SAP Huelva, 30 de Abril de 2004

PonenteSANTIAGO GARCÍA GARCÍA
ECLIES:APH:2004:528
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución30 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

SECCION PRIMERA

Apelación Penal

Rollo 78/04

P. Abreviado 6/04

Juzgado de lo Penal núm. 3 de Huelva.

D.P. 3021/03.

Juzgado de Instrucción núm. 2 de Huelva

SENTENCIA Nº

SALA

Iltmos Sres.

Presidente

D. Joaquín Sánchez Ugena

Magistrados

Dª Guadalupe Segovia Talero

D. Santiago García García (Ponente).

En Huelva a treinta de Abril del año dos mil cuatro.

Esta Audiencia Provincial en su Sección 1ª compuesta por los Iltmos. Sres. anotados al margen, ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado núm. 6/04, procedente del Juzgado de lo Penal núm. 3 de Huelva, seguido por un delito de receptación, en virtud del recurso interpuesto por Luis Miguel , representado por el Procurador de los Tribunales D. Carlos Rey Cacenave, y defendido por el Letrado D. Pedro Garrigós Perucha; recurso en el que ha sido parte el Ministerio Fiscal en calidad de apelado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por el Juzgado de lo Penal núm. tres de esta Ciudad, con fecha 24 de Marzo de 2004, se dictó sentencia en las presentes actuaciones cuyos Hechos Probados dicen que entre los días 12 y 26 de Junio de 2003, Luis Miguel adquirió de persona no identificada a cambio de 50 euros con conocimiento de su ilícita procedencia y con ánimo de ilícito beneficio, una máquina fotográfica Photo Clip serie 7232 DIRECCION000 de Jose Ignacio , finalmente recuperada por éste.

Y termina con la parte dispositiva por la que se condena a Luis Miguel como autor responsable de un delito de receptación, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, así como al pago de las costas.

TERCERO

Contra la anterior resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el acusado, y conferido traslado al Ministerio Fiscal se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó rollo de Sala y se entregó la causa al Magistrado Ponente para deliberación, votación y decisión del Tribunal, lo que ha tenido lugar el día de hoy.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos probados de la resolución recurrida, añadiendo que la cámara fotográfica fue comprada por su propietario Jose Ignacio el 19 de Marzo anterior por su precio de 419 euros en la tienda de venta exclusiva de esa marca y modelo que su hermano Rogelio tiene en la calle Palos, de Huelva; y le fue sustraida entre las 10.30 y 11 horas del día 12 de Junio cuando la dejó entre otras pertenencias en el aula a la que asiste del Centro de Estudios IFES en la calle Puerto, de Huelva.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Objeto principal de recurso es impugnar la valoración de la prueba practicada, a partir de la principal consistente en el testimonio del perjudicado, cuyo hermano Rogelio sorprendió al apelante en poder de la cámara fotográfica que días antes le habían sustraido. El acusado opone haberla adquirido de un tercero por cincuenta euros, y en el recurso...

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