SAP Murcia 326/2010, 3 de Junio de 2010
Ponente | MARIA DEL PILAR ALONSO SAURA |
ECLI | ES:APMU:2010:1393 |
Número de Recurso | 175/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 326/2010 |
Fecha de Resolución | 3 de Junio de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00326/2010
SENTENCIA
NÚM. 326/10
En la Ciudad de Murcia, a tres de junio de dos mil diez.
Habiendo visto en grado de apelación la Ilma. Sra. Dña. Mª Pilar Alonso Saura Magistrada de la Sección Primera de la Audiencia Provincial los autos de juicio verbal que se han seguido con el nº 1007/09 en el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Murcia, entre partes, como demandante y en esta alzada apelante Olmedo y Medina S.L., representada por la Procuradora Dña. África Durante León y dirigida por el Letrado Juan Salinas García y como demandada y en esta alzada apelada López Matencio S.A., representada por la Procuradora Dña. Dulce Martínez-Torres Sánchez y dirigida por el Letrado D. Diego Cano Hernández.
El Juzgado de Primera Instancia citado dictó en los mencionados autos sentencia el día 30 de junio de 2009, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que desestimando la demanda formulada por la mercantil "Olmeda y Medina SL", representada por la procuradora Doña África Durante León, contra la mercantil "López Matencio SA", representada legalmente por D. José Luis López-Matencio Pérez, debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones formuladas en su contra con expresa condena al pago de las costas procesales a la parte actora."
Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma interpuso recurso de apelación la parte demandante, dándose los correspondientes traslados y previo emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia, designándose Magistrado por turno y formándose el oportuno rollo por la Sección con el nº 175/09 y compareciendo las partes en la cualidad antes expresada.
La parte demandante mediante el recurso de apelación que ha interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia invoca la existencia de error en la apreciación de la prueba, formulando las correspondientes alegaciones e interesando la estimación de la demanda con expresa imposición de costas a la parte contraria, que se ha opuesto al recurso de apelación, argumentando sobre ello.
La sentencia apelada interpreta y aplica correctamente el artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en cuanto a la carga probatoria del hecho impeditivo opuesto por la demandada, consistente...
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