SAP Barcelona 313/2005, 17 de Mayo de 2005
Ponente | JUAN BAUTISTA CREMADES MORANT |
ECLI | ES:APB:2005:5078 |
Número de Recurso | 486/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 313/2005 |
Fecha de Resolución | 17 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª |
D. JUAN BAUTISTA CREMADES MORANTDª. ISABEL CARRIEDO MOMPINDª. MARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUED. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOTERCERA
ROLLO Nº 486/2004-A
JUICIO VERBAL Nº 363/2003
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE VILANOVA I LA GELTRÚ
S E N T E N C I A nº 313/2005
Ilmos. Sres.
D. JOAN CREMADES MORANT
Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN
Dª. Mª ÀNGELS GOMIS MASQUÉ
D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL
En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de Mayo de dos mil cinco.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 363/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vilanova i la Geltrú, a instancia de D. Pedro Francisco, contra Dª. Lidia; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 29 de Octubre de 2.003, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE DESESTIMO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por la representación procesal de DON Pedro Francisco CONTRA DOÑA Lidia, Y EN CONSECUENCIA, ABSUELVO A ESTA DE TODOS LOS PEDIMENTOS CONTENIDOS EN LA DEMANDA, todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandante.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 10 de Mayo de 2.005.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAN CREMADES MORANT.
La demanda rectora va encaminada a la obtención de un pronunciamiento por el que se condene a D? Lidia a pagar al D. Pedro Francisco la suma de 2.286'83 æ e intereses legales, en concepto de "da?os y perjuicios de car?cter económico y morales", causados por (1) dos perros de la demandada (afectaron a la salubridad de la finca, lo que requirió su limpieza y desinfección), (2) no disponer del garaje, donde la demandada ten?a depositados muebles. A dicha pretensión se opuso la demandada, alegando que el actor toleró la estancia de los perros y el depósito de trastos viejos en el jard?n, siendo desahuciado por falta de pago de la renta, a cuyo juicio no compareció, negando cualquier incumplimiento.
La sentencia de instancia desestima la demanda con imposición de las costas al actor, alz?ndose entre frente aquella por (1) error de hecho en la apreciación de la prueba, en base a que siempre se opuso a la estancia de los perros y al mantenimiento de los muebles en el garaje, y por ello como "medida de presión" dejaron de abonar las rentas (dicen, para ponerse en contacto de propiedad, de quien desconoc?an su dirección), expusieron los hechos ante el Ayuntamiento. (2) vulneración del "principio del enriquecimiento injusto" (gastos de manutención e higiene de los perros de la actora, soportó el mobiliario de ésta sin contraprestación, viéndose privador de disfrutar de una parte del objeto del contrato. Con ello, el debate queda planteado, pr?cticamente, en los mismos términos que en la instancia, disponiéndose para su resolución del mismo material...
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