SAP Murcia 240/2008, 28 de Mayo de 2008
Ponente | MARIA DEL PILAR ALONSO SAURA |
ECLI | ES:APMU:2008:562 |
Número de Recurso | 436/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 240/2008 |
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
SENTENCIA NUM. 240/2008 Ilmos Sres.D. Andrés Pacheco Guevara
Presidente
D. Fernando López del Amo González
Dña. Mª Pilar Alonso Saura
Magistrados
En la ciudad de Murcia a veintiocho de mayo de dos mil ocho. Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de procedimiento ordinario que en primera instancia se han seguido con el nº 252/06 en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Murcia, entre
partes, como demandante y en esta alzada apelada Dña. Marí Trini representada por el Procurador D. Miguel Ángel Artero Moreno y dirigida por el Letrado D. José Angel García Rocamora, y como demandada y en esta alzada
apelante CORPORACION DERMOESTÉTICA S.A. representada por la Procuradora Dña. Aurelia Cano Peñalver y dirigida por el
Letrado D. Luis Botella de las Heras. Las partes se han personado ante esta Audiencia Provincial representadas,
respectivamente, por los mismos Procuradores. Es Ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª Pilar Alonso Saura, que expresa la convicción
del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado con fecha 17 de enero de 2007 , dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando la demanda interpuesta por el procurador D. MIGUEL ANGEL ARTERO MORENO en nombre y representación de Dª Marí Trini , condeno a la demandada a que pague a la actora 10.041,67 euros, intereses solicitados y a las costas del juicio".
Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación en representación la demandada, dándose traslado a la parte actora, y previo emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia, en la que se formó el oportuno rollo por la Sección Primera con el nº 436/07, compareciendo las partes apelantes, y señalándose deliberación y votación el día 26 de los corrientes por providencia dictada el día 1 de octubre de 2007.
La parte demandada ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia dictada en primera instancia, formulando alegaciones, en primer lugar sobre los criterios tenidos en cuenta por el Juzgador de Instancia para la condena que efectúa de la misma y conceptos indemnizatorios, y seguidamente en relación con la inexistencia de negligencia, en cuanto a la aplicación inadecuada del tratamiento de fotodepilación por exceso de intensidad del láser, invocando la incorrecta valoración de la prueba, refiriéndose a la pericial practicada del Dr. Claudio y del perito judicial Dr. Acostoaie, refiriéndose así mismo a la correcta información a la demandante conforme a los documentos nº 1 de la demanda y nº 1 de la contestación, y a la...
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