiones de México

AutorMaximiliano Hernández Cuevas
Cargo del AutorUniversidad Autónoma de la Ciudad de México
Páginas378-393
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DERECHO, EDUCACIÓN Y PANDEMIA EN PRISIONES DE
MÉXICO
Maximiliano Hernández Cuevas
Universidad Autónoma de la Ciudad de México
1. INTRODUCCIÓN
La victimización de las personas privadas de la libertad producida por la vida de
encierro y su inherente abuso de autoridad patentiza de sobremanera, una vez más, ahora
de un modo ligado a la emergencia sanitaria, la necesidad de disminuir el uso de la prisión en
el derecho penal y llevar a una práctica efectiva el sistema alternativo de sanciones penales.
Así, el objetivo aquí es exponer cómo fue suspendida la educación universitaria ejercida
por los estudiantes d e la licenciatura en derecho en las prisiones de la Ciudad de México,
para demostrar que la nocividad implicada no existiría si éstos cumplieran sus sentencias
mediante sustitutivos de la pena privativa de libertad. Por ello, la hipótesis de trabajo es que
la interrupción absoluta del d erecho a la educación universitaria refleja la afectación
generalizada de los derechos humanos de los detenidos, debida al modo de enfrentar la
Pandemia de COVID-19 dentro de los reclusorios, y exhibe la urgencia de practicar
efectivamente el sistema de penas alternativas, mismo que representa la posibilidad de
garantizar derechos fundamentales que en la cárcel se trastocan flagrantemente, y más en este
periodo de riesgo sanitario.
2. BREVE ANTECEDENTE SOBRE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA EN
RECLUSIÓN
La educación superior en las prisiones de la Ciudad de México se realiza principalmente
por intervención de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM) desde abril
de 2005, con una modalidad escolarizada que ha puesto al alcance de las personas privadas de
la libertad tres licenciaturas: 1. Derecho, 2. Ciencia Política y Administración Urbana, y 3.
Creación Literaria, todas a través del Programa universitario de Educación Superior en
Centros de Reinserción Social (PESCER).
A la fecha, más de treinta estudiantes en reclusión han logrado titularse como
licenciados en Derecho en un periodo de quince años; no obstante, si se consideran las
dificultades de la vida carcelaria, sorteadas tanto por estudiantes, profesoras y profesores, y
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personal universitario coadyuvante del proceso educativo, es un logro satisfactorio para la
comunidad universitaria que hemos podido conformar dentro de las prisiones citadinas.
Esto, porque no es cuestión meramente cuantitativa, sino de promoción y difusión
paulatina de la actividad universitaria dentro de las cárceles, lo que simbólica y de facto
constituye una manera de neutralizar los efectos altamente nocivos del cautiverio
prolongado y plagado de vejaciones.
Realmente, las circunstancias enfrentadas por los estudiantes recluidos son tan adversas
que la escuela representa un oasis en la agobiante existencia carcelaria sufrida día con día.
Acuden a las aulas universitarias dentro de los centros escolares construidos en cada
reclusorio para que la población p enitenciaria tenga acceso a la educación básica, de
bachillerato y superior; ahí se han destinado, en promedio, de uno a tres salones para la
Universidad.
Al referir la asistencia a la Universidad como un respiro, aludo a que en ella los
estudiantes dejan afuera el recelo propio de la dinámica intramuros y llegan a disfrutar la
libertad de cátedra junto a sus compañeros (compañeras en el caso de las mujeres presas),
profesoras y profesores, la cual co nstituye un foro de expresión y canalización de la angustia
y/o tensión normalizada.
En un estudio realizado por Notti ngham Trent University, (UK), las PPL [Personas Privadas de la
Libertad] manifestaron haber aumentado su sensación de empoderamiento, de capacidad y
autonomía tras cursar los programas universitarios (Grady and Hamilton, 2019). En otros
programas los estudiantes manifestaron percibir una transformación individual que se propagaba
a su vez en las redes sociales de la persona (familias, amigos), un sentimiento de pertenencia y
participación en la comunidad, as雇侠 侠侠 ♪侠 侠侠 侠 侠侠 侠侠
universitario (Gray, Ward y Fogerty 2019). Otros estudios realizados reportan beneficios en la
noción de ciudadanía, cultura, identidad, participación política, consecución de cambios y en la
superación de estereotipos (Grady y Hamilton, 2019).
1
Estudiar en prisión para las y los reclusos implica, asimismo, poner a su favor el tiempo
de vida que el encierro vuelve en su contra; es decir, sin actividades, dentro de la cárcel viven
una muerte civil que enferma y sumerge en la furia, desesperanza, depresión, resentimiento y
resignación, de lo que sólo es posible mantenerse a salvo con proyectos constructivos y, en
eso, la educación es un resquicio muy valioso para quienes se filtran por él hacia la
expectativa de libertad que da la formación profesional.
1 (Ponce de león Romero et. al., 2021)

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