SAP Madrid 114/2005, 23 de Septiembre de 2005

PonentePASCUAL FABIA MIR
ECLIES:APM:2005:10302
Número de Recurso15/2005
Número de Resolución114/2005
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 5ª

ARTURO BELTRAN NUÑEZJESUS ANGEL GUIJARRO LOPEZPASCUAL FABIA MIR

P.A. Nº 15/2005

S E N T E N C I A Nº 114/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN QUINTA

Ilmos. Sres.:

Presidente

Arturo Beltrán Núñez

Magistrados

D. Jesús Ángel Guijarro López

D. Pascual Fabiá Mir

En Madrid, a 23 de septiembre de dos mil cinco.

Vista en juicio oral y público ante la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial de Madrid la Causa, P.A. nº 15/2005, procedente del Juzgado de Instrucción nº 19 de Madrid, seguida por un delito contra la salud pública contra Armando, nacido el 7 de diciembre de 1960 en Madrid, hijo de Félix y de María, con D.N.I. nº NUM000, sin antecedentes penales, en libertad provisional por estas actuaciones; en la que han sido partes el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. D. Luis Ibáñez Cuesta; y el citado acusado, representado por la Procuradora Dª. María Macarena Rodríguez Ruiz y defendido por el Letrado D. Juan Carlos Sánchez Martín; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Pascual Fabiá Mir.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública del artículo 368 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, del que debía responder en concepto de autor el acusado, Armando, conforme al artículo 28 del Código Penal, para el que solicitó la imposición de las penas de tres años de prisión, multa de seiscientos euros, con sesenta días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como el comiso de la sustancia y del dinero intervenido y el pago de las costas procesales.

SEGUNDO

La defensa del acusado, en sus conclusiones también definitivas, interesó la libre absolución de su defendido, por no ser su conducta constitutiva de delito alguno.

Sobre las 02.30 horas del día 24 de enero de 2004, funcionarios del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid procedieron a efectuar una inspección en el bar de copas denominado "MEZCLAS", sito en el nº 20 de la c/ Joaquín Arjona de esta capital, al tener sospechas de que en el local se pudiera estar desarrollando una actividad ilícita.

En el curso de la intervención, los agentes encontraron: doce papelinas de cocaína, con un peso de 5139 miligramos y un valor aproximado en el mercado ilícito de 223,96 euros, en un monedero, bajo un ecualizador, en la cabina de música anexa a la barra; ochenta bolsas de plástico, tres papeles en los que aparecían escritos nombres y cantidades, 250 euros y una navaja, en una caja metálica que estaba en el interior de la barra; y una caja del producto farmacéutico "SUERORAL", en un armario de la cocina.

Ante la naturaleza del hallazgo, los policías detuvieron al titular del negocio, Armando, mayor de edad y sin antecedentes penales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Conforme a doctrina consolidada del Tribunal Constitucional (vid. SSTC 189/1998, de 28 de septiembre, 120/1999, de 28 de junio, 249/2000, de 11 de noviembre, etc.), el derecho a la presunción de inocencia, en su vertiente de regla de juicio, se configura como el derecho a no ser condenado sin prueba de cargo válida

El principio de presunción de inocencia extiende su garantía tanto a la existencia de los hechos punibles que se dicen acaecidos como a la participación que en ellos tuvieron los acusados. Tanto una cosa como otra ha de quedar debida y legítimamente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR