SAP Alicante 76/2007, 21 de Febrero de 2007
Ponente | JOSE MARIA RIVES SEVA |
ECLI | ES:APA:2007:1175 |
Número de Recurso | 507/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 76/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª |
Rollo de apelación nº 507/2006.-
Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Alicante.
Procedimiento Juicio Ordinario nº 267/2005.-
S E N T E N C I A Nº 76/2007
Iltmos Srs.
Don Francisco Javier Prieto Lozano.
Don José María Rives Seva.
Doña María Dolores López Garre.
En la Ciudad de Alicante a veintiuno de Febrero de dos mil siete.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 507/06 los autos de juicio ordinario nº 267/05 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº Dos de la ciudad de Alicante en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandante entidad ADMINISTRACIÓN Y CONSULTING URBANÍSTICO DE ELCHE S.L. que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado/a por el/la Procurador/ra Don/ña Alejandro Merilla Onceja y defendido/a por el/la Letrado Don/ña Julián Salazar Vives y siendo apelado la parte demandada entidad URBAG INVEST S.L. representado/a por el/la Procurador/ra Don/ña María teresa Beltrán Reig y defendido/a por el/la Letrado Don/ña Juan Ramón de Páramo Dupuy.
ANTECEDENTES DE HECHOS
Por el Juzgado de Primera Instancia nº Dos de la Ciudad de Alicante y en los autos de Juicio Ordinario nº 267/05 en fecha 15 de junio de 2006 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que desestimando la demanda interpuesta por "Administración y Consulting Urbanístico de Elche, S.L." frente a la mercantil "URBAG INVEST, S.L.", por apreciar la excepción de falta de legitimación pasiva, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la demandada de las pretensiones que frente a ella se han ejercitado.
Procede el pago de las costas del presente procedimiento a la parte actora.
Así por esta mi Sentencia, de la que se llevará testimonio a autos y contra la que cabe recurso de Apelación en termino de CINCO DÍAS, a interponer ante este mismo Juzgado y para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Alicante, lo pronuncio, mando y firmo.".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte demandante siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con traslado del mismo a la parte demandada por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 507/06.
En la sustanciación de esta causa se han observado todas las...
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