STSJ Andalucía 1832/2006, 21 de Junio de 2006

PonenteJOSE MARIA CAPILLA RUIZ-COELLO
ECLIES:TSJAND:2006:6728
Número de Recurso323/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1832/2006
Fecha de Resolución21 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

1832/2006

5

M.D.

SENTENCIA NÚM. 1832/2006

Autos 472/05

Granada 3

ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO

ILTMO. SR. D. DOMINGO BRAVO GUTIÉRREZ

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a veintiuno de junio de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 323/06, interpuesto por D. Alejandro contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. TRES de GRANADA en fecha 2 de diciembre de 2.005 ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Alejandro en reclamación sobre PRESTACIONES contra I.N. S.S. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 2 de diciembre de 2.005, por la que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por D. Alejandro contra INSS, absolviendo a la parte demandada de lo pretendido en su contra.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Tramitado expediente, a instancia del interesado, para la declaración, en su caso, de la invalidez del actor Don Alejandro, con DNI nº NUM000, nacido el 17.04.69, afiliado al RETASS, con el n° NUM001, dedicado a la actividad de venta ambulante, por el EVI, tras el oportuno reconocimiento e IMS, se formuló propuesta en 17/03/05 y la Dirección Provincial del INSS dictó resolución denegatoria en 23/03/05, por no alcanzar las lesiones que padece el solicitante un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente.

  2. - Al disentir de ello el actor, interpuso reclamación previa en 09.05.05, que fue desestimada, habiéndose presentado la demanda de autos en 18.07.05.

  3. - El actor presenta un cuadro clínico residual crónico de psoriasis cutánea, raquialgia mecánica, platibasia, malformación de Chiari tipo I y síndrome de Klippel-Feil. RNM H.V.Nieves 15- oct-04: Malformación craneocervical, platibasia, retroceso odontoideo y angulación hacia delante de la protuberancia y de la médula espinal, mínimas malformaciones de Chiari tipo I, desde C3 a C7 cuerpos vertebrales mas pequeños (sin evidencia de bloques verticales). Con las siguientes limitaciones: Placas psoriásicas en cuero cabelludo, uñas de las manos y de los pies, dolor referido al esfuerzo a nivel cervico-dorsal (raquialgia mecánica). Paciente con malformación congénita cráneo-cervical, platibasia, síndrome de Klippel-Feil, con raquialgias mecánicas que limitan actividad física y laboral (Reumatología 25/02/05).

  4. - Se da por reproducida la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de Granada de fecha 29.03.01 en autos 629/00, así como la de la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía con sede en Granada de fecha 13.05.02 (Recurso 2240/01 ).

  5. - La base reguladora es de...

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