Decreto 52/2019, de 30 de abril, por el que se modifica el Decreto 93/2018, de 19 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Cultura e Igualdad
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE CULTURA E IGUALDAD

DECRETO 52/2019, de 30 de abril, por el que se modifica el Decreto 93/2018, de 19 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2019040054)

Al amparo del artículo 9.1.46 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, que atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura competencia exclusiva en deporte, así como en promoción, regulación y planificación de actividades y equipamientos deportivos y otras actividades de ocio, y como medida de desarrollo de los principios básicos establecidos en el artículo 3 de la Ley 2/1995, de 6 de abril del Deporte de Extremadura, con fecha 25 de junio de 2018 el Diario Oficial de Extremadura publicó el Decreto 93/2018, de 19 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Como se expresa en la introducción del Decreto 93/2018, los eventos deportivos sirven como vehículo para promocionar el deporte y la imagen de la Comunidad Autónoma de Extremadura, contribuyendo a elevar el nivel competitivo de las entidades deportivas y deportistas de nuestra región y sirviendo, en muchos casos, de estímulo a quienes practican el deporte en general. Asimismo, el desarrollo de estos eventos constituye un notable recurso económico para la localidad en la que se desarrollan pues la presencia de deportistas, jueces, personal técnico y acompañantes genera un importante retorno económico para la zona.

El Decreto 93/2018, de 19 de junio, ha supuesto una importante novedad respecto de la normativa de ayudas a eventos deportivos existente hasta su entrada en vigor, pues abandona el régimen de concurrencia competitiva utilizado hasta entonces para establecer un régimen de concesión directa y convocatoria abierta que acorta significativamente el tiempo necesario para resolver la solicitud y proporciona una importante seguridad a la entidad promotora del evento, que ya no tiene que competir con las demás solicitantes sino, simplemente, asegurarse de que su solicitud se presenta en plazo con toda la documentación requerida, que se cumplen los requisitos formales y, muy especialmente, que el evento para el que se solicita la ayuda cumple, al menos, de conformidad con lo dispuesto en las bases reguladoras, uno de los siguientes requisitos: una alta importancia deportiva, una alta participación, un alto impacto económico o una alta tradición deportiva.

El artículo 4 del Decreto 93/2018, de 19 de junio, permite que los eventos subvencionados puedan recibir otras subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la administración o entidad pública o privada, nacional o internacional, que las conceda, siempre que la suma de todas ellas, incluida la concedida a través del Decreto 93/2018, no supere el coste de la actividad subvencionada.

Con fecha 6 de agosto de 2018, el Diario Oficial de Extremadura publicó la Orden de 19 de julio de 2018 por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2018. Una vez tramitada esta primera convocatoria de ayudas conforme al régimen establecido en el Decreto 93/2018, de 19 de junio, desde la Dirección General de Deportes, como órgano gestor de estas ayudas, se ha observado una considerable mejora en la tramitación de las mismas, lo que se traduce en una mayor satisfacción de la ciudadanía; sin embargo, se ha observado también que el régimen establecido en el artículo 7.5.a) 9. del citado decreto para justificar la subvención recibida y, cuando proceda, el origen y la aplicación de los fondos propios u otras posibles subvenciones o recursos que la entidad beneficiaria pudiera obtener para el evento subvencionado, es excesivamente exigente y, en aplicación del principio de simplificación administrativa, no resulta justificado. Ello desvirtúa en cierta medida la finalidad del decreto y hace necesaria su modificación.

Por ello, el presente decreto sustituye el actual sistema de justificación por la denominada Cuenta Justificativa Simplificada, previsto en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; con este nuevo sistema será suficiente con la presentación de una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del objeto de la subvención y de las condiciones impuestas, con indicación de las actividades realizadas, de los resultados obtenidos, así como una relación clasificada de los gastos e inversiones derivados de la realización del evento deportivo en la que se identifiquen el acreedor, el documento acreditativo del gasto, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. Asimismo, se establece un sistema de muestreo para obtener una evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de los ingresos o subvenciones relativos a los eventos subvencionados.

Se ha creído conveniente también mejorar la redacción del artículo 11.2, relativo al certificado de quienes han participado en el evento venidos desde fuera de Extremadura, con el objetivo de facilitar tanto su presentación por las entidades solicitantes como su valoración por el órgano gestor. Así, se ha indicado expresamente que debe de estar numerado y no incluir a quienes proceden de Extremadura. Se ha procedido también a clarificar el sistema de cálculo de la ayuda para aquellas solicitudes que acrediten más de una casuística de entre las concernientes a la importancia competitiva del evento. Ello es debido a que las bases reguladoras no preveían esta circunstancia que, sin embargo, puede presentarse para algunos de los eventos deportivos susceptibles de obtener ayuda.

Asimismo, se ha modificado la redacción del artículo 13 para adecuarla al nuevo sistema de justificación que introduce el presente decreto.

Para hacer más fácilmente compresibles las modificaciones propuestas del Decreto 93/2018, se ha procedido a la redacción completa de los artículos 7, 11 y 13, conser-

vando, no obstante, su redacción originaria los apartados no afectos por la finalidad modificativa.

Además, fruto de la experiencia en la tramitación de las solicitudes recibidas acogiéndose a la convocatoria de estas ayudas correspondientes al año 2018, se ha procedido a la actualización del anexo 1 -suprimiendo la cláusula de datos de naturaleza personal para adaptarla a la nueva normativa-, del anexo 2, -se introduce un nuevo criterio definidor del carácter de evento de importancia competitiva que afecta a todas las modalidades deportivas-, del anexo 3, -se cambia el coeficiente a aplicar a una modalidad de automovilismo para valorar su importancia competitiva-, del anexo 5, -se modifican el número de participantes a tener en cuenta en varias modalidades para valorar la alta participación-, y del anexo 6, - se adapta el importe a conceder por el criterio de impacto económico en función del número de deportistas foráneos participantes en un evento-. Las modificaciones introducidas en los anexos 2, 3, 5 y 6 afectan a los baremos de las cuantías a otorgar en función de los criterios que pueden cumplir los eventos deportivos. Asimismo, se ha incorporado un nuevo anexo 10 que contiene información relativa a la protección de datos de naturaleza personal.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Cultura e Igualdad, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 30 de abril de 2019,

DISPONGO:

Artículo único Modificación del Decreto 93/2018, de 19 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Se modifica el Decreto 93/2018, de 19 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el artículo 7, que queda redactado del siguiente modo:

"Artículo 7. Solicitudes: número, forma, lugares y plazo de presentación, documentación y subsanación de errores.

  1. Número de solicitudes. Cada entidad deportiva deberá presentar una solicitud por cada evento deportivo susceptible de obtener ayuda.

  2. Formulario a cumplimentar. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado que figura como anexo 1 a este decreto, sin perjuicio de las adaptaciones que puedan efectuar

    en el mismo las correspondientes convocatorias. Dicho impreso normalizado estará disponible en el Portal del Ciudadano de la Junta de Extremadura y en la página Web oficial de la Dirección General competente en materia de deportes.

  3. Lugares de presentación. Las solicitudes y demás documentación, dirigidas a la persona titular de la Consejería competente en materia de deportes, se podrán presentar en la sede de la Dirección General competente en materia de deportes, en los Centros de Atención Administrativa, en las Oficinas de Respuesta Personalizada, o en las formas y lugares de presentación que determina el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad...

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