SAP A Coruña 19/2008, 18 de Enero de 2008
Ponente | MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO |
ECLI | ES:APC:2008:360 |
Número de Recurso | 383/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 19/2008 |
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
LA CORUÑA/A CORUÑA
SENTENCIA: 00019/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA
Sección 002
Rollo: 0000383 /2007 -MA
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 5 de LA CORUÑA/A CORUÑA
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000087 /2006, digo Juicio Oral nº 87/06
N U M E R O 19
En A Coruña, dieciocho de Enero de dos mil ocho.
LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituida por las Ilustrísimas Señorías DON/DOÑA MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO-Presidente, LUIS BARRIENTOS MONGE, MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO,, Magistrados/das, ha pronunciado
E N N O M B R E D E L R E Y
S E N T E N C I A
En el recurso de apelación penal número 383/07, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de A Coruña, en Procedimiento Abreviado número 573/98 del Juzgado de Instrucción de Betanzos, Juicio Oral nº 87/06, seguidas de oficio por un delito de falsedad en documento mercantil, figurando como apelante Héctor representado por procuradora Sra. Vilariño Durán y defendido por Letrado Sra. Freire Calvo, y como apelado la acusación particular ejercida por ENVASA SL. representada por procuradora Sra. Belo González y defendido por Letrado Sr. Losada De Azpiazu, y MINISTERIO FISCAL.- Siendo Ponente la Ilma. Sra. DOÑA MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO.
Que por el Ilmo. /Ilma. Magistrado/a- Juez del Juzgado de lo Penal Nº 5 de A Coruña con fecha 22-01-07, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Héctor, como autor criminalmente responsable de un delito de falsedad continuado en documento privado, ya definido, concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificada, a la pena de PRISION DE CUATRO MESES Y DIECISEIS DIAS, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y al abono de todas las costas de este juicio incluidas las de la Acusación Particular.".
Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por Héctor, que le fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 17-07-07, dictado por el instructor, acordando dar el traslado prevenido en el Art. 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.
Por proveído de fecha 18-09-07, se acordó elevar todo lo actuado a este Tribunal, para resolver el recurso y recibidas que fueron las diligencias se acordó pasar las mismas a la Ilma. Sra. Magistrada Ponente.
En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.
Se acepta el relato fáctico de la sentencia recurrida.
El primer motivo del recurso cuestiona la concurrencia del requisito subjetivo del artículo 395 del CP., la intención de perjudicar a otro.
En este motivo se cuestiona especialmente la declaración del acusado y de la testifical, Amanda, para concluir que en base a tales...
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