SAP Madrid 443/2005, 7 de Octubre de 2005
Ponente | RAMON RUIZ JIMENEZ |
Número de Recurso | 476/2005 |
Número de Resolución | 443/2005 |
Fecha de Resolución | 7 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
RAMON RUIZ JIMENEZEPIFANIO LEGIDO LOPEZMIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00443/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 19
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7007221 /2005
ROLLO: RECURSO DE APELACION 476 /2005
JUICIO VERBAL 135 /2003
JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de COLMENAR VIEJO
Apelante/s: Rocío
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Apelado/s: REPORLAB, S.L.
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
SENTENCIA Nº 443
Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
En MADRID a, siete de octubre de dos mil cinco.
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal nº 135/03, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Colmenar Viejo, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala nº 476/05, en el que han sido partes, como apelante DÑA. Rocío; y de otra, como apelado REPORLAB S.L..
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y
Con fecha 8 de Noviembre de 2.004 el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Colmenar Viejo, en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por REPORLAB S.L. debo condenar y condeno a Rocío a abonar a la actora la cantidad de 231,72 euros, con los intereses desde la fecha de la demanda, imponiéndole, asímismo el pago de las costas causadas".
Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Dña. Rocío, que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.
En esta alzada, para cuya deliberación y votación se señaló el día cuatro de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y
La sentencia que se recurre,...
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