SAP Almería 74/2006, 16 de Marzo de 2006
Ponente | TARSILA MARTINEZ RUIZ |
ECLI | ES:APAL:2006:274 |
Número de Recurso | 56/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 74/2006 |
Fecha de Resolución | 16 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO APELACIÓN PENAL Nº 56/06
SENTENCIA NUMERO 74/06
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ
MAGISTRADOS:
D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD
Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID
En la Ciudad de Almería, a 16 de marzo de 2006.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo número 56/06, el Procedimiento Abreviado número 32/06, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería, por delito de RESISTENCIA A AGENTES DE LA AUTORIDAD, siendo APELANTE Jose Ángel, representado por la Procuradora Dª. Pilar Carmen Ortega Garrido y defendido por la Letrado Dª. Estefanía Sánchez Villanueva.
Ha sido parte el MINISTERIO FISCAL.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ.
Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería, en la referida causa se dictó sentencia de 19 de enero de 2006, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "Que Jose Ángel, mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre las 8 horas del 13 de enero de 2006, en la C/ Calzado de Castro de la localidad de Almería, procedió a forcejear fuertemente con el Agente nº NUM003 que se encontraba de servicio, cuando este intentaba que abandonarse el cajero en el que estaba durmiendo, circunstancia que conocía el acusado, sin llegar a causarle lesiones."
En el Fallo de dicha sentencia se establece: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Jose Ángel, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, como autor de un delito ya definido de resistencia a los Agentes de la Autoridad, a seis meses de prisión, Siéndole de abono para el cumplimiento de dicha condena todo el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa de no haberle servido para extinguir otras responsabilidades lo que se acreditara en ejecución de sentencia, procédase a la sustitución de la pena privativa de libertad por la expulsión del penado del territorio español, al que no podrá regresar en un plazo de 10 años."
Por la representación procesal de Jose Ángel se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, mediante escrito en el que se solicitó se dicte nueva sentencia en sentido absolutorio, por las razones expuestas en dicho escrito.
El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las otras partes personadas, interesando el Ministerio Fiscal la confirmación de la resolución recurrida.
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