SAP Alicante 225/2007, 17 de Abril de 2007

PonenteFAUSTINO DE URQUIA GOMEZ
ECLIES:APA:2007:120
Número de Recurso11/2007
Número de Resolución225/2007
Fecha de Resolución17 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

JUZGADO DE LO PENAL Nº 2 DE ALICANTE

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 205/05

JUICIO ORAL 522/05

ROLLO DE APELACIÓN Nº 11/07

SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 225/07

Iltmos. Sres.:

D. Faustino de Urquía y Gómez

D. Julio José Úbeda de los Cobos

D. Fco Javier Guirau Zapata

En Alicante a 17 DE ABRIL DE 2007

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 28 DE ABRIL DE 2006, pronunciada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Alicante, en Procedimiento Abreviado nº 205/05 Juicio Oral 522/05 por delito de RESISTENCIA, habiendo actuado como parte apelante EL MINISTERIO FISCAL Y LA CÍA DE SEGUROS MAPFRE y como parte apelada Jesús Ángel

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son Hechos Probados de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "Sobre las 0:30 horas del día 5 de junio de 2005, el acusado D. Jesús Ángel conducía un coche por dirección prohibida en la c/ Maestro Márquez de Alicante. El agente de la Policía Local nº NUM000 le indicó que parara. El acusado se detuvo junto al policía y éste le indicó que aparcara a un lado de la calle. El acusado hizo sin embargo marcha atrás y, al pensar el policía que el acusado quería huir, se pudo delante del vehículo para impedirlo. El acusado entonces inició la marcha hacia la Avda. de Salamanca y el policía, que tuvo que dar un salto para evitar el atropello, cayó al suelo y sufrió contusión en rodilla izquierda que sin necesidad de tratamiento médico curó en diecisiete días, nueve de ellos con incapacidad para sus ocupaciones habituales. Tuvo daños en ropa y objetos personales que han sido tasados en 328´64 euros.

El acusado huyó por la Avda. de Salamanca y la calle Benito Pérez Galdós, en la que se introdujo tras golpear las vallas que impedían el paso, saltándose los semáforos en rojo. Fue detenido horas después (sobre las 05:30 horas, cuando caminaba a pie hacia su domicilio). En ese momento presentaba signos de intoxicación alcohólica y el test practicado arrojó los resultados de 0 ´63 y 0´65 miligramos de alcohol por litro espirado".; HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.

SEGUNDO

El fallo de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "1. Absuelvo a D. Jesús Ángel de los delitos de atentado, conducción temeraria y falta de lesiones y le condeno, como autor de un delito de resistencia, a la pena de prisión de SEIS (6) meses y a la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo.

  1. Indemnizará al agente de la Policía Local de Alicante nº NUM000 en SEISCIENTOS (600) euros por lesiones y en TRESCIENTOS VEINTIOCHO euros con SESENTA Y CUATRO céntimos (328,64 euros) por daños materiales. Y satisfará una tercera parte de las costas; el resto se declara de oficio.

  2. Del pago de las indemnizaciones responde directamente la compañía de seguros MAPFRE".

TERCERO

Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por el Ministerio Fiscal, se interpuso el presente recurso alegando: error en la apreciación de la prueba e indebida inaplicación del art. 552.1º en relación con los arts. 551 y 550, todos ellos del CP, interesando se revoque la sentencia de instancia y se dicte otra que condene al acusado como autor de un delito de Atentado a agente de la autoridad, con la atenuante muy cualificada del número 1 del art. 21 y a una falta de lesiones del art. 617.1 del CP. Por la entidad MAPFRE se alega error en la valoración de la prueba estimando que no nos encontramos ante un hecho de la circulación al haberse utilizado un vehículo a motor como instrumento de la comisión de un delito doloso...

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